Disposiciones legales para la identificación forense
1. Disposiciones legales pertinentes en materia de tasaciones forenses
Según las normas generales de los procedimientos de tasación forense
El artículo 1 tiene por objeto regular las tasaciones forenses de las instituciones de tasación forense. y autenticadores forenses. Esta regla general se formula de acuerdo con la "Decisión del Comité Permanente de la APN sobre la Gestión de la Identificación Forense" y las leyes y reglamentos pertinentes para garantizar la calidad de la identificación forense y el buen progreso de las actividades de litigio.
Artículo 2 La tasación judicial se refiere a la actividad en la que los tasadores utilizan tecnología científica o conocimientos profesionales para valorar y juzgar las cuestiones especializadas involucradas en un litigio y emitir opiniones de tasación. Los procedimientos de tasación forense se refieren al término general para los métodos, pasos y reglas relacionadas para las tasaciones forenses realizadas por instituciones de tasación forense y tasadores forenses.
Artículo 3: Las presentes Reglas Generales se aplican a las actividades de las instituciones de identificación forense y de los peritos en identificación forense que se dediquen a diversos servicios de identificación forense.
Artículo 4 Al participar en actividades de tasación forense, las instituciones de tasación forense y los expertos en tasación forense deberán respetar las leyes, reglamentos y normas, respetar la ética y las disciplinas profesionales y respetar las normas operativas científicas y técnicas.
Artículo 5: Se implementará un sistema de responsabilidad pericial para la valoración judicial. Los tasadores forenses realizarán las tasaciones de forma independiente, objetiva e imparcial de conformidad con la ley, y serán responsables de sus propios dictámenes de tasación. Los autenticadores forenses no pueden reunirse con las partes y sus clientes en violación de las regulaciones.
Artículo 6: Las instituciones de tasación forense y los peritos de tasación forense guardarán secretos de estado y secretos comerciales conocidos durante sus actividades profesionales y no revelarán la intimidad personal.
Artículo 7 Los autenticadores judiciales se recusarán de conformidad con lo dispuesto en las leyes procesales pertinentes y en estos Principios Generales.
Artículo 8 Los honorarios de tasación judicial se aplicarán de conformidad con la normativa nacional pertinente.
Artículo 9: Las instituciones de tasación forense y los peritos de tasación forense aceptarán la supervisión de conformidad con la ley durante las actividades de tasación judicial. Para quienes violen las leyes, reglamentos y normas pertinentes, los órganos administrativos judiciales impondrán las sanciones administrativas correspondientes de conformidad con la ley; para quienes violen los estándares de la industria de identificación forense, la Asociación de Identificación Forense impondrá las sanciones de la industria correspondientes.
Artículo 10: Las instituciones de tasación forense fortalecerán la gestión y supervisión de las actividades profesionales de las personas tasadoras judiciales. Si un perito forense viola lo dispuesto en estos Principios Generales, la institución pericial judicial procederá a corregirlo.
Capítulo 2 Encomienda y aceptación de pericia forense
Artículo 11 Las instituciones de tasación forense aceptarán uniformemente la encomienda de tasación judicial por parte del organismo encargado del caso.
Artículo 12 Si el cliente encomienda una tasación, deberá proporcionar materiales de tasación auténticos, completos y suficientes a la agencia judicial de tasación, y será responsable de la autenticidad y legalidad de los materiales de tasación. La institución de identificación forense comprobará y registrará el nombre, tipo, cantidad, características, estado de almacenamiento y tiempo de recepción de los materiales de identificación.
Si el interesado tiene objeciones a los materiales de tasación, deberá plantearlas al cliente.
Los materiales de identificación a que se refiere este Reglamento General incluyen muestras biológicas y no biológicas, materiales de muestras de control y otros materiales de identificación relacionados con cuestiones de identificación.
Artículo 13 La institución de tasación judicial resolverá sobre la admisión de la solicitud dentro de los siete días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la encomienda. Para asuntos complejos, difíciles o especiales encomendados, la agencia de tasación judicial podrá negociar con el cliente para determinar el tiempo de aceptación.
Artículo 14 La institución de tasación judicial revisará las materias y materiales de tasación encomendados. Si cae dentro del alcance del negocio de tasación forense de esta institución, el propósito de la tasación es legal y los materiales de tasación proporcionados pueden satisfacer las necesidades de la tasación, se aceptará.
