Después de trabajar en el hotel durante más de diez días, ya no quiero hacerlo más. ¿Cómo decírselo al líder?
En segundo lugar, explique sinceramente los motivos de su dimisión. Por motivos familiares, de desarrollo personal, etc. Estabas a punto de tomar la decisión de renunciar, pero de repente la nueva unidad me dio un aviso, lo que me sorprendió. Ahora tienes que reportarte a la nueva unidad. Por favor, los líderes de unidad comprendan. (Dar a los líderes posibles inquietudes y sugerencias de soluciones)
Los trabajadores en general no tienen motivos para renunciar, siempre y cuando cumplan con su obligación de avisar con un mes de antelación, los trabajadores pueden decirle con tacto a sus jefes que algo está pasando en su empresa; casa, o han encontrado un mejor trabajo.
1. Existen tres situaciones en las que un particular puede presentar una renuncia:
1. El empleador dispone del artículo 38 de la Ley de Contrato de Trabajo. Puede renunciar inmediatamente después de presentar una propuesta escrita para terminar la relación laboral sin el consentimiento del empleador. Puede solicitar el pago del salario restante y una compensación económica (un mes de salario por cada año de trabajo) y realizar los trámites de renuncia.
2. Según el artículo 37 de la Ley de Contrato de Trabajo, los empleados pueden renunciar por escrito con 30 días de anticipación sin el consentimiento del empleador. Entre ellos, el período de prueba debe presentarse por escrito con 3 días de anticipación; el empleador tiene la obligación de liquidar los salarios y tramitar los trámites de renuncia.
3. No renunció con 30 días de anticipación, y el empleador no cuenta con el artículo 38 de la Ley de Contrato de Trabajo. Acabas de entregar tu carta de renuncia y te fuiste. En este momento, usted ha violado la ley y el empleador puede exigirle que asuma las pérdidas económicas directas causadas al empleador, así como los gastos incurridos al contratarlo.
En segundo lugar, el aviso de extinción de la relación laboral puede enviarse al empresario mediante entrega urgente o correo certificado (es decir, carta de renuncia popular o informe de renuncia) para facilitar la conservación de las pruebas. Si el empleador no paga su salario o no maneja los procedimientos de renuncia por usted, puede resolver el problema solicitando arbitraje laboral;
3. Base jurídica relevante:
Artículos 37, 38, 46, 47 y 50 de la “Ley de Contrato de Trabajo”!
¡Así que hay que considerarlo todo!