Capítulo 5 de los Lineamientos de Supervisión del Sistema Interno de Calificación del Riesgo de Crédito de la Banca Comercial: Proceso de Calificación Interna
Artículo 72: Los bancos comerciales deben establecer un proceso de calificación interna completo para garantizar la independencia de la calificación interna de las exposiciones al riesgo no minorista y el proceso de agrupación de riesgos de las exposiciones al riesgo minorista. Las políticas y procedimientos de calificación deben estar sujetos a supervisión e inspección por parte de las autoridades reguladoras.
Artículo 73: El proceso interno de calificación incluye el inicio de calificación, la confirmación de calificación, la revocación de calificación y la actualización de calificación.
La agrupación de riesgos para exposiciones minoristas generalmente no permite la anulación. Si un banco comercial permite la anulación, debe establecer políticas y procedimientos escritos y demostrar la necesidad y prudencia a las autoridades reguladoras.
Artículo 74: El proceso de calificación interna deberá reflejarse en la política crediticia y los procedimientos de gestión crediticia de los bancos comerciales.
Artículo 75 Los bancos comerciales establecerán un sistema de información de gestión para garantizar el funcionamiento confiable del proceso de calificación interno y registrarán todo el proceso de calificación en detalle para garantizar las calificaciones de los deudores y las calificaciones de deuda de las exposiciones al riesgo no minorista. y exposiciones al riesgo minorista. Ejecución efectiva de los procedimientos de operación de mancomunación de riesgos.
Artículo 76: Los bancos comerciales deberán establecer documentos completos para asegurar la estandarización y optimización continua del proceso de calificación interna y demostrar que el funcionamiento del sistema de calificación interna cumple con los requisitos de estos Lineamientos. El documento debe incluir al menos:
(1) Principios de diseño del proceso de calificación.
(2) La estructura organizacional, entornos laborales y responsabilidades de la operación del sistema de calificación.
(3) Políticas y procedimientos operativos para el inicio de calificaciones, determinación de calificaciones, revocación de calificaciones y actualización de calificaciones.
(4) Medidas de gestión de calificaciones, incluidas las responsabilidades de supervisión de la administración para el departamento de revisión de calificaciones.
(5) Política de excepción de calificación.
(6) Principios rectores y seguimiento de las calificaciones internas basadas en modelos de medición.
(7) Documento de requisitos del sistema informático calificado.
(8) Otro contenido, incluidos cambios importantes en los procedimientos operativos del sistema de calificación, cambios importantes desde la última inspección por parte de las autoridades reguladoras, etc. Artículo 77: El inicio de calificación se refiere a un nuevo proceso de calificación realizado por personal calificador de clientes y deudas.
Artículo 78: Los bancos comerciales formularán políticas de inicio de calificación, incluyendo el marco de trabajo para el inicio de calificación, el alcance de los deudores y las deudas a iniciar, la frecuencia temporal, los procedimientos operativos, etc.
Artículo 79: Un banco comercial deberá estipular el proceso de autorización correspondiente para que diferentes instituciones del banco inicien calificaciones de un mismo deudor o deuda.
Artículo 80: Quienes inician la calificación deberán seguir el principio de diligencia debida, recopilar de manera completa y precisa todos los datos necesarios para la calificación, revisar la autenticidad de los datos e ingresarlos en el sistema de calificación crediticia de manera completa y sin errores.
Artículo 81: El inicio de la calificación deberá seguir los principios de objetividad, independencia y prudencia, y con base en un análisis crediticio completo, seguir las normas y procedimientos establecidos para asegurar la calidad de las calificaciones crediticias. Artículo 82 La acreditación de calificación se refiere al proceso en el que el personal de acreditación de calificación realiza la revisión final y la acreditación de las recomendaciones de calificación del iniciador de calificación.
Artículo 83: Los bancos comerciales deberán establecer puestos o departamentos de identificación de calificaciones para revisar las recomendaciones de calificación y determinar la calificación crediticia final.
