Estatutos de la Asociación Internacional de la Industria de Planificación y Diseño del Paisaje
Artículo 1 Nombre chino: Asociación Internacional de la Industria del Diseño del Paisaje Nombre en inglés: Asociación Internacional de la Industria del Diseño del Paisaje, abreviatura: Asociación Nacional del Paisaje o ILI El emblema consiste en el patrón ILI.
Artículo 2 Estructura organizativa La Asociación Internacional de la Industria de Planificación y Diseño del Paisaje (en adelante, la Asociación) es una organización internacional académica, de divulgación científica y sin fines de lucro formada voluntariamente por empresas e instituciones internacionales de la misma industria. y registrado de conformidad con la ley. Está registrada en Hong Kong, China, tiene personalidad jurídica y se rige y protege por las leyes del país donde está ubicada. La asociación lleva a cabo actividades de acuerdo con las leyes, reglamentos y estatutos nacionales pertinentes, y cumple con la Carta de las Naciones Unidas y las normas legales de varios países.
Capítulo 2 Naturaleza y propósito del trabajo
Artículo 3 El concepto de paisaje laboral y su progreso en la investigación del paisaje reflejan la comprensión cada vez más profunda de las personas sobre la relación entre el hombre y la naturaleza:
(1) Como objeto de estética visual, el paisaje está espacialmente separado de los personajes y de mí. El significado de paisaje expresa la relación entre el hombre y la naturaleza, la actitud del hombre hacia la tierra y la ciudad, y también refleja los ideales y deseos del hombre.
(2) El paisaje, como hábitat de vida, es un espacio de experiencia. El posicionamiento de las personas en el espacio y la identificación de los lugares integran el paisaje con las personas y conmigo;
(3) El paisaje como sistema separa completamente las cosas y conmigo, haciendo del paisaje un objeto de interpretación científico y objetivo <; /p>
(4) El paisaje, como símbolo, es la huella de la historia y los ideales humanos, y es la interacción y relación entre las personas y la naturaleza, y entre las personas de la tierra. Por tanto, el paisaje es estético, experiencial, científico y significativo. Crea un ambiente de vida y trabajo ecológico, seguro, hermoso y cómodo para las personas.
Artículo 4: Objeto de la Asociación
Mejorar el nivel de planificación, diseño y formación profesional del paisaje, promover y ampliar la contribución social de la planificación y el diseño del paisaje en el desarrollo nacional, iniciar o Promover aún más el uso de la planificación del paisaje. El diseño resuelve el saneamiento ambiental, la seguridad, el bienestar público y otros problemas que afectan las necesidades materiales y espirituales de las personas, sirve a los intereses de los planificadores del paisaje, fortalece especialmente el reconocimiento del diseño y la práctica profesionales y se adapta a los requisitos. de establecer un sistema económico de mercado y modernizarlo. Contactar a empresas, instituciones y organizaciones sociales en la industria hortícola internacional, implementar políticas y leyes nacionales, servir a las macrodecisiones del gobierno, servir a empresas e industrias, actuar como puente entre el gobierno y las empresas, coordinar la relación entre los miembros y salvaguardar la los derechos e intereses legítimos de los miembros y los intereses de la industria y promover el desarrollo ordenado de la industria de la jardinería.
Artículo 5: Fortalecer la autodisciplina de los productores miembros de la asociación y los intercambios internacionales entre empresas, y mejorar la conciencia de las empresas miembros sobre la planificación y el diseño de paisajes bajos en carbono, ecológicos y habitables.
Capítulo 3 Alcance empresarial
Las principales tareas de la Asociación del Artículo 6 son las siguientes:
(1) Promover e implementar la "Carta de las Naciones Unidas" y " Declaración sobre el Medio Ambiente Humano", "Declaración sobre Medio Ambiente y Desarrollo" y las políticas y regulaciones de protección ambiental de varios países, descubren rápidamente problemas que reflejan la protección ambiental y la planificación y diseño del paisaje, coordinan soluciones y desempeñan activamente el papel de las organizaciones comerciales internacionales.
(2) Organizar y participar activamente en la formulación, revisión y promoción de normas técnicas nacionales y cuotas para la planificación y diseño de jardines, y organizar y promover la implementación de estándares de la industria.
(3) Organizar a los miembros y oficinas para realizar investigaciones y estudios sobre temas importantes como directrices, políticas, planes y medidas para fortalecer la protección ambiental internacional y el desarrollo de la planificación y el diseño del paisaje, presentar opiniones constructivas para organizaciones pertinentes y ayudar al gobierno a formular políticas y planes industriales.
