¿Es necesario que una institución nacional solicite a la Administración Estatal de Divisas la apertura de una cuenta corriente en divisas?
1. Al realizar el cobro y pago de cuentas, la unidad de apertura de cuentas debe emitir un certificado de uso de la cuenta en divisas al banco. El banco donde se abre la cuenta manejará los cobros y pagos de la cuenta para la unidad de apertura de cuenta dentro del alcance de los cobros y pagos de cuenta especificados en el certificado de uso de la cuenta en divisas. Sin la aprobación de la Administración de Divisas, ninguna unidad de apertura de cuentas o banco puede utilizar la cuenta más allá del alcance.
2. La unidad de apertura de cuenta utilizará la cuenta de acuerdo con la "Aprobación para abrir una cuenta en divisas" y el "Certificado de uso de cuenta en divisas" sobre el monto máximo de la cuenta, el período de servicio y el método de liquidación. , y no lo utilizará más allá del alcance o período de cuenta. Para las cuentas cuyos ingresos netos deben liquidarse, la unidad de apertura de cuentas debe encargarse de la liquidación de manera oportuna. Las cuentas que deban ampliarse debido al avance del proyecto deben solicitarse a la oficina de cambio de divisas con antelación y no se permitirá ninguna extensión sin aprobación.