¿Se suspenderá para investigación a los empleados de empresas estatales que supuestamente hayan aceptado sobornos?
1. Normas de sanción por soborno de empresas a personal corporativo
El artículo 163 de la "Ley Penal" de mi país estipula que los empleados de empresas, empresas u otras unidades que se aprovechen de sus cargos solicitar sobornos o aceptar ilegalmente propiedades ajenas y buscar beneficios para otros, y si la cantidad es relativamente grande, será sentenciado a una pena de prisión de no más de cinco años o prisión criminal si la cantidad es enorme; será condenado a pena privativa de libertad no inferior a cinco años, y sus bienes podrán ser confiscados.
Si el personal de una empresa, empresa u otra unidad se aprovecha de su posición en transacciones económicas, viola las regulaciones estatales y acepta sobornos y tarifas de manejo en varios nombres, que son propiedad de individuos, las disposiciones de la Se aplicará la pena prevista en el párrafo anterior.
Si una persona desempeña funciones oficiales en una empresa, empresa u otra unidad de propiedad estatal y una persona asignada por una empresa, empresa u otra unidad de propiedad estatal para realizar funciones oficiales en una sociedad, empresa u otra unidad no estatal cometa los hechos mencionados en los dos párrafos anteriores, siendo condenado y sancionado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 385 y 386 de esta Ley.
II.La composición del delito de aceptación de sobornos por parte de empleados de empresas
1. Los objetos del delito de aceptación de sobornos por parte de empleados de empresas y empresas son objetos complejos, es decir, las actividades comerciales normales de las empresas y empresas y el orden de las transacciones de competencia leal. El objeto de este delito es la propiedad. El párrafo 2 del artículo 163 del Código Penal estipula que cualquier empleado de una compañía o empresa que viole las regulaciones estatales y acepte sobornos y honorarios de manejo en diversos nombres durante transacciones económicas también constituye este delito. Por lo tanto, los sobornos y las tarifas de servicio también son el objetivo de este delito.
2. Este delito se manifiesta objetivamente en el comportamiento de empleados de empresas y empresas aprovechándose de sus cargos para solicitar o aceptar ilegalmente bienes ajenos y buscar beneficios para otros. Una es pedir o aceptar un soborno. El segundo es aprovechar la conveniencia del puesto. El tercero es buscar beneficios para los demás. Cuarto, el monto de los sobornos debe alcanzar un cierto estándar. También será castigado con este delito el personal de la empresa que, en sus transacciones económicas, viole las regulaciones estatales al aceptar sobornos y honorarios de manejo en diversos nombres y poseerlos personalmente.
Las violaciones de las regulaciones nacionales se refieren a violaciones de las leyes y decisiones formuladas por el Congreso Nacional del Pueblo y su Comité Permanente, las regulaciones y medidas administrativas formuladas por el Consejo de Estado y las decisiones y órdenes emitidas por el Consejo de Estado, excluyendo simples violaciones de las regulaciones locales.
3. El sujeto de este delito es un sujeto especial, es decir, el personal de una empresa o empresa. Incluye principalmente a los directores y supervisores de la empresa, así como al personal administrativo y comercial de la empresa, gerentes corporativos, directores de fábrica, contadores, empleados, etc.
4. El aspecto subjetivo de este delito es la intencionalidad. El actor sabe que está aceptando sobornos, pero los acepta deliberadamente; el actor sabe que viola las órdenes de gestión de la empresa o empresa, pero deliberadamente realiza el soborno. Y el perpetrador tiene el propósito de poseer bienes ilegalmente. La negligencia no constituye este delito.