Disposiciones provisionales sobre la administración de la contratación centralizada de empresas financieras estatales
Aviso Caijin [2018] N° 9 sobre la Emisión de las "Disposiciones Provisionales sobre la Administración de la Contratación Centralizada de Empresas Financieras Estatales" Empresas Financieras Estatales: Con el fin de mejorar aún más la eficiencia de adquisiciones centralizadas de empresas financieras estatales y regular el comportamiento de adquisiciones centralizadas de empresas financieras estatales, ahora se le han emitido las "Disposiciones provisionales sobre la gestión de adquisiciones centralizadas de empresas financieras estatales", por favor cumpla con ellas. Anexo: Disposiciones provisionales sobre la administración de las adquisiciones centralizadas de las empresas financieras estatales Ministerio de Hacienda 5 de febrero de 2018 Anexo: Disposiciones provisionales sobre la administración de las adquisiciones centralizadas de las empresas financieras estatales Capítulo 1 Disposiciones generales El artículo 1 tiene por objeto regular las adquisiciones centralizadas el comportamiento de adquisiciones de las empresas financieras estatales y fortalecer la gestión de los gastos de adquisiciones, mejorar la eficiencia del uso de los fondos de adquisiciones y formular estas regulaciones de acuerdo con las leyes nacionales, los reglamentos administrativos y las normas departamentales pertinentes. Artículo 2 Este reglamento se aplicará a las empresas financieras estatales que implementen adquisiciones centralizadas. La expresión "empresas financieras de propiedad estatal", tal como se menciona en estos reglamentos, incluye todas las empresas de propiedad estatal que han obtenido licencias de actividad financiera, así como las sociedades de cartera financieras de propiedad estatal, las compañías de garantía de propiedad estatal y otras empresas financieras de propiedad estatal. Los centros de negociación financiera que implementen sistemas de membresía de acuerdo con las leyes y reglamentos vigentes se remitirán al presente reglamento. El término "contratación centralizada", tal como se menciona en estas regulaciones, se refiere al comportamiento de las empresas financieras estatales de obtener bienes, proyectos y servicios incluidos en el alcance de la contratación centralizada a través de contratos con compensación. Artículo 3 La contratación centralizada por parte de empresas financieras estatales seguirá los principios de apertura, equidad, imparcialidad, buena fe y eficiencia. Artículo 4 Las empresas financieras estatales deberán cumplir con las regulaciones nacionales pertinentes al realizar actividades de contratación centralizadas, establecer un sistema de gestión interna con gestión unificada, autorización jerárquica y restricciones mutuas, y salvaguardar eficazmente los intereses generales de la empresa y del país. Artículo 5 Las empresas financieras estatales darán prioridad a la compra de productos que ahorren energía y sean respetuosos con el medio ambiente durante la contratación centralizada. Capítulo 2 Organización y Gestión Artículo 6 Las empresas financieras estatales deben establecer y mejorar un sistema de gestión que separe las funciones centralizadas de gestión de la toma de decisiones en materia de adquisiciones de las funciones de operación y ejecución. Artículo 7 Las empresas financieras estatales establecerán un comité centralizado de gestión de adquisiciones, cuyos miembros estarán compuestos por personas relevantes a cargo de la empresa y personas a cargo de los departamentos financieros, legales y otros departamentos comerciales relevantes, responsables de la toma de decisiones y la gestión de las actividades de adquisiciones centralizadas de la empresa. El personal de los departamentos de inspección disciplinaria, supervisión, auditoría y otros departamentos de las empresas financieras estatales puede asistir a las reuniones del comité centralizado de gestión de adquisiciones. Las principales responsabilidades del Comité de Gestión de Adquisiciones Centralizadas de las empresas financieras estatales incluyen: (1) Examinar y aprobar las medidas internas de gestión de adquisiciones centralizadas de la empresa y otras regulaciones institucionales (2) Determinar el catálogo de adquisiciones centralizadas y los estándares de cuotas de la empresa (3; ) Aprobar el plan de adquisiciones y revisar la implementación de la situación del plan de adquisiciones; (4) Revisar los asuntos de adquisiciones que tienen un mayor impacto en las actividades y el desarrollo del negocio; (5) Otros asuntos importantes de gestión y supervisión involucrados en las actividades de adquisiciones; Artículo 8 Las empresas financieras estatales podrán designar departamentos comerciales