Si los materiales de identificación están incompletos o son insuficientes y no pueden satisfacer las necesidades de la identificación, la institución de identificación judicial podrá exigir al cliente que los complemente si pueden satisfacer las necesidades de la identificación después de la corrección; ser aceptado.
Artículo 15 Bajo cualquiera de las siguientes circunstancias, una institución de identificación forense no aceptará la encomienda:
(1) Encomendar asuntos de identificación más allá del alcance del negocio de identificación forense de la institución;
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(2) Los materiales de identificación se consideran falsos, incompletos, insuficientes o ilegales;
(3) El uso de logotipos es ilegal o viola la ética social;
(4) ) Los requisitos de tasación no cumplen con las reglas de práctica de tasación judicial o las especificaciones técnicas de tasación pertinentes;
(5) Los requisitos de tasación exceden las condiciones técnicas o capacidades de tasación de la institución;
(6) El cliente Al mismo tiempo, encomendar a otras instituciones de tasación forense la realización de tasaciones sobre el mismo asunto de tasación;
(7) Otras situaciones que no se ajusten a las disposiciones legales, reglamentos y reglas.
Artículo 16 Si la institución de autenticación judicial decide aceptar el encargo de autenticación, firmará una carta de encargo de autenticación judicial con el cliente. La carta de autorización para identificación forense deberá expresar el nombre del cliente, el nombre de la institución de identificación forense, los asuntos de la identificación encomendada, si se trata de una reidentificación, el propósito de la identificación, los hechos básicos relacionados con la identificación, el suministro y devolución de materiales de identificación, los riesgos de identificación y otras necesidades acordadas por ambas partes, tales como plazo de tasación, honorarios de tasación y métodos de cobro, derechos y obligaciones de ambas partes, etc.
Artículo 17 Si la institución judicial de tasación decide no aceptar el encargo de tasación, explicará los motivos al cliente y devolverá los materiales de tasación.
Capítulo 3 Implementación de la Tasación Forense
Artículo 18 Luego de aceptar el encargo de tasación, la institución de tasación judicial designará un autenticador judicial con calificaciones profesionales para participar en los asuntos de tasación.
Si el cliente tiene requisitos especiales, ambas partes también pueden negociar para seleccionar un tasador judicial calificado de nuestra agencia para realizar la tasación.
El cliente no exigirá ni dará a entender que la institución de tasación forense o el perito de tasación forense proporcionará opiniones de tasación basadas en su intención o propósito específico.
Artículo 19 La institución de tasación judicial designará o seleccionará dos peritos de tasación forense para realizar la tasación sobre un mismo asunto de tasación; para asuntos de tasación complejos, difíciles o especiales, podrá designar o seleccionar varios peritos de tasación judicial para realizarla; tasación.
Artículo 20 Si el tasador judicial o sus parientes próximos tienen interés en las partes del proceso o en las cuestiones de tasación, que puedan afectar la tasación independiente, objetiva y justa, deberán recusarse.
Los tasadores forenses que participen en la tasación de un mismo asunto de tasación, o que presten opiniones consultivas como peritos, o que sean contratados como personas con conocimientos especializados para participar en el contrainterrogatorio judicial de un mismo asunto de tasación, deberían recusarse.
Artículo 21 El retiro de un autenticador judicial por iniciativa propia será decidido por la institución de tasación judicial donde esté ubicada la institución de tasación judicial si el cliente solicita a la institución de tasación judicial que retire la solicitud; Se hará a la institución de tasación judicial a la que pertenece la institución de tasación judicial, y la institución de tasación judicial resolverá.
Si el cliente tiene objeciones a la decisión de la agencia de tasación judicial sobre la retirada del autenticador forense, el cliente podrá revocar la tasación encomendada.
Artículo 22: Las instituciones de tasación judicial establecerán un sistema de gestión de materiales de tasación y controlarán estrictamente la recepción, almacenamiento, uso y devolución de los materiales de tasación.
Las instituciones de tasación forense y los tasadores forenses deben seguir estrictamente las especificaciones técnicas para almacenar y utilizar los materiales de tasación durante el proceso de tasación. Quienes causen daños o pérdida de materiales de tasación por irresponsabilidad grave, serán responsables conforme a la ley.
Artículo 23 Los autenticadores forenses deberán observar y adoptar las normas, especificaciones y métodos técnicos en este campo profesional en el siguiente orden:
(1) Normas nacionales;
(2) Estándares industriales y especificaciones técnicas;
(3) Métodos técnicos reconocidos por la mayoría de los expertos en este campo.
