Red de conocimiento de divisas - Conocimiento de préstamos - ¿Se considera el seguro matrimonial propiedad igual del marido y la mujer? ¿Cómo se debe dividir en caso de divorcio?

¿Se considera el seguro matrimonial propiedad igual del marido y la mujer? ¿Cómo se debe dividir en caso de divorcio?

En términos generales, pero la naturaleza del seguro es especial y requiere un análisis detallado de circunstancias concretas. En el caso de los seguros adquiridos durante el matrimonio, las primas del seguro pertenecen al mismo patrimonio. Sin embargo, el seguro es diferente de otros bienes y no se puede dividir fácilmente, por lo que es necesario analizarlo caso por caso:

Seguro de propiedad

Dinero del seguro obtenido durante el relación entre marido y mujer:

1. Si se aseguran los mismos bienes, el dinero del seguro será el mismo bien y se dividirá en partes iguales en caso de divorcio.

2. Los bienes personales deben estar asegurados antes del matrimonio. El dinero del seguro es propiedad personal y no se dividirá en caso de divorcio.

3. Después del matrimonio, los bienes personales se aseguran con los mismos bienes. El dinero del seguro es propiedad personal, pero la mitad de la prima del seguro pagada pertenece a la otra parte.

Seguro de vida.

(1) Se ha obtenido un seguro personal (vida, lesiones, enfermedad) durante la relación entre marido y mujer:

1. Bienes muebles, pero si el pago se realiza con * ** y la misma propiedad Las primas de seguro pertenecen a la misma propiedad y generalmente se dividen en partes iguales en caso de divorcio.

2. Cuando un cónyuge es beneficiario del contrato de seguro de vida de otra persona, el dinero del seguro recibido es propiedad personal y generalmente no se divide durante el divorcio.

Base jurídica:

La base jurídica se puede encontrar en los artículos 17 y 18 de la “Ley de Matrimonio”:

Artículo 17 En la relación matrimonial, las parejas Las siguientes propiedades adquiridas durante el período de subsistencia serán propiedad conjunta del marido y la mujer:

(1) Salarios y bonificaciones;

(2) Ingresos de operaciones productivas y comerciales;

(3) Rentas procedentes de derechos de propiedad intelectual;

(4) Bienes obtenidos por herencia o donación, salvo lo previsto en el apartado 3 del artículo 18 de esta Ley;

(5) ) Otros bienes que deberían ser propiedad del consorcio.

El marido y la mujer tienen iguales derechos para manejar los bienes de propiedad conjunta de ***.

Artículo 18 Si concurre alguna de las circunstancias siguientes, serán bienes de uno de los cónyuges:

(1) Los bienes prematrimoniales de una de las partes;

(2) Propiedad de una de las partes Gastos médicos, subsidio de manutención para discapacitados y otros gastos debido a lesiones físicas;

(3) Propiedad determinada en el testamento o contrato de donación como perteneciente únicamente al esposo o la esposa;

( 4) Artículos de primera necesidad utilizados exclusivamente por una de las partes;

(5) Otros bienes que deberían pertenecer a una de las partes.

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