específicos o establecer agencias de gestión diaria de adquisiciones centralizadas en función de las condiciones reales para implementar específicamente actividades de adquisiciones centralizadas. Dependiendo de las circunstancias específicas del proyecto de adquisiciones centralizadas, las empresas financieras estatales pueden comprar por sí mismas o confiar a una agencia externa para que se encargue de los asuntos de adquisiciones. Artículo 9 Si una empresa financiera estatal adopta la licitación pública o la licitación por invitación para la contratación, deberá establecer un comité de evaluación de ofertas de conformidad con la ley para que sea responsable de la evaluación de los proyectos de contratación. Si para la contratación se utilizan métodos distintos de la licitación, como la negociación competitiva, la consulta competitiva y la investigación de precios, se debe establecer un grupo de negociación, consulta o investigación de precios con referencia a los requisitos pertinentes de la contratación pública y la situación real de la unidad. Artículo 10 Las sedes de las empresas financieras estatales podrán establecer o establecer conjuntamente una base de datos de expertos para la revisión centralizada de proyectos de adquisiciones. Los miembros expertos revisores están compuestos por profesionales internos en finanzas, tecnología, etc. de empresas financieras estatales, así como expertos externos en tecnología, economía y otros aspectos relacionados. Para las empresas que no cumplen con las condiciones anteriores para establecer una base de datos, deben utilizar razonablemente bases de datos de expertos en revisión externa, como agencias de licitación. Artículo 11 Para proyectos de adquisiciones generales, los expertos en revisión se seleccionan aleatoriamente de la base de datos de expertos en revisión. Para proyectos de adquisiciones que son técnicamente complejos, altamente profesionales o tienen requisitos especiales, si es difícil determinar expertos en revisión adecuados mediante una selección aleatoria, el estado. propiedad de la empresa financiera puede El programa se selecciona a sí mismo. Capítulo 3 Construcción del sistema Artículo 12 Las empresas financieras de propiedad estatal pueden consultar el catálogo de adquisiciones centralizadas y las normas publicadas periódicamente por los gobiernos populares a nivel provincial o superior y combinar la situación real de la empresa para formular el catálogo de adquisiciones centralizadas y las normas de cuotas de la empresa. . Artículo 13 Las empresas financieras estatales formularán medidas internas de gestión de adquisiciones centralizadas de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales pertinentes y estos reglamentos.
Artículo 14 Las medidas de gestión para la contratación centralizada interna de las empresas financieras estatales incluirán al menos el siguiente contenido: (1) Aclarar el alcance de la contratación centralizada de la empresa y las situaciones de aplicación específicas de los diferentes métodos de contratación; (2) Procedimientos específicos para; implementar adquisiciones centralizadas, incluida la preparación de la planificación de adquisiciones, establecimiento de proyectos de adquisiciones, preparación de requisitos de adquisiciones, implementación de adquisiciones, firma de contratos, aceptación de adquisiciones, liquidación de fondos, gestión de archivos, etc. (3) Aclarar los temas de supervisión e inspección interna y; responsabilidades de las actividades de adquisiciones centralizadas; (4) Responsable de violaciones de leyes, regulaciones y violaciones profesionales Medidas de castigo para el personal y las unidades de ética, etc. Artículo 15 Las empresas financieras estatales establecerán y mejorarán los sistemas internos de supervisión y gestión, fortalecerán el control interno y la supervisión e inspección de las adquisiciones centralizadas y evitarán eficazmente errores y fraudes en el proceso de adquisiciones. Artículo 16 Las empresas financieras estatales deben establecer procedimientos de toma de decisiones y ejecución para las actividades de adquisición que se supervisen y restrinjan entre sí, y aclaren las responsabilidades y autoridad del personal responsable de proyectos de adquisición específicos y del personal responsable de la revisión y aceptación de los contratos de adquisición. para lograr la separación mutua. Artículo 17 Las empresas financieras de propiedad estatal proporcionarán orientación y gestión empresarial para el comportamiento de adquisiciones centralizadas de las sucursales. Capítulo 4 Métodos de contratación Artículo 18 La contratación centralizada por parte de empresas financieras estatales puede adoptar licitación pública, licitación por invitación, negociación