Artículo 24: Los tasadores judiciales tienen derecho a conocer los materiales del caso necesarios para la tasación, y podrán revisar y copiar los materiales relevantes, y podrán interrogar a las partes y testigos cuando sea necesario.
Con el consentimiento del cliente, la agencia de identificación forense puede enviar personal al sitio para extraer materiales de identificación. La extracción in situ de los materiales de identificación será realizada por no menos de dos miembros del personal de la institución de identificación forense, de los cuales al menos uno será el perito de identificación judicial en materia de identificación. Cuando los materiales de identificación sean extraídos en sitio, la persona designada o encomendada por el cliente deberá estar presente para presenciar y firmar el acta de extracción.
Artículo 25: Si durante el proceso de tasación es necesario practicar un examen físico a una persona sin capacidad para la conducta civil o a una persona con capacidad limitada para la conducta civil, se deberá notificar a su tutor o familiar cercano. de estar presente para testificar; si es necesario, se notificará a la persona con capacidad para la conducta civil. El cliente estuvo presente para testificar.
Cuando se realice una valoración psiquiátrica forense a una persona tasada, se notificará al cliente o a un familiar cercano o tutor de la persona tasada para que esté presente como testigo.
Si se requiere una autopsia, se notificará al interesado o a los familiares cercanos o tutores del fallecido para que se presenten como testigos.
Los testigos in situ deberán firmar el acta de tasación. Si el testigo no está presente, el tasador judicial no realizará las actividades de tasación pertinentes y la demora no se incluirá en el plazo de tasación.
Artículo 26 Durante el proceso de identificación, si fuera necesario realizar un examen clínico forense al cuerpo de la persona identificada, se tomarán las medidas necesarias para proteger su privacidad.
Artículo 27 El tasador judicial registrará en tiempo real el proceso de tasación y lo firmará. La grabación se puede realizar tomando notas, grabando, grabando en vídeo, tomando fotografías, etc. Los registros deben detallar los principales métodos y procesos de identificación, inspección, resultados de inspección y pruebas, y los instrumentos y equipos utilizados. El contenido grabado debe ser verdadero, objetivo, exacto, completo y claro, incluidos materiales escritos grabados, materiales audiovisuales, etc. debe conservarse en el expediente de tasación.
Artículo 28 La institución de tasación judicial deberá realizar la tasación dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha en que surta efectos el “Poder de Autenticación Forense”.
Si los asuntos de tasación involucran cuestiones técnicas complejas, difíciles o especiales o el proceso de tasación lleva mucho tiempo, el plazo para realizar la tasación podrá ampliarse con la aprobación del responsable de la institución. La prórroga del plazo no excederá con carácter general de 30 días hábiles. Si se prorroga el plazo de tasación se comunicará inmediatamente al cliente.
Si la agencia de tasación judicial y el cliente tienen cualquier otro acuerdo sobre el plazo de tasación, prevalecerá el acuerdo.
El tiempo necesario para complementar o volver a extraer los materiales de identificación durante el proceso de identificación no está incluido en el límite de tiempo de identificación.
Artículo 29: La institución judicial de tasación podrá dar por terminada la tasación si durante el proceso de tasación concurre alguna de las siguientes circunstancias:
(1) Se comprueba que existe alguna de las pruebas especificadas en Artículo 15 de este Principio General Las circunstancias especificadas en los puntos 2 a 7;
(2) Los materiales de autenticación están desgastados y el cliente no puede reponerlos;
(3) El cliente se niega a cumplir con las disposiciones de la carta de autenticación judicial de las obligaciones del abogado, la persona tasada se niega a cooperar o las actividades de tasación son seriamente interferidas, haciendo imposible continuar con la tasación;
(4) El cliente rescinda voluntariamente el avalúo encomendado, o el cliente o las partes se nieguen a pagar el honorario del avalúo;
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(5) El avalúo no puede continuar por causa de fuerza mayor
; (6) Otras circunstancias que requieran la terminación de la tasación.
Si se da por terminada la tasación, la institución judicial de tasación deberá notificarlo por escrito al cliente, explicarle los motivos y devolver los materiales de tasación.
Artículo 30 Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, la institución de tasación judicial podrá realizar una tasación complementaria de acuerdo con la solicitud del cliente:
(1) Se omiten las materias de tasación originalmente encomendadas ;
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(2) El cliente aporta nuevos materiales de tasación para los asuntos de tasación originalmente encomendados;
(3) Otras situaciones que requieren tasación complementaria.
