¿Quién puede jubilarse anticipadamente?
Pueden jubilarse anticipadamente: trabajadores que trabajen en ambientes especiales como subterráneos y en altura, hombres mayores de 55 años y mujeres mayores de 45 años, y que hayan prestado servicio durante diez años. años consecutivos personas que se confirme que son completamente incapaces de trabajar bajo las condiciones de edad y duración de servicio antes mencionadas o personas que queden discapacitadas debido al trabajo y se confirme que son completamente incapaces de trabajar;
Base jurídica
Artículo 1 de las "Medidas provisionales del Consejo Estatal sobre jubilación y renuncia de los trabajadores"
Empresas de propiedad nacional, instituciones públicas, partidos y agencias gubernamentales y organizaciones de masas. Los trabajadores que cumplan con una de las siguientes condiciones deberán jubilarse.
(1) Los varones tienen más de sesenta años y las mujeres, más de cincuenta, y han cumplido diez años consecutivos de servicio.
(2) Quienes realicen trabajos físicos subterráneos, a gran altitud, a altas temperaturas, especialmente pesados u otros trabajos nocivos para la salud, hombres mayores de cincuenta y cinco años y mujeres mayores de cuarenta y cinco años, con diez años consecutivos de servicio de.
Esta disposición también se aplica a los cuadros de base cuyas condiciones laborales sean las mismas que las de los trabajadores.
(3) Los hombres tienen más de 50 años, las mujeres tienen más de 45 años, han trabajado continuamente durante diez años, están certificados por el hospital y confirmados por el Comité de Evaluación Laboral, y han perdido por completo la capacidad. para trabajar.
(4) Incapacitado por motivos laborales, certificado por el hospital y confirmado por el Comité de Evaluación Laboral, indicando pérdida total de capacidad para el trabajo.