(4) Organizar y participar activamente en la formulación y certificación de estándares de calificación profesional relacionados con la planificación y el diseño de jardines en varios países, promover el establecimiento e implementación de sistemas de registro profesional relacionados con la planificación y el diseño de jardines, y buscar mejorar y proteger a los profesionales de la planificación y el diseño de jardines y el estatus y los intereses de sus profesionales promover la comprensión social de la contribución de la planificación y el diseño del paisaje, y promover la educación y la investigación sobre la planificación y el diseño del paisaje.
(5) Realizar estudios y estadísticas de planificación y diseño de jardines, recopilar y publicar información relevante.
El estudio resume las experiencias exitosas de los miembros en la planificación del paisaje y el desarrollo del diseño y las promueve globalmente a través de varios métodos.
(6) Promover conexiones entre miembros, organizar exposiciones e intercambios técnicos nacionales e internacionales, promover la cooperación técnica y el progreso en la industria, ayudar a las empresas a expandir los mercados nacionales y extranjeros y desarrollar conexiones comerciales internacionales relacionadas con la planificación de jardines. y diseño, Realizar actividades de cooperación e intercambio internacional.
(7) Llevar a cabo servicios de consultoría, publicar publicaciones relevantes, proporcionar a los miembros información técnica y económica nacional y extranjera e información de mercado de manera oportuna, y desarrollar y cultivar diversos talentos.
(8) Llevar a cabo investigaciones antidumping, compensatorias y antimonopolio en nombre de los miembros, o solicitar al gobierno investigaciones pertinentes, formular normas y reglamentos y supervisar su implementación, y mantener el orden de la industria y el orden general. intereses.
(9) Coordinar disputas que involucren actividades comerciales entre miembros de la asociación, entre miembros y no miembros, entre miembros y consumidores, y entre la asociación y otras asociaciones industriales u organizaciones económicas. Promover transacciones entre miembros y entre miembros y no miembros, y ayudar a los miembros a salvaguardar sus derechos e intereses legítimos.
(10) Recompensar y felicitar a quienes hayan contribuido al desarrollo de la planificación y el diseño de jardines.
(11) Utilizar las ventajas de la asociación y los grupos de planificación y diseño del paisaje para esforzarse por lograr un entorno de producción y funcionamiento más relajado para los miembros, esforzarse por lograr mejores políticas y apoyo social para las empresas de planificación y diseño del paisaje, y buscar el apoyo de los gobiernos globales y de los miembros.
(12) Llevar a cabo otros asuntos autorizados por los departamentos gubernamentales pertinentes de todo el mundo y encomendados por las unidades miembro.
Capítulo 4 Membresía Artículo 7 Los miembros de esta asociación incluyen miembros de grupo, miembros individuales, miembros estudiantes, miembros honorarios, miembros patrocinadores y miembros senior.
Artículo 8 Miembros del grupo: asociaciones provinciales (regiones autónomas, municipios directamente dependientes del Gobierno Central) y municipales de la industria hortícola, así como un cierto número de empresas e instituciones dedicadas a la investigación científica, el diseño, la consultoría y la docencia. , producción, construcción, gestión, etc. en las unidades de negocio de jardinería y grupos académicos relevantes pueden postularse para convertirse en miembros de esta asociación. Artículo 9 Cualquier experto, académico, profesor, investigador y directivo profesional que esté dispuesto a contribuir al desarrollo de la industria de la jardinería puede solicitar voluntariamente convertirse en miembro individual de la asociación. Según las necesidades de trabajo, la asociación podrá contratar socios honoríficos.
Artículo 10 Los miembros de esta asociación disfrutan de los siguientes derechos:
(1) Los miembros (representantes de los miembros) ejercen derechos de gestión democrática como el derecho a votar, el derecho a ser elegido, el derecho a supervisar, etc., pero los miembros estudiantes, miembros honorarios y miembros iniciadores no tienen este derecho;
(2) Participar en actividades organizadas por la asociación;
(3 ) Disfrutar de los servicios prestados por la asociación;
(4) Hacer sugerencias y críticas sobre el trabajo de la asociación;
(5) Decidir retirarse de la reunión.
Artículo 11 Los miembros de la Asociación tendrán las siguientes obligaciones:
(1) Cumplir los estatutos de la sociedad;
(2) Ejecutar las resoluciones de la asociación;
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(3) Completar las tareas asignadas por la asociación;
(4) Cumplir con diversas normas y reglamentos;
(5) Pagar las cuotas de membresía según sea necesario.
Artículo 12 El representante miembro de la asociación podrá ser el representante legal de la unidad miembro, o podrá ser encomendado por otro personal de la unidad.