La tasación complementaria es parte integrante de la tasación original encomendada y es realizada por el tasador judicial original.
Artículo 31 En cualquiera de las siguientes circunstancias, la agencia de tasación judicial podrá aceptar el encargo de la agencia que lleva el caso para realizar una nueva autenticación:
(1) El documento judicial original la persona tasadora no está calificada para participar en la tasación encomendada
(2) La institución de tasación judicial original organizó tasaciones más allá del ámbito comercial registrado
(3) La institución de tasación judicial original debería haberlo hecho; se recusó pero no lo hizo;
(4) La agencia que lleva el caso considera necesario volver a identificar;
(5) Otras circunstancias estipuladas por la ley.
Artículo 32 La reidentificación se confiará a otras instituciones de identificación forense distintas a la institución de identificación judicial original; por razones especiales, el cliente también podrá confiar a la institución de identificación judicial original, pero la identificación judicial original; La institución designará a la institución de identificación judicial original. Otros peritos forenses calificados distintos de los peritos forenses.
Las calificaciones de la agencia de tasación judicial encargada para la reautenticación no deberán ser inferiores a las calificaciones de la institución de tasación judicial original, y al menos uno de los tasadores judiciales a reautenticarse debe tener un alto nivel de experiencia. Título profesional y técnico en la profesión correspondiente.
Artículo 33 Durante el proceso de tasación, si se trata de cuestiones técnicas complejas, difíciles o especializadas, se podrá consultar a peritos en campos profesionales relevantes ajenos a la agencia, pero el dictamen de tasación final será emitido por el tasador judicial de la agencia. .
Los peritajes deberán firmarse y conservarse en el expediente de tasación.
Artículo 34 La agencia que maneja el caso puede encomendar a la Asociación de la Industria de Identificación Forense la organización y coordinación de múltiples agencias de evaluación forense para llevar a cabo asuntos de evaluación que involucren casos importantes o problemas técnicos especiales particularmente complejos, difíciles o múltiples categorías de evaluación. identificación.
Artículo 35: Una vez finalizada la tasación por el perito forense, la institución de tasación forense designará personal con las calificaciones correspondientes para revisar los procedimientos y dictámenes de tasación cuando se trate de tasaciones que impliquen cuestiones técnicas complejas, difíciles, especiales o de reautenticación; Para cualquier asunto, se pueden organizar más de tres expertos para realizar la revisión.
Después de completar la revisión, los revisores deben enviar sus opiniones de revisión, firmarlas y almacenarlas en el archivo de tasación.
Capítulo 4 Emisión de dictámenes de peritaje forense
Artículo 36 Las instituciones de tasación forense y los peritos judiciales elaborarán dictámenes de tasación judicial en formato de texto unificado.
Artículo 37 El dictamen de tasación judicial será firmado por el perito tasador judicial. Si varias personas participan en la revisión y tienen opiniones diferentes sobre la misma, se debe señalar.
Artículo 38 La carta de dictamen de tasación judicial deberá llevar el sello especial de la institución de tasación judicial.
Artículo 39: El dictamen de tasación judicial se hará por cuadruplicado, tres de los cuales serán entregados al cliente y uno será archivado por la institución de tasación judicial. La agencia de tasación forense enviará una carta de dictamen de tasación judicial al cliente de acuerdo con la normativa pertinente o el método acordado con el cliente.
Artículo 40 Si el cliente consulta sobre el proceso de identificación y opiniones, la institución de identificación judicial y la persona de identificación judicial deberán brindar explicaciones o explicaciones.
Artículo 41 Luego de emitido el dictamen de tasación judicial, si se constata alguna de las siguientes circunstancias, el organismo de tasación forense podrá realizar correcciones:
(1) Imágenes, espectros y cartas poco claras ;
(2) La firma, sello o número no cumple con los requisitos de producción;
(3) La expresión escrita tiene vicios o errores ortográficos, pero no afecta la valoración judicial opinión.
La corrección debe realizarse al dictamen forense original y firmado por al menos un perito forense. Si es necesario, se podrán publicar materiales complementarios escritos.
La corrección del peritaje forense no cambiará la intención original del peritaje judicial.
Artículo 42: Las instituciones de tasación forense organizarán los dictámenes de tasación judicial y materiales relacionados