Red de conocimiento de divisas - Empezando con las acciones - ¿Qué debo hacer si bebo demasiado y un extraño se acuesta conmigo?

¿Qué debo hacer si bebo demasiado y un extraño se acuesta conmigo?

Análisis jurídico: No se puede continuar. Si el hombre aprovecha la oportunidad para tener relaciones sexuales por primera vez porque está borracho, entonces el hombre es sospechoso de violación en ese momento. Pero más tarde se convirtió en una relación de "amante", y su naturaleza se convirtió en una relación extramatrimonial. Existe una interpretación judicial especial a este respecto. Si la violación se convierte en adulterio y luego la mujer llama a la policía porque no cumple las condiciones después del adulterio, no se considerará violación.

Base jurídica: Artículo 236 de la "Ley Penal" Quien viole a una mujer mediante violencia, coacción u otros medios será condenado a pena privativa de libertad no inferior a tres años ni superior a diez años. Cualquiera que viole a una joven menor de catorce años será severamente castigado por el delito de violación. Cualquiera que viole a una mujer o viole a una joven en cualquiera de las siguientes circunstancias será condenado a pena de prisión fija no inferior a diez años, cadena perpetua o pena de muerte: (1) Viole a una mujer o viole a una joven , y las circunstancias son atroces; (2) Viola a una mujer o viola a varias niñas; (3) Viola a mujeres en público en lugares públicos; (4) Viola en grupo a dos o más personas; (5) Causa lesiones graves o la muerte; u otras consecuencias graves para la víctima.

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