Red de conocimiento de divisas - Empezando con las acciones - Medidas provisionales para la gestión de cuentas en divisas

Medidas provisionales para la gestión de cuentas en divisas

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de regular la apertura y uso de cuentas en divisas y fortalecer la supervisión y gestión, se formulan las presentes Medidas. Artículo 2 El término "instituciones nacionales", tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a empresas, instituciones, instituciones y grupos sociales dentro de China.

A los efectos de estas Medidas, “agencias en China” se refiere a embajadas y consulados extranjeros en China, organizaciones internacionales, organizaciones no gubernamentales y otras entidades legales extranjeras en China. Artículo 3 El término "banco de apertura de cuentas", tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a una institución financiera aprobada por la Administración Estatal de Divisas para realizar negocios de divisas. Artículo 4 El término "cuenta en divisas", tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a la cuenta en moneda libremente convertible establecida por instituciones nacionales e instituciones en China en el banco donde se abre la cuenta. Artículo 5 La Administración Estatal de Divisas formula las normas pertinentes sobre la gestión de cuentas en divisas.

La Administración Estatal de Divisas y sus sucursales y subsucursales (en adelante, la "Oficina de Divisas") son responsables de la aprobación, gestión de uso, cancelación de cuentas e inspección de las divisas de las instituciones nacionales. cuentas de cambio. Artículo 6 El banco donde se abre la cuenta se encargará de los procedimientos de apertura de cuentas para la unidad de apertura de cuentas y supervisará la recepción y el pago de acuerdo con estas Medidas. Las instituciones nacionales y las instituciones en China abrirán y utilizarán cuentas en divisas de acuerdo con estas; Medidas. Capítulo 2 Apertura de Cuenta Artículo 7 Para las siguientes divisas, la unidad de apertura de cuenta podrá solicitar a la Oficina de Cambios y acudir al banco donde se abre la cuenta para tramitar los trámites de apertura de cuenta con el "Certificado de Uso de Cuenta de Divisas" emitido por la Oficina de Cambios:

(1) Empresas que realicen proyectos de contratación en el extranjero, presten servicios laborales, cooperación técnica y otros servicios en el extranjero y reciban divisas por transacciones comerciales en el curso de las operaciones antes mencionadas. proyectos comerciales;

(2) Aquellos que se dedican a agencias en el extranjero o negocios en el extranjero Divisas cobradas y pagadas por instituciones;

(3) Divisas recibidas y pendientes temporalmente o cobradas y pendientes temporalmente liquidación, incluidos los depósitos de oferta, los depósitos de cumplimiento remitidos desde el extranjero y el comercio de reexportación en el que el pago se recibe primero y se paga después. Cobro de divisas, remesas de divisas cobradas por los departamentos de correos y telecomunicaciones para negocios de remesas internacionales, divisas prepagas por. agencias de turismo extranjeras recaudadas por agencias de viajes de primera clase, divisas recaudadas por los departamentos ferroviarios para negocios de transporte asegurados en el extranjero, depósitos en divisas y depósitos hipotecarios recaudados por la aduana;

(4) Las instituciones de seguros aceptan seguros de divisas, reaseguros en el extranjero y primas pendientes de liquidación;

(5) Divisas donadas para pagos en el extranjero según lo estipulado en el acuerdo de donación. Para abrir una cuenta en divisas enumerada en el artículo 8, párrafo 7, la unidad de apertura de cuenta debe solicitar a la Oficina de Cambio un "Certificado de uso de cuenta en divisas" con los siguientes materiales:

(1) Informe sobre la solicitud de apertura de una cuenta en divisas;

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(2) Las empresas e instituciones poseen una licencia comercial emitida por el departamento de administración industrial y comercial; los grupos sociales poseen un certificado de registro de sociedad emitido por; el departamento de asuntos civiles; otras unidades cuentan con un documento de aprobación válido aprobado por la agencia estatal autorizada;

(3) Otros materiales relevantes requeridos por la oficina de cambio de divisas. Artículo 9 Para las siguientes divisas, la unidad de apertura de cuentas puede acudir al banco de apertura de cuentas para manejar los procedimientos de apertura de cuentas con los certificados válidos enumerados:

(1) Para divisas de inversión extranjera empresas, se deberá presentar el certificado de registro de divisas de las empresas con inversión extranjera emitido por la oficina de cambio de divisas;

