He pagado seguro de desempleo durante más de 5 años en mi empleador anterior y no solicité el registro de desempleo ni el certificado de desempleo cuando renuncié. Ahora que estoy desempleado, ¿puedo seguir recibiendo mis beneficios de desempleo anteriores?
1. ¿Puedo conseguirlo?
De acuerdo con el artículo 14 del "Reglamento del Seguro de Desempleo", las personas desempleadas que cumplan las siguientes condiciones pueden recibir beneficios del seguro de desempleo: (1) Participar en el seguro de desempleo de acuerdo con la reglamentación, y la unidad y el individuo tienen cumplieron con sus obligaciones de pago por 1 año años; (2) Quienes hayan interrumpido su empleo sin voluntad propia (3) Quienes se hayan registrado como desempleados y tengan requisitos laborales;
2. Cuánto:
Ante el paro, si el tiempo de pago acumulado de la unidad del desempleado y de él mismo es inferior a 1 año e inferior a 5 años, el plazo máximo para percibirlo. las prestaciones del seguro de desempleo son de 12 meses, si el tiempo de pago acumulado es superior a 5 años pero inferior a 10 años, el período máximo para recibir las prestaciones del seguro de desempleo es de 18 meses; si el tiempo de pago acumulado excede los 10 años, el período máximo para recibir las prestaciones del seguro de desempleo; Los beneficios del seguro son de 24 meses. Si vuelve a estar desempleado después de volver a trabajar, se volverá a calcular el período de pago y el período para recibir los beneficios del seguro de desempleo se puede combinar con el período para recibir los beneficios del seguro de desempleo cuando estaba anteriormente desempleado, pero el período máximo no excederá 24 meses.
3. Cómo obtenerlas
Quienes cumplan con las condiciones para recibir prestaciones por desempleo deben proporcionar materiales para la terminación de las relaciones laborales y solicitar prestaciones por desempleo a las agencias de seguridad social de la ciudad participantes. Los desempleados sólo pueden recibir prestaciones por desempleo después de realizar el registro y la formación en materia de desempleo. Generalmente, lo recibirá el mes siguiente después de perder su trabajo. Se pagará marcando y se cobrará localmente. Dado que los procedimientos específicos varían de un lugar a otro, se recomienda consultar a su agencia local de seguridad social.