El concepto y las características del arreglo internacional
La liquidación internacional es un comportamiento de pago monetario internacional para liquidar reclamaciones y deudas. Se utiliza para liquidar reclamaciones y deudas que surgen de intercambios económicos y culturales y de asuntos políticos entre países. . El propósito de la solución internacional es lograr la solución de reclamaciones y deudas internacionales expresadas en moneda de manera y medios efectivos.
1-2 Alcance del acuerdo internacional
Según diferentes razones, el alcance del acuerdo internacional se puede dividir en tres categorías: comercio tangible, comercio intangible y transacciones financieras.
1. Comercio visible, es decir, la transacción de bienes tangibles.
B. El comercio intangible se basa en servicios laborales y es sólo un pago unilateral. Incluye principalmente: turismo internacional, subvenciones de familiares y amigos extranjeros, estudios en el extranjero, donaciones extranjeras y exportación de mano de obra.
c.Las transacciones financieras (transacciones financieras), es decir, transacciones monetarias puras, incluyen principalmente transacciones de divisas, inversiones externas y financiación externa.
Letras en liquidación internacional
2 1 Conceptos básicos de las letras
En general, las letras se dividen en categorías amplias y restringidas.
En un sentido amplio, las facturas generalmente se refieren a certificados comerciales de electricidad. Por lo tanto, son instrumentos todos los documentos que confieren ciertos derechos a su tenedor, como letras de cambio, cheques, conocimientos de embarque, certificados de depósito, acciones, bonos, etc. Sin embargo, las diferencias entre estos bonos son enormes.
En un sentido estricto, una factura generalmente se refiere a un certificado con el fin de pagar una determinada cantidad de dinero para pagar reclamaciones y deudas. Por ejemplo, giro postal, cheque, cheque de caja, etc. Sin embargo, las leyes de distintos países tienen regulaciones diferentes sobre qué documentos se incluyen en el sentido estricto de facturas. La Ley Uniforme de Instrumentos de Ginebra, que se basa en el sistema de derecho civil de Europa occidental, clasifica el koto y los pagarés como instrumentos. y poner el cheque en otra categoría. La Ley de Instrumentos Negociables basada en el sistema de common law clasifica como instrumentos las letras de cambio, los cheques de caja y los cheques.
Además del concepto restringido de instrumentos negociables, la ley de instrumentos negociables basada en el sistema jurídico angloamericano también incluye dos conceptos amplios de instrumentos negociables. Se trata de letras e instrumentos negociables. Además de las letras de cambio, los cheques de caja y los cheques, los valores negociables también incluyen cupones pagaderos al portador, bonos y acciones. Algunos documentos de propiedad, como los conocimientos de embarque al portador y los recibos de almacén, incluso se consideran válidos según las leyes de algunos países. Estados de EE.UU. valoran los valores.
Partes vinculadas de la letra: Hay tres partes vinculadas básicas en la letra, a saber, el librador, el beneficiario y el beneficiario. Además, existen otras partes relacionadas, a saber, aceptantes, endosantes, tenedores, tenedores de buena fe y garantes. Después de firmar una factura, todas las partes involucradas serán responsables del pago al titular legal.
El librador es la persona que emite el billete y lo entrega a otra persona. Según lo dispuesto en la Ley de Títulos Negociables, el librador es el deudor principal del título. Después de emitir el título, el librador deberá cumplir con sus obligaciones de pago. Cuando el tenedor o beneficiario presente el pago o la aceptación, el librador deberá pagar o aceptar inmediatamente.
Librado El librado es la persona nombrada en el instrumento para pagar el importe nominal al portador o al beneficiario. El librado no tiene por qué ser el deudor principal de la letra de cambio. Se le denomina librado de la letra porque es deudor del librador.
Beneficiario: El beneficiario es la persona designada en el pagaré para recibir el pago, es decir, el acreedor principal del pagaré. El tomador tiene derecho a presentar la letra al librado o librador y exigir el pago o la aceptación.
Aceptante: Cuando la letra es un giro en uso, el beneficiario o tenedor recuerda al librado que la letra requiere que el librado acepte expresamente pagar (vencido). En este momento, el librado del instrumento se denomina aceptante.
Aceptante: Cuando el tenedor de una letra de uso presenta la letra al librado para su aceptación pero es rechazada, el librado o cualquier otra persona estará dispuesta a aceptar la letra de acuerdo con la solicitud o instrucción del librado. Este comportamiento se llama aceptar por el honor. La persona involucrada en recibir se llama destinatario. Si el aceptante paga al beneficiario cuando la letra de cambio vence, se convierte en el homenajeado. El propósito de participar en el pago y participar en la aceptación es el mismo. Esto es para proteger la solvencia del deudor en relación con el pagaré.
Endosante: El endosante se refiere a la persona que transfiere el título a otras mediante endoso. La persona que acepta la letra endosada se denomina endosatario. El endosatario también puede volver a transferir la letra, momento en el que el endosatario se convierte en el nuevo endosante de la letra.