(2) Las divisas obtenidas de préstamos en el extranjero y de la emisión de bonos en moneda extranjera se mantendrán en la "Certificado de registro de deuda extranjera" o "Certificado de registro de préstamo (transferencia) de divisas" emitido por la Administración Estatal de Divisas;

( 3) Para divisas de instituciones en China, el documento de aprobación o el documento de aprobación industrial y se requiere un certificado de registro comercial emitido por el departamento de aprobación de establecimiento de la institución;

(4) Para las divisas remitidas por personas jurídicas o físicas extranjeras como inversiones, se requiere el comprobante de remesa o la carta de intención de inversión. Artículo 10 Para las siguientes divisas, la unidad de apertura de cuenta deberá presentar una solicitud a la casa de cambio con los documentos de aprobación correspondientes, y acudir al banco donde se abre la cuenta para tramitar los trámites de apertura de cuenta con el "Aviso de Apertura de Cuenta". emitido por la oficina de cambio de divisas:

(1) Moneda extranjera aprobada por el estado utilizada específicamente para pagar deudas en moneda extranjera nacionales y extranjeras;

(2) Divisa obtenida de la oficina de cambio aprobada emisión de acciones a personas jurídicas y naturales en el extranjero. Artículo 11 Cualquier institución nacional o institución en China que abra una cuenta en divisas de conformidad con las disposiciones de los artículos 7, 9 y 10 de estas Medidas abrirá una cuenta en el banco donde la cuenta esté registrada o registrada. Si es necesario abrir una cuenta de divisas en otras áreas dentro del país, se debe presentar una solicitud a la oficina de cambio donde se abre la cuenta con los documentos de aprobación y los materiales pertinentes de la oficina de cambio en el lugar de registro o inscripción. y seguir los procedimientos de apertura de cuenta de acuerdo con la normativa. Artículo 12 Si una institución nacional abre una cuenta de divisas en el extranjero, debe presentar una solicitud a la oficina de cambio de divisas y sólo puede abrir una cuenta en el extranjero después de la aprobación. Capítulo 3 Uso de Cuentas Artículo 13 Cuando una unidad de apertura de cuentas solicite abrir una cuenta de conformidad con el Artículo 7 de estas Medidas, la oficina de cambio de divisas, en función del propósito de la cuenta de divisas, estipulará la moneda, los ingresos y los gastos. alcance, período de uso y métodos de liquidación de divisas correspondientes de la cuenta, e indicarlo en el "Certificado de Uso de Cuenta de Divisas".

El banco donde se abre la cuenta deberá manejar los recibos y pagos dentro del alcance de los recibos y pagos estipulados en el "Certificado de uso de la cuenta de divisas" los recibos y pagos fuera del alcance deben informarse a la oficina de divisas; oficina para su aprobación caso por caso. Artículo 14 Cuando una empresa con inversión extranjera abra una cuenta en divisas de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 9 de estas Medidas, el banco donde se abra la cuenta deberá indicar el nombre del banco que abre la cuenta, el número de cuenta y el moneda de la cuenta en la columna correspondiente del "Certificado de registro de divisas de empresas con inversión extranjera", tipo, rango de ingresos y gastos, etc., y selle la línea. Artículo 15 La cuenta en divisas abierta por la unidad de apertura de cuentas de conformidad con las disposiciones del artículo 9 (2) y el artículo 10 (2) de estas Medidas tendrá sus ingresos estrictamente limitados a las divisas restringidas del banco que abre la cuenta; deberá, de conformidad con el contrato de préstamo y el correspondiente Certificado de Registro de Deuda Externa, 》 o el "Certificado de Registro de Préstamo (Transferencia) de Divisas" y el comprobante de pago para gestionar el cobro y el pago. Artículo 16 Para una cuenta en divisas para el reembolso de principal e intereses abierta por una unidad de apertura de cuenta de conformidad con las disposiciones del Artículo 10 (1) de estas Medidas, el saldo de la cuenta no excederá el total de principal e intereses a reembolsar en el los dos próximos períodos, y sus cobros y pagos deberán ser aprobados caso por caso por la casa de cambio. Esta cuenta sólo se puede utilizar para pagar el capital y los intereses de la deuda, y no se puede utilizar para otros cobros y pagos. El banco donde se abre la cuenta deberá tramitar los recibos y pagos con el documento de aprobación de la Oficina de Cambios.

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