competitiva, consulta competitiva, contratación de fuente única, investigación y otros métodos de contratación reconocidos por los departamentos administrativos pertinentes. Artículo 19 Para los proyectos de contratación incluidos en el ámbito de la contratación centralizada, las empresas financieras estatales deberían, en principio, dar prioridad a la licitación pública o a la licitación por invitación. Si es necesario adoptar métodos de adquisición sin licitación, deberá cumplir con los requisitos de este reglamento y presentarse para aprobación de acuerdo con el reglamento interno de gestión de adquisiciones centralizada de la empresa antes de que comiencen las actividades de adquisición. Artículo 20 Podrán adquirirse mediante licitación pública los proyectos de contratación centralizada que cumplan una de las siguientes circunstancias: (1) Que sean de carácter especial y sólo puedan adquirirse de una gama limitada de proveedores (2) El costo de adoptar el método de licitación pública; cuentas para La proporción del valor total del proyecto de adquisiciones es demasiado grande (3) Otras situaciones aplicables enumeradas en las medidas internas de gestión de adquisiciones centralizadas de la empresa; Artículo 21 Los proyectos de contratación centralizada que cumplan una de las siguientes circunstancias podrán adquirirse mediante negociación competitiva: (1) No hay proveedores para licitar o no hay ofertas calificadas o no se establece una nueva licitación después de la licitación; la tecnología es compleja o la naturaleza es especial y no se pueden determinar especificaciones detalladas o requisitos específicos (3) el tiempo requerido para la licitación no puede satisfacer las necesidades urgentes de los usuarios (4) el precio total no se puede calcular por adelantado; Se enumeran las medidas internas de gestión de adquisiciones centralizadas de la empresa. Otras situaciones aplicables. Artículo 22 Los proyectos de contratación centralizada que cumplan una de las siguientes circunstancias podrán adquirirse mediante consulta competitiva: (1) Compra de artículos de servicio; (2) La tecnología es compleja o de naturaleza especial y no se pueden determinar especificaciones detalladas o requisitos específicos ( 3) ) El precio total no se puede calcular por adelantado debido a razones tales como patentes, tecnologías patentadas o el tiempo y la cantidad de los servicios no se pueden determinar por adelantado; (4) Proyectos de investigación científica con competencia de mercado insuficiente; llevado a cabo de conformidad con la Ley de Licitaciones y Licitaciones y su Reglamento de Aplicación Proyectos de construcción de ingeniería distintos de los proyectos de construcción de ingeniería sujetos a licitación (6) Otras situaciones aplicables enumeradas en las medidas internas de gestión de adquisiciones centralizadas de la empresa; Artículo 23 Los proyectos de adquisiciones centralizadas que cumplan una de las siguientes circunstancias se pueden comprar de una sola fuente: (1) solo se pueden comprar a un único proveedor; (2) no se pueden comprar a otros proveedores debido a emergencias imprevistas. se debe garantizar la coherencia de los elementos de adquisición originales o los requisitos de los servicios de soporte, y es necesario comprar nuevamente al proveedor original (4) Otras situaciones aplicables enumeradas en las medidas internas de gestión de adquisiciones centralizadas de la empresa; Artículo 24 Si el proyecto de adquisición centralizada cumple con las condiciones de especificaciones y estándares de carga unificados, suministro suficiente de bienes al contado y pequeños cambios de precios, y figura en las medidas internas de gestión de adquisiciones centralizadas de la empresa, se puede comprar mediante consulta. Capítulo 5 Gestión de Adquisiciones Artículo 25 Las empresas financieras estatales implementarán adquisiciones centralizadas de acuerdo con el plan de adquisiciones y lo incorporarán a la gestión presupuestaria anual. Los asuntos de adquisiciones centralizadas no planificadas deben someterse a aprobación de acuerdo con las normas internas pertinentes de la empresa. Los ajustes importantes al plan de adquisiciones se informarán al Comité de Gestión Centralizada de Adquisiciones para su revisión de acuerdo con los procedimientos. Artículo 26 Las empresas financieras estatales no dividirán en partes los proyectos que deban adquirirse mediante licitación pública ni evitarán la licitación y la contratación pública de cualquier otra manera. Artículo 27 Las empresas financieras estatales firman contratos de adquisición basados en la oferta ganadora o los resultados de la transacción, y los contratos de adquisición serán revisados por el departamento legal interno o la agencia intermediaria legal.