El entorno laboral de la acreditación de calificación debe cumplir con los requisitos de independencia. El personal de acreditación de calificación no puede beneficiarse directamente de la emisión de préstamos, no debe verse afectado por los departamentos de intereses relevantes y no puede ser desempeñado simultáneamente por los iniciadores de calificación. Artículo 84 La revocación de calificación incluye la revocación de los resultados de calificación del modelo de medición por parte del evaluador y el rechazo de la recomendación de calificación por parte del iniciador de calificación por parte del personal de acreditación de calificación.
Artículo 85: Los bancos comerciales deben establecer políticas y procedimientos claros para la revocación de calificaciones, incluidas las bases y condiciones para la revocación de calificaciones, la división de autoridad, el alcance, el procesamiento y la documentación de los resultados, etc.
Artículo 86: Para los sistemas de calificación interna basados en modelos de medición, los bancos comerciales controlarán las circunstancias en las que el dictamen de expertos anula las calificaciones de los modelos, excluye variables y ajusta parámetros, y formulará los principios rectores correspondientes.
Artículo 87: Para los sistemas de calificación interna basados en juicio de expertos, los bancos comerciales aclararán las circunstancias en las que el personal calificador anula los resultados de la calificación, incluido el procedimiento de anulación, quién lo anula y el grado de anulación.
Artículo 88: Los bancos comerciales deben establecer documentos completos de revocación de calificación y registrar en detalle las razones y resultados de la revocación de calificación, así como el seguimiento del desempeño de la revocación de calificación en el sistema de calificación. Artículo 89: Los bancos comerciales deberán establecer una política escrita de actualización de calificaciones, incluyendo las condiciones, frecuencia, procedimientos y período de validez de las calificaciones para las actualizaciones de calificaciones.
Artículo 90: Las calificaciones de deudor y garante de los bancos comerciales para exposiciones al riesgo no minorista deben actualizarse al menos una vez al año.
Para los deudores con mayores riesgos, los bancos comerciales deberían aumentar adecuadamente la frecuencia de las actualizaciones de calificación.
Artículo 91: Un banco comercial podrá determinar la frecuencia de actualización de las calificaciones de deuda con base en las necesidades de la gestión interna de riesgos, pero deberá actualizarse al menos una vez al año.
Para deudas con mayores riesgos, los bancos comerciales deberían aumentar adecuadamente la frecuencia de las actualizaciones de calificación.
Artículo 92: Los bancos comerciales deberán establecer procedimientos efectivos para obtener y actualizar información importante sobre el estado financiero del deudor y las características de la deuda. Si la información obtenida cumple con las condiciones para la actualización de la calificación, el banco comercial deberá completar la actualización de la calificación dentro de los tres meses. Cuando es necesario actualizar la calificación durante el período de validez de la calificación, la frecuencia de la calificación no se limita a una vez al año y el período de validez de la calificación se vuelve a calcular a partir de la fecha de actualización de la calificación.
Artículo 93: Los bancos comerciales monitorearán continuamente los cambios en las características de riesgo de cada exposición al riesgo minorista y migrarán oportunamente las exposiciones al riesgo minorista al grupo de activos correspondiente con base en la información más reciente.
Artículo 94 Los bancos comerciales determinarán la frecuencia de las inspecciones actualizadas en función de las características del producto y del riesgo, el período de estimación del riesgo y los requisitos de gestión del riesgo del negocio minorista, pero comprobarán las pérdidas de varios grupos de activos al menos una vez. al año Características y estado de morosidad, y verificar el estado de los deudores individuales y sus préstamos en el conjunto de activos al menos una vez por trimestre.
Debido al requisito de recuento de palabras de la enciclopedia, la segunda mitad no se colocará aquí por el momento, sino que se colocará en la entrada "Lineamientos de Supervisión del Sistema Interno de Calificación de Riesgos Crediticios de Empresas Comerciales". Bancos de la Comisión Reguladora Bancaria de China".