Artículo 13 Si un miembro de la Asociación incurre en alguna de las siguientes circunstancias, la Asociación podrá removerlo:
(1) Suspensión de actividad o cambio de actividad <; /p>
(2) ) se declara en quiebra conforme a la ley;
(3) se revoca conforme a la ley;
(4) no cumple obligaciones de los miembros y se niega a hacer correcciones después de haber sido informado por la asociación.
Artículo 14 Procedimientos de membresía:
1. Membresía de grupo: Las unidades que cumplan con las condiciones para ser miembro de grupo completarán un formulario de solicitud, que será revisado por la Secretaría de la Asociación y reportado a el Consejo Permanente o los Directores Después de la aprobación de una organización autorizada por la asociación, se emitirá una tarjeta de membresía a la asociación.
2. Membresía individual: una persona solicita la membresía después de ser presentada por dos miembros. aprobado por los miembros del grupo de nuestra asociación, será revisado y aprobado por la secretaría de nuestra asociación y emitirá una tarjeta de membresía unificada;
3. Membresía estudiantil: estudiantes que estudian en departamentos de arquitectura paisajista, universidades ( incluida la arquitectura paisajista) o relaciones afines reconocidas por la asociación se emitirán con la autorización de la junta directiva o la aprobación de la tarjeta de membresía, para los estudiantes de la asociación
4. : Aquellos que hayan hecho contribuciones destacadas al club o empresas paisajísticas serán nominados por dos gerentes, aprobados por dos tercios de la junta directiva y presentados al comité permanente del club para su aprobación, y emitirán un certificado de membresía honoraria al club;
5. Patrocinar a miembros para que se unan al club: Cualquier persona que esté de acuerdo con el propósito del club, esté interesada en las reuniones del club y las patrocine, puede convertirse en patrocinador del club después de haber sido presentado a la junta directiva para su aprobación. aprobación;
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6. Aprobación de los miembros principales: Recomendado por dos directores permanentes o miembros de comités profesionales, ramas y unidades, revisado por la secretaría, informado al consejo permanente de la asociación para su aprobación. y se emite un certificado de membresía senior.
Capítulo 5 Estructura Organizacional
Artículo 16 La máxima autoridad de la asociación es el Congreso de Socios. El Congreso de Socios se celebra cada tres años y puede adelantarse o posponerse si fuera necesario. Las funciones y facultades del Congreso de Socios son:
(1) Determinar los principios y tareas de la asociación;
(2) Escuchar y revisar el informe de trabajo de la junta directiva ;
(3) Revisar y aprobar el presupuesto financiero y el informe de cuentas finales de la asociación;
(4) Elegir miembros de la junta directiva;
(5 ) Modificar los estatutos de la sociedad.
Las resoluciones del Congreso de Miembros serán votadas por todos los representantes de los miembros presentes en la reunión y deberán ser aprobadas por más de la mitad de los votos para ser válidas.
Artículo 17 La Junta Directiva es el órgano ejecutivo de la Asociación, tiene una duración de tres años y puede ser reelegida. La elección general de la Junta Directiva también podrá realizarse mediante comunicación. El comité se reúne anualmente. Sus responsabilidades son:
(1) Implementar las resoluciones del Congreso de Miembros
(2) Formular el plan de trabajo de la asociación
(3) Absorber nuevos miembros.
Artículo 18 La junta directiva elegirá un número de directores permanentes para formar la junta directiva permanente. El Consejo Permanente tendrá un director y varios subdirectores. El secretario general y el subsecretario general serán decididos por la asamblea de directores. Cuando la Junta Directiva no se encuentre reunida, la Junta Directiva Permanente ejercerá sus facultades. El mandato del Presidente y Vicepresidente se limita a dos mandatos, en circunstancias especiales, pudiendo prorrogarse por un mandato con el consentimiento del Congreso Miembro; El Consejo Permanente tiene una oficina responsable de los asuntos diarios y establece varias organizaciones profesionales según las necesidades del trabajo.
Artículo 19 La asociación podrá constituir presidentes honorarios y asesores en función de las necesidades del trabajo, y será decidido por el Consejo Permanente.
Capítulo 6 Sucursales de asociaciones e instituciones franquiciadas
Artículo 20 Cualquier asociación o empresa local con personalidad jurídica aprobada por las autoridades locales del país donde esté ubicada puede actuar como miembro del grupo. Únase a la asociación o solicite convertirse en afiliado o franquicia de la asociación. Con la orientación de las autoridades locales y la asistencia de la asociación, las filiales de la asociación y las instituciones de formación especializada deciden sus propios planes de trabajo y llevan a cabo sus actividades.
Capítulo 7 Fondos
Artículo 21 Fuentes de fondos de esta asociación:
(1) Cuotas de membresía;
(2) Financiamiento y donaciones;
(3) Ingresos de actividades y servicios;
(4) Intereses;
(5) Otros ingresos legítimos.
