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Un puerto puede estar compuesto por una o más áreas portuarias.
Artículo 4 El Consejo de Estado y los gobiernos populares locales pertinentes a nivel de condado o superior reflejarán los requisitos de desarrollo y planificación de los puertos en los planes nacionales de desarrollo económico y social, y protegerán y utilizarán racionalmente los recursos portuarios de acuerdo con con la ley.
Artículo 5 El Estado alienta a las organizaciones económicas y a los individuos nacionales y extranjeros a invertir en la construcción y operación de puertos de acuerdo con la ley y proteger los derechos e intereses legítimos de los inversores.
Artículo 6 El departamento de transporte del Consejo de Estado está a cargo del trabajo portuario en todo el país.
La gestión de los puertos dentro de sus propias regiones administrativas por los gobiernos populares locales se determinará de conformidad con las disposiciones del Consejo de Estado sobre el sistema de gestión portuaria.
De acuerdo con el sistema de gestión portuaria determinado en el párrafo anterior, para los puertos administrados por el gobierno popular de la ciudad o condado donde está ubicado el puerto, el gobierno popular de la ciudad o condado determinará un departamento para implementar la gestión administrativa específica del puerto; implementar la gestión administrativa específica de los puertos.
Los departamentos que implementan la gestión administrativa específica de los puertos determinada de acuerdo con el párrafo anterior se denominan en adelante colectivamente departamentos administrativos portuarios.
Capítulo 2 Planificación y construcción portuaria
Artículo 7 La planificación portuaria se preparará de acuerdo con los requisitos del desarrollo económico y social nacional y las necesidades de la construcción de la defensa nacional, y reflejará el principio de utilización racional de los recursos costeros, consistente con la planificación del sistema urbano y conectado con el plan general de uso de la tierra, el plan urbano general, la planificación de cuencas fluviales, la planificación de control de inundaciones, la zonificación funcional marina, la planificación del desarrollo del transporte por vías navegables y la planificación del desarrollo de otros modos de transporte, así como así como otros planes relevantes estipulados en leyes y reglamentos administrativos de coordinación.
La preparación de la planificación portuaria deberá organizar demostraciones de expertos y realizar evaluaciones de impacto ambiental de conformidad con la ley.
Artículo 8 La planificación portuaria incluye la planificación del trazado portuario y la planificación general portuaria.
La planificación del diseño portuario se refiere a la planificación de la distribución de los puertos, incluida la planificación del diseño portuario nacional y la planificación del diseño portuario de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central.
La planificación maestra portuaria se refiere a la planificación específica de un puerto en un cierto período de tiempo, incluyendo las áreas de agua y tierra del puerto, la división del área portuaria, el rendimiento y los tipos de buques de llegada, la naturaleza y funciones de el puerto, las áreas de agua y el uso de la tierra, el uso de la costa para la construcción de instalaciones portuarias, la asignación de terrenos de construcción y la secuencia de construcción por fases, etc.
El plan portuario general debe ajustarse al plan de distribución del puerto.
Artículo 9 El plan de diseño portuario nacional será preparado por el departamento de transporte del Consejo de Estado en consulta con los departamentos pertinentes del Consejo de Estado y las agencias militares pertinentes, y será promulgado e implementado después de ser presentado a el Consejo de Estado para su aprobación.
Los planes de trazado portuario de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central serán organizados y preparados por los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central de conformidad con las planes nacionales de disposición portuaria, y se presentarán al departamento de transporte del Consejo de Estado para comentarios. Si el departamento de transporte dependiente del Consejo de Estado no presenta ninguna opinión revisada dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción de los materiales que solicitan opiniones, el plan de diseño del puerto será anunciado e implementado por el gobierno popular de la provincia, región autónoma, o municipio directamente dependiente del Gobierno Central; el departamento de transporte dependiente del Consejo de Estado lo considera incompatible con el diseño del puerto nacional. Para la planificación, las opiniones de revisión se presentarán dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción de los materiales que solicitan opiniones; de las provincias, regiones autónomas y municipios pertinentes directamente dependientes del Gobierno Central que tengan objeciones a los dictámenes de revisión, deberán informarlas al Consejo de Estado para que tome una decisión.
Artículo 10 El plan general del puerto será preparado por el departamento administrativo del puerto en consulta con los departamentos pertinentes y las agencias militares pertinentes.
Artículo 11 La planificación general de los principales puertos con ubicaciones geográficas importantes, gran rendimiento y amplio impacto en el desarrollo económico será formulada por el departamento de transporte del Consejo de Estado después de solicitar las opiniones de los departamentos pertinentes del Estado. El Consejo y los organismos militares pertinentes serán aprobados junto con los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios pertinentes directamente dependientes del Gobierno Central, y anunciados para su implementación. La lista de puertos principales será determinada y publicada por el departamento de transporte del Consejo de Estado después de solicitar opiniones de los departamentos pertinentes del Consejo de Estado.
Los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central determinarán los puertos importantes en sus regiones después de consultar al departamento de transporte del Consejo de Estado. La planificación general de los puertos importantes será aprobada por los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central después de solicitar opiniones del departamento de transporte del Consejo de Estado, y luego anunciada e implementada.
La planificación general de los puertos distintos de los especificados en los dos párrafos anteriores se anunciará e implementará después de la aprobación del gobierno popular de la ciudad o condado donde esté ubicado el puerto, y se informará al gobierno popular. gobierno de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central para su registro.
El plan general para un puerto dentro del alcance especificado en los párrafos 1 y 2 de este artículo preparado por el departamento administrativo portuario del gobierno popular municipal o del condado será revisado y aprobado por el gobierno popular al mismo tiempo. nivel antes de ser presentado para su aprobación.
Artículo 12 Las modificaciones a la planificación portuaria se tramitarán conforme a los procedimientos de formulación de la planificación portuaria.
Artículo 13 La construcción de instalaciones portuarias dentro del área de planificación general del puerto y el uso de la costa de aguas profundas del puerto serán aprobados por el departamento de transporte del Consejo de Estado junto con el estudio económico y macroeconómico integral. departamento de control del Consejo de Estado; la construcción de instalaciones portuarias y el uso de costas no profundas, serán aprobados por el departamento administrativo del puerto. Sin embargo, para los proyectos aprobados por el Consejo de Estado o el departamento de macrocontrol económico integral del Consejo de Estado para utilizar las costas portuarias, no se requerirán procedimientos de aprobación separados para el uso de las costas portuarias.
Los estándares para las costas portuarias de aguas profundas son formulados por el departamento de transporte del Consejo de Estado.
Artículo 14 La construcción portuaria se ajustará a la planificación portuaria. No se construirán instalaciones portuarias en violación de la planificación portuaria.
Artículo 15 Los proyectos de construcción portuaria que estén sujetos a la aprobación de las autoridades pertinentes de conformidad con las regulaciones nacionales deberán pasar por los procedimientos de aprobación de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes y cumplir con las normas y especificaciones técnicas nacionales pertinentes.