Hodder: El portador es la persona que posee el billete. El tenedor puede ser el beneficiario, el endosatario u otras personas (excepto el librador). Sólo el portador tiene derecho a exigir el pago al pagador. Pago o aceptación por parte del aceptante, librador u otra parte del título.
Un tenedor de buena fe es un tenedor que paga la letra en su totalidad de buena fe y obtiene una letra que parece estar completa, calificada y válida.
El fiador es un tercero que no es deudor de la letra y otorga a la letra una garantía de pago a su nombre para el cumplimiento de los derechos y deudas del acreedor de la letra. El objeto de la garantía puede ser el librador, el endosante, el aceptante o los aceptantes participantes.
Letra o Letra de Cambio [Ley de Letras Británica] La definición de letra de cambio es: una orden escrita incondicional de una persona a otra que requiere el pago a la vista o en un momento determinado o en el futuro El pago de una cierta cantidad en un momento determinado a una persona o a su representante o portador.
Definición: Una letra de cambio es una instrucción escrita incondicional de una persona (el librador) a otra (el librado) por medio del librado (el librado, que se convierte en el aceptante cuando firma) firma para pagar. una determinada cantidad de dinero a una persona designada o al portador (beneficiario) a la vista o en un momento futuro fijo o determinable.
Términos obligatorios para las letras de cambio: Según lo dispuesto en la Ley Uniforme de Ginebra, las letras de cambio deben tener los siguientes términos:
Indicar la palabra "giro";
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Indicar el nombre o razón social del ordenante;
Firma del librador;
Fecha y lugar de emisión;
Lugar de pago ;
Condiciones de Pago;
Una cantidad determinada;
El nombre del beneficiario, etc.
Tipos de letras de cambio: Existen muchos tipos de letras de cambio, las cuales se pueden dividir en las siguientes cuatro categorías según su naturaleza:
Según el librador, pueden Se dividen en: Giro bancario: tanto del librador como del beneficiario Para giro bancario. Letra comercial: Letra emitida por una empresa o un individuo y pagadera por una empresa, un individuo o un banco.
Según los distintos aceptantes, se pueden dividir en: Letras de aceptación comercial: letras a largo plazo aceptadas por empresas o particulares. Letra de aceptación bancaria: un giro de uso aceptado por un banco.
Según el momento del pago se puede dividir en giro a la vista o giro a la vista y giro a tiempo o giro de uso.
Según exista cambio afiliado se puede dividir en: letra limpia: letra de cambio sin documentos de envío. Letra de Cambio Documental: Es una letra de cambio con documentos de embarque adjuntos.
Pagaré [Ley de Proyectos de Ley Británica] La definición de pagaré es una promesa escrita incondicional emitida por una persona a otra para pagarle a alguien a la vista o en un momento determinado o en algún momento. momento en el futuro. La persona o su designado o titular deberá pagar una cantidad determinada.
Definición: Un pagaré es una promesa escrita incondicional hecha por una persona (el librador) a otra persona (el beneficiario o el tenedor), firmada por el librador, comprometiéndose a pagar a la vista o al pago de la misma. una determinada cantidad de dinero a una persona o portador específico en un momento futuro determinable.
Términos requeridos del pagaré: Según lo dispuesto en la Ley Uniforme de Ginebra, el pagaré debe tener los siguientes términos:
Indicarlo como “pagaré”;
Compromiso incondicional de pago;
Beneficiario o su designado;
Firma del librador;
Fecha y lugar de emisión; p>
Tiempo límite de pago (si no hay fecha límite de pago, se considerará pagadero a la vista);
Una cantidad determinada;
Lugar de pago.
Tipos de pagarés: Existen dos tipos de pagarés:
Pagarés: Indica que el librado es una empresa o un particular, y el pago puede ser a la vista o en el futuro .
La orden del cobrador: un pagaré emitido por el banco para el pago a la vista.
Cheque): [Ley Británica de Instrumentos Negociables] La definición de cheque es: un cheque es un giro a la vista emitido por un banco. Es una orden escrita emitida por un cliente de depósito bancario (librador) al. banco (beneficiario). Autoriza a un banco a pagar una determinada cantidad a la vista a una persona o a su representante o tenedor.
Definición: Un cheque es un giro pagadero a la vista con un banco como beneficiario. Un cheque es una instrucción escrita incondicional emitida por el cliente (librador) al banco (librado) autorizando al banco a girar el cheque. dinero a la vista Cuando un billete es pagadero, la cantidad especificada se paga a la persona designada o al portador (beneficiario).
Artículos esenciales del cheque: Según la Convención de Ginebra sobre controles uniformes, un cheque debe tener los siguientes elementos:
Escribir la palabra "cheque";
Emitir fecha y lugar;
Instrucción de pago incondicional;
Una determinada cantidad;