Cómo realizar asientos contables para deudas incobrables
Cómo realizar asientos contables de insolvencias de la siguiente manera:
1. Préstamos: Provisión para insolvencias.
2. Al compensar el exceso de provisión para insolvencias: débito: provisión para insolvencias. Crédito: Pérdida por deterioro del activo.
3. Cuando la empresa incurre efectivamente en insolvencias: Débito: Provisión para insolvencias. Crédito: Cuentas por cobrar.
4. Cuando se recuperan las deudas incobrables:
Cuando se cobran las deudas incobrables. Débito: Cuentas por cobrar. Préstamos: Provisión para insolvencias.
Cuando efectivamente se recibe el dinero. Préstamo: depósito bancario. Crédito: Cuentas por cobrar.
La provisión de provisiones para insolvencias se calcula a través de la cuenta "Provisión para insolvencias". Al final del año, la empresa debe realizar una inspección exhaustiva de las cuentas por cobrar si se espera que varias cuentas por cobrar. se verá afectada, se debe hacer una provisión para deudas incobrables. El tratamiento contable es el siguiente:
1. Cuando una empresa retira provisiones para insolvencias, debe debitar "Pérdida por deterioro de activos - Provisión para insolvencias" y acreditar "Provisiones para insolvencias".
(1) Si el monto de provisión para insolvencias que se debe devengar en el período actual es mayor que el saldo contable de provisión para insolvencias, se debe devengar con base en la diferencia, debito "Pérdida por deterioro de activos - provisión para provisión para insolvencias"; registro de crédito "provisión para insolvencias". “Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales N° 22 - Reconocimiento y Medición de Instrumentos Financieros” (2017) Guía de Aplicación.
(2) Si el monto de provisión para insolvencias que se debe disponer es menor que el saldo contable de “provisión para insolvencias”, se deberá realizar el asiento contable contrario según la diferencia, debitando la “provisión para insolvencias” cuenta "provisión de deuda"; acreditación de la cuenta "pérdida por deterioro de activos" ——Provisión para insolvencias”.
2. Las cuentas por cobrar que sean verdaderamente irrecuperables se considerarán deudas incobrables después de la aprobación de la autoridad administrativa. Las cuentas por cobrar se cancelarán y se debitarán de la cuenta "Provisión para deudas incobrables". Se acreditará la cuenta "Cuentas por cobrar". "Facturas", "Cuentas por cobrar", "Cuentas prepagas", "Otras cuentas por cobrar", "Cuentas por cobrar a largo plazo"