Las personas físicas en el extranjero manejan liquidaciones de cuentas corrientes que no ocupan la cuota anual de facilitación.
Si el total anual de liquidación y ventas de divisas personales nacionales se ha agotado (equivalente a 50.000 dólares estadounidenses por persona al año) y aún desea gestionar la liquidación y ventas de divisas personales del año en curso, la liquidación y venta personal de divisas en este momento significa que "no está incluida en la cuota anual de conveniencia".
En otras palabras, si el cupo está lleno, continuar manejando la liquidación y compra de divisas es un negocio que no ocupa el cupo de conveniencia anual.