Red de conocimiento de divisas - Empezando con las acciones - ¿Cómo compensar la seguridad social y el fondo de previsión si me despiden mientras estoy amamantando?

¿Cómo compensar la seguridad social y el fondo de previsión si me despiden mientras estoy amamantando?

Análisis jurídico: No se permite el despido durante el período de lactancia legal. Si lo despiden, es posible que la empresa deba pagar una indemnización. En cuanto al fondo de previsión de la seguridad social, si la unidad no lo paga de conformidad con la ley, puede solicitar el pago atrasado a través del departamento administrativo. Si no se puede pagar la compensación, puede demandar una compensación por las pérdidas. Depende de si el motivo del despido por parte del empleador es razonable y legal, y si existe alguna culpa. Si la unidad rescinde el contrato de trabajo a voluntad y sin trámite legal, podrá solicitar una compensación económica, y el monto de la compensación económica será el doble del monto de la compensación económica. Tener constancia de su relación laboral con la empresa. La empresa revoca su certificado, acude a arbitraje y exige el restablecimiento de las relaciones laborales o una indemnización.

Base jurídica: “Ley de Contrato de Trabajo de la República Popular China”.

Artículo 37 El trabajador podrá rescindir el contrato de trabajo notificándolo por escrito al empleador con 30 días de antelación. El empleado puede rescindir el contrato de trabajo notificándolo al empleador con tres días de anticipación durante el período de prueba.

Artículo 38 Si ocurre alguna de las siguientes circunstancias, el trabajador podrá rescindir el contrato de trabajo:

(1) No proporcionar protección laboral o condiciones laborales según lo estipulado en el contrato de trabajo;

(2) Falta de pago de la remuneración laboral en su totalidad y a tiempo;

(3) Falta de pago de las primas del seguro social de los trabajadores de conformidad con la ley;

(4) Empleadores Las normas y reglamentos de la unidad violan las disposiciones de las leyes y reglamentos y dañan los derechos e intereses de los trabajadores;

(5) El contrato de trabajo es inválido debido a las circunstancias estipuladas en el párrafo 1 del artículo 26 de esta Ley;

(6) Las demás circunstancias en que los trabajadores podrán rescindir el contrato de trabajo según lo establezcan las leyes y reglamentos administrativos.

Si el empleador obliga al empleado a trabajar mediante violencia, amenazas o restricciones ilegales a la libertad personal, o si el empleador dirige u obliga ilegalmente a realizar trabajos riesgosos que pongan en peligro la seguridad personal del empleado, el empleado podrá rescindir inmediatamente el contrato de trabajo, no es necesario informar al empleador con antelación.

Artículo 39: El empleador podrá rescindir el contrato de trabajo en cualquiera de las siguientes circunstancias:

(1) Durante el período de prueba, se compruebe que no se cumplen las condiciones de empleo;

(2) Violación grave de las normas y reglamentos del empleador;

(3) Negligencia grave en el cumplimiento del deber, negligencia para beneficio personal, que cause daños importantes al empleador;

(4) ) El empleado establece relaciones laborales con otros empleadores al mismo tiempo, lo que afecta gravemente la realización de las tareas laborales del empleador, o se niega a realizar correcciones después de que el empleador lo propone;

(5) Debido al artículo 26 de esta Ley, las circunstancias especificadas en el punto 1 del párrafo 1 invalidan el contrato de trabajo;

(6) Ser penalmente responsable de conformidad con la ley.

Artículo 40 Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, el empleador podrá rescindir el contrato de trabajo previa notificación escrita al trabajador con 30 días de antelación o pagando al trabajador un mes adicional de salario:

(1) El empleado está enfermo o lesionado no debido al trabajo, y después de que expire el período de tratamiento médico prescrito, no puede realizar el trabajo original u otros trabajos organizados por el empleador;

(2) Obreros El empleado es incompetente para el trabajo y aún no puede realizar el trabajo después de capacitarse o ajustar el puesto;

(3) Las circunstancias objetivas en las que se concluyó el contrato de trabajo han sufrido cambios importantes, lo que resulta en el incumplimiento del contrato de trabajo. Los trabajadores no pueden llegar a un acuerdo para cambiar el contenido del contrato de trabajo mediante negociación.

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