Tratamiento contable del pago del impuesto sobre el valor añadido del suelo
1. Los asientos contables de los contribuyentes como las empresas promotoras que transfieren principalmente derechos de uso de suelo de propiedad estatal, edificios sobre el suelo y sus anexos son los siguientes:
Débito: Impuestos y recargos
Préstamo: Impuestos por pagar - Impuesto sobre el valor añadido del suelo por pagar
Los asientos contables del impuesto sobre el valor añadido del suelo pagado por la empresa se omiten, lo mismo a continuación.
2. Los asientos contables para los contribuyentes que se dedican al negocio inmobiliario son:
Debito: otros gastos del negocio,
Crédito: impuestos por pagar - Valor del terreno por pagar- impuesto añadido,
3. Los demás contribuyentes que no se dediquen principalmente o concurrentemente a actividades inmobiliarias están sujetos al tratamiento contable en dos situaciones:
Si el inmueble no ha sido enajenado. y liquidado,
p>
Débito: liquidación de inmovilizado o construcción en curso,
Crédito: impuesto a pagar - impuesto al valor agregado del terreno a pagar,
Si el edificio se transfiere a la liquidación después de la liquidación Si se eliminan los activos y sus accesorios, el saldo de la liquidación de activos fijos se ha transferido a ingresos o gastos no operativos.
Débito: gastos no operativos o ingresos no operativos,
Crédito: impuestos a pagar - impuesto al valor agregado de la tierra a pagar,
4. activos propiedad de los contribuyentes Los asientos contables para los derechos de uso de la tierra son:
Débito: gastos no operativos o ingresos no operativos,
Crédito: impuestos a pagar - impuesto al valor agregado del suelo pagadero,
Pagar el impuesto al valor agregado de la tierra de años anteriores, incluido el impuesto al valor agregado de la tierra pagado por adelantado en función de los ingresos por transferencias de bienes raíces.
Débito: Ajuste de pérdidas y ganancias de años anteriores,
Crédito: Impuestos a pagar - Impuesto sobre el valor añadido del suelo a pagar,
Devolución del valor añadido del suelo Impuesto a la renta de años anteriores Impacto
Débito: impuesto a pagar - impuesto a la renta a pagar,
Crédito: ajuste de pérdidas y ganancias de años anteriores,
Al Al finalizar el período se trasladará el saldo del “ajuste de pérdidas y ganancias de ejercicios anteriores” Ingrese “Distribución de Utilidades – Utilidad No Distribuida”.
Débito: distribución de beneficios - beneficios no distribuidos,
Crédito: ajuste de pérdidas y ganancias de años anteriores,
Si el edificio y sus anexos se entregan para limpieza no se limpian, Entonces la cuenta "liquidación de activo fijo" aún tiene saldo
Débito: liquidación de activo fijo o construcción en curso,
Crédito: impuestos a pagar - impuesto al valor agregado del terreno a pagar,
Pagar los recargos y penalizaciones correspondientes,
Débito: gastos no operativos,
Préstamo: depósito bancario.