Artículo 22 La asociación recaudará las cuotas de membresía de acuerdo con las prácticas internacionales y las regulaciones nacionales pertinentes.
Artículo 23 Los fondos de la asociación deberán utilizarse para el ámbito empresarial y el desarrollo profesional previstos en los estatutos y no se distribuirán entre los miembros.
Artículo 24 La asociación deberá establecer un estricto sistema de gestión financiera para garantizar la legalidad, autenticidad, exactitud e integridad de los datos contables.
Artículo 25 La Asociación cuenta con personal contable profesionalmente calificado. Los contadores no podrán desempeñar simultáneamente la función de cajeros.
Cuando el personal contable transfiere puestos de trabajo o deja sus puestos de trabajo, debe pasar por procedimientos de traspaso con el destinatario.
Artículo 26 Los activos de la Asociación deben cumplir con las prácticas internacionales y los sistemas de gestión financiera de los países correspondientes, y aceptar la supervisión de la Asamblea General y del departamento financiero.
Artículo 27 Los cambios en el representante legal de la asociación se informarán a la autoridad nacional de registro y gestión de la asociación correspondiente para su registro.
Artículo 28 Ninguna organización o individuo podrá malversar, distribuir privadamente o apropiarse indebidamente de los bienes de la Asociación.
Artículo 29 Los salarios, seguros y prestaciones sociales del personal de tiempo completo de la Asociación se implementarán con referencia a las prácticas internacionales y a los reglamentos o normas pertinentes del país donde estén ubicados.
Capítulo 8 Procedimiento para la Modificación de los Estatutos Sociales
Artículo 30: Las modificaciones a los Estatutos Sociales deberán ser aprobadas por el Consejo Directivo y presentadas al Congreso de Socios para su revisión.
Artículo 31 Los estatutos revisados de esta asociación se presentarán a la autoridad de registro de la asociación nacional correspondiente para su presentación.
Capítulo 9 Emblema y Bandera
Artículo 32 (1) El emblema de la asociación es circular y el color de todo el patrón es verde. ILI es la abreviatura de la asociación. Está ubicada en el centro del patrón. La parte central simboliza que nuestros miembros estarán repartidos por todo el mundo y apreciarán nuestra tierra juntos. Las coronas verdes en ambos lados simbolizan que cada uno de nuestros miembros. debemos unirnos para contribuir al medio ambiente de vida de la humanidad y del mundo. Contribuir a la paz. (2) La bandera de la asociación es rectangular con una relación de aspecto de 3:2. La bandera consta de tres rectángulos horizontales paralelos, la parte superior y la inferior son verdes, cada uno de los cuales representa 1/4 de la bandera; el medio es blanco, y representa la mitad de la bandera; El emblema está ubicado en el centro del fondo blanco y su diámetro es 4/5 del ancho del fondo blanco. El verde simboliza la industria verde y el entorno natural verde. El blanco simboliza el entorno de vida habitable, ecológico y con bajas emisiones de carbono del mundo.
Capítulo 10 Procedimientos de Extinción y Enajenación de Bienes después de la Extinción
Artículo 33 Cuando la asociación se disuelva por sí sola o necesite ser revocada por otras causas, la junta directiva o junta permanente deberá proponer terminación.
Artículo 34: La moción de extinción de la Asociación deberá ser aprobada por el Congreso de Socios y comunicada a la autoridad nacional de registro de sociedades correspondiente para su aprobación.
Artículo 35 Antes de que se dé por terminada la asociación, se establecerá una organización de liquidación bajo la dirección de las autoridades de gestión y registro de la asociación nacional correspondiente para liquidar reclamaciones y deudas y hacer frente a las consecuencias. Durante el período de liquidación no se realizarán actividades distintas a la liquidación.
Artículo 36 La Asociación se dará por terminada tras la cancelación del registro por parte de la autoridad de registro de asociación nacional correspondiente.
Artículo 37 La propiedad restante después de la terminación de la asociación se utilizará para desarrollar empresas relacionadas con el propósito de la asociación bajo la supervisión de las agencias nacionales de registro y gestión de asociaciones pertinentes y de acuerdo con la práctica internacional.
Capítulo 2 XI Disposiciones complementarias
Artículo 38 Este Estatuto Social ha sido votado y aprobado por la primera asamblea general de socios.
Artículo 39 El derecho de interpretación de los presentes estatutos corresponde a la junta directiva de la asociación.
Artículo 40 Este Estatuto entrará en vigor a partir de la fecha de aprobación por la autoridad de registro de la organización estatal correspondiente.