La pareja ha estado separada durante tres años. ¿Es necesario pagar el préstamo del hombre en conjunto?
El período de separación es la duración de la relación conyugal. Si durante el matrimonio una de las partes debe un préstamo a su propio nombre para las necesidades diarias de la familia, entonces el préstamo debe considerarse como la misma deuda y debe ser asumido conjuntamente por ambas partes. Si el préstamo corre a cargo de uno de los cónyuges durante el matrimonio y excede las necesidades diarias de la familia, el prestatario deberá pagarlo por su cuenta.
Objetividad jurídica:
Artículo 1064 del “Código Civil”, si ambos cónyuges firman con la misma firma o uno de los contrayentes ratifica posteriormente la deuda contraída, y durante la subsistencia del matrimonio, una de las partes utiliza las suyas propias. Las deudas a cargo de la pareja están a nombre de las necesidades diarias de la familia y son deudas conjuntas del marido y la mujer. Las deudas contraídas por uno de los cónyuges a nombre propio que excedan las necesidades diarias de la familia durante el matrimonio no son deudas conjuntas de la pareja, sin embargo, el acreedor puede probar que la deuda se utiliza para la vida, producción y funcionamiento diario de la pareja, o; basado en la voluntad de ambos cónyuges.