Disposiciones especiales sobre la emisión y cotización de acciones en el extranjero de Municipal Co., Ltd. bajo el Consejo de Estado
Base legal:
Regulaciones especiales de los municipios directamente dependientes del Consejo de Estado sobre la emisión y cotización de acciones en el extranjero por sociedades anónimas
El artículo 1 es adaptarse a la emisión y cotización de acciones en el extranjero por sociedades anónimas Para satisfacer las necesidades de cotización en el extranjero, estas regulaciones se formulan de conformidad con los artículos 85 y 155 de la Ley de Sociedades de la República Popular China.
Artículo 2 Con la aprobación de la Comisión de Valores del Consejo de Estado, una sociedad anónima puede adquirir acciones de inversores extranjeros específicos y no especificados, y sus acciones pueden cotizar en el extranjero. El término "cotización en el extranjero", tal como se menciona en estas normas, se refiere a la circulación y transferencia de acciones emitidas por una sociedad anónima a inversores extranjeros en bolsas de valores públicas extranjeras.
Artículo 3 Las acciones obtenidas por una sociedad anónima de inversores extranjeros y cotizadas en el extranjero (en lo sucesivo, acciones cotizadas en el extranjero) tendrán la forma de acciones nominativas, con el valor nominal marcado en RMB. , y suscritas en moneda extranjera. Las acciones con inversión extranjera que cotizan en el extranjero pueden cotizar en el extranjero en forma de certificados de acciones en el extranjero u otras formas de derivados.
Artículo 4 La Comisión de Valores del Consejo de Estado o su agencia reguladora, la Comisión Reguladora de Valores de China, podrá llegar a entendimientos y acuerdos con agencias reguladoras de valores extranjeras para regular la obtención de acciones por parte de sociedades anónimas extranjeras. inversionistas y su cotización en el extranjero y asuntos relacionados. Cooperar y supervisar las actividades.
Artículo 5 Una sociedad anónima que obtiene acciones de inversores extranjeros y se hace pública en el extranjero debe presentar una solicitud por escrito y presentar los materiales pertinentes de acuerdo con los requisitos de la Comisión de Valores del Consejo de Estado, y presentarlos. a la Comisión de Valores del Consejo de Estado para su aprobación.
Artículo 6: Las empresas de propiedad estatal o las empresas con activos de propiedad estatal dominante se transformarán, de conformidad con las regulaciones nacionales pertinentes, en una sociedad anónima que obtenga acciones de inversores extranjeros y cotice en el extranjero. Si se establece mediante patrocinio, el número de patrocinadores puede ser inferior a 5; una vez constituida la empresa, puede emitir nuevas acciones;
Artículo 7 Una sociedad anónima que obtiene acciones de inversores extranjeros y cotiza en el extranjero (en lo sucesivo, la sociedad) emite acciones a inversores nacionales (en lo sucesivo, acciones nacionales) en forma de acciones nominativas. acciones.
Artículo 8 Con la aprobación de la Comisión de Valores del Consejo de Estado, el consejo de administración de la empresa podrá disponer la emisión separada de acciones con inversión extranjera y acciones con inversión nacional.
El plan de la empresa de emitir acciones con inversión extranjera cotizadas en el extranjero y acciones con inversión nacional, respectivamente, de conformidad con las disposiciones del párrafo anterior, podrá implementarse en un plazo de 65.438+05 meses a partir de la fecha de aprobación por la Comisión de Valores del Consejo de Estado.
Artículo 9 Si una empresa emite acciones con inversión extranjera cotizadas en el extranjero y acciones con inversión nacional, respectivamente, dentro del número total de acciones determinado en el plan de emisión, deberá adquirir todas las acciones de una sola vez; aprobación del comité, también se puede emitir en cuotas.
Artículo 10 Si la empresa no ha recaudado suficientes acciones especificadas en el plan de emisión, no emitirá nuevas acciones fuera del plan de emisión. Si la empresa necesita ajustar su plan de emisión, deberá tomar una resolución en la junta general de accionistas, obtener la aprobación del departamento de aprobación de la empresa autorizado por el Consejo de Estado y presentarla a la Comisión de Valores del Consejo de Estado para su aprobación. El intervalo entre el aumento de capital de la empresa y la emisión de acciones extranjeras cotizadas en el extranjero y la emisión anterior de acciones puede ser inferior a 12 meses.
Artículo 11 Si una empresa emite acciones con inversión extranjera cotizadas en el extranjero dentro del número total de acciones determinado en el plan de emisión, podrá, con la aprobación de la Comisión de Valores del Consejo de Estado, acordar con el asegurador en el acuerdo de suscripción para reservar no más de la cantidad de acciones que se recaudarán para este momento Las acciones extranjeras cotizadas en el extranjero ascienden a 65.438+05% de las acciones. La emisión de Acciones Reservadas se considerará parte de la Oferta.
Artículo 12 El plan de una empresa para emitir acciones con inversión extranjera cotizadas en el extranjero y acciones con inversión nacional, respectivamente, se divulgará completa y detalladamente en los materiales del prospecto de la empresa para cada emisión de acciones. Cualquier ajuste a un plan de oferta aprobado y divulgado debe volver a divulgarse.
Artículo 13 La Comisión de Valores del Consejo de Estado, junto con el departamento de aprobación de empresas autorizado por el Consejo de Estado, podrán estipular las disposiciones necesarias en los estatutos de la empresa. Los estatutos especificarán el contenido requerido por las disposiciones esenciales de los estatutos; la empresa no modificará ni eliminará las disposiciones necesarias de los estatutos sin autorización.