Principios Básicos de la Organización Internacional del Trabajo
El principio básico de la Organización Internacional del Trabajo es la consulta tripartita.
Introducción a la Organización Internacional del Trabajo:
La Organización Internacional del Trabajo fue establecida en 1919 como una agencia afiliada a la Sociedad de Naciones en virtud del Tratado de Versalles el 14 de diciembre de 1946. se convirtió en miembro de las Naciones Unidas. Una agencia especializada. Las principales actividades son participar en la legislación laboral internacional, formular convenios y recomendaciones; brindar asistencia y cooperación técnica; La máxima autoridad de la organización es la Conferencia Internacional del Trabajo, que se reúne una vez al año.
La Organización Internacional del Trabajo tiene 185 estados miembros. El principal responsable es el Director General (o Director General de la Oficina Internacional del Trabajo) Guy Ryder (Reino Unido).
Propósito:
Promover el pleno empleo y mejorar los niveles de vida; promover la cooperación entre los trabajadores y la administración; mejorar las condiciones de trabajo; garantizar la seguridad y la salud ocupacional de los trabajadores; en el mundo, Establecer y mantener la justicia social.
Principios:
Los trabajadores no son mercancías; la libertad de expresión y la libertad de asociación son condiciones necesarias para el progreso continuo; la pobreza en todas partes representa una amenaza para la prosperidad en todos los países; avanzan con incansable energía en el país y se necesitan esfuerzos sostenidos y concertados por parte de la comunidad internacional.
Normas y clasificaciones de la Organización Internacional del Trabajo:
1. Normas:
Una actividad importante de la Organización Internacional del Trabajo es involucrarse en la legislación laboral internacional, es decir, formular normas internacionales del trabajo. Las normas internacionales del trabajo adoptan dos formas: convenios internacionales del trabajo y recomendaciones laborales internacionales. El Convenio es un tratado internacional, formulado por el voto de más de dos tercios de los representantes presentes en la Conferencia Internacional del Trabajo.
Previa decisión independiente de un Estado miembro, los procedimientos de ratificación podrán realizarse en cualquier momento, los cuales serán jurídicamente vinculantes para el país, pero no lo serán para el país que no ratifique; La recomendación se formula de la misma manera, pero no requiere aprobación; su función es servir como referencia para los estados miembros al formular políticas, leyes y regulaciones nacionales en los campos relevantes.
2. Categoría:
(1) Derechos humanos laborales básicos, se refiere a la libertad de asociación y los derechos de negociación colectiva, se refiere principalmente a la libertad de establecer sindicatos, la abolición de los sindicatos forzados. trabajo, la implementación de la negociación colectiva, igualdad laboral de oportunidades y de trato, abolición del trabajo infantil.
(2) Empleo, política social, gestión laboral, relaciones laborales y condiciones de trabajo, incluidos salarios, horas de trabajo, seguridad y salud en el trabajo y seguridad social, incluidas compensaciones por accidentes de trabajo, pensiones y seguro de desempleo.
(3) Dirigirse a grupos específicos de personas y ocupaciones, incluidas mujeres, niños y trabajadores menores de edad, trabajadores de edad avanzada, personas discapacitadas, trabajadores migrantes, marinos, pescadores, trabajadores portuarios, etc.