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¿Es válido el préstamo garantizado por el contrato de reubicación?

No es factible ni inválido utilizar el contrato de la casa de reubicación como garantía del préstamo para obtener un préstamo hipotecario, porque el contrato de la casa de reubicación no pertenece a la categoría de propiedad que puede estar hipotecados conforme a las leyes pertinentes de nuestro país. Si tiene un certificado de propiedad para la casa de reubicación, puede obtener un préstamo hipotecario. Se pueden hipotecar las siguientes propiedades: (1) Edificios y otros anexos de terrenos; (2) Derechos de uso de terrenos para construcción; (3) Derechos de uso de áreas marítimas. Artículo 395 del Código Civil: Pueden hipotecarse los siguientes bienes sobre los que el deudor o un tercero tiene derecho a disponer: (1) Edificios y demás bienes inmuebles (2) Derechos de uso de terrenos para construcción; (3) Uso de áreas marítimas; derechos; (4) Equipos de producción, materias primas, productos semiacabados y productos (5) Edificios, barcos y aviones en construcción (6) Herramientas de transporte (7) Otras propiedades que no están prohibidas; leyes y reglamentos administrativos. El deudor hipotecario podrá hipotecar conjuntamente los inmuebles enumerados en el párrafo anterior.

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