Artículo 28 Las empresas financieras estatales deben hacer un buen trabajo en la divulgación de información de adquisiciones centralizada y divulgar información y licitaciones públicas al público a través de canales públicos como el sitio web corporativo, el sitio web de la agencia de licitación o los medios de divulgación de información de adquisiciones gubernamentales. designado por el departamento financiero del gobierno popular a nivel provincial o superior Información sobre proyectos de adquisición para licitaciones no públicas, excepto el contenido que involucre secretos de estado y secretos comerciales. Si se adopta la licitación pública, los anuncios de licitación y los anuncios de precalificación se publicarán de acuerdo con las regulaciones, y se publicará toda la información del proceso, como los licitadores ganadores y los resultados de las licitaciones ganadoras. El contenido del anuncio público de la oferta ganadora incluye, entre otros, elementos básicos como el nombre del proyecto licitado, el postor, la agencia licitadora, la fecha del anuncio de licitación, el postor ganador, el contenido de la oferta ganadora. oferta y el precio. Los anuncios de licitación y los resultados de las adjudicaciones deberán hacerse públicos a través del mismo canal. Si se adopta un método de licitación no pública, los resultados de la transacción se anunciarán dentro de los 3 días hábiles a partir de la fecha de firma del contrato de adquisición, incluidos, entre otros, el contenido de la adquisición, el método de adquisición, los proveedores candidatos, los proveedores seleccionados y la cantidad de la adquisición determinada. En el contrato, la adquisición de factores básicos como el precio. Capítulo 6 Supervisión e Inspección Artículo 29 Las empresas financieras de propiedad estatal implementarán concienzudamente estas regulaciones, divulgarán los asuntos de adquisiciones centralizadas que tengan un impacto significativo en los costos y gastos de la empresa en sus informes financieros anuales y aceptarán conscientemente la supervisión e inspección por parte de finanzas, auditoría y otros. departamentos pertinentes. Artículo 30 Si los postores y las partes pertinentes creen que existe alguna violación de las leyes y reglamentos relacionados con las licitaciones y otras actividades de adquisición centralizadas realizadas por empresas financieras estatales, podrán presentar quejas ante las autoridades financieras competentes de las empresas financieras estatales y departamentos estatales pertinentes de acuerdo con las regulaciones. Artículo 31 Las partes involucradas en la contratación empresarial no deberán coludirse entre sí para dañar los intereses de la empresa, el interés nacional, los intereses de la seguridad pública social y los derechos e intereses legítimos de otras partes. Artículo 32 Las partes contratantes que revelen la oferta más baja y otra información relacionada con las actividades de contratación que deban mantenerse confidenciales, así como otras violaciones de las leyes, reglamentos administrativos y estos reglamentos pertinentes, serán responsables de conformidad con la ley. Capítulo 7 Disposiciones complementarias Artículo 33 Cuando una empresa financiera de propiedad estatal utilice préstamos o donaciones de organizaciones internacionales, gobiernos extranjeros, personas jurídicas extranjeras y otras organizaciones e individuos para realizar compras, si el préstamo o el otorgante tienen un acuerdo sobre el método de adquisición, podrá utilizar el préstamo o la subvención del Acuerdo, pero no perjudicará los intereses nacionales ni los intereses públicos sociales. Artículo 34 El presente reglamento entrará en vigor el 1 de marzo de 2018. Al mismo tiempo se abolieron "varias disposiciones sobre el fortalecimiento de la gestión de la contratación centralizada de las empresas financieras de propiedad estatal" (Caijin [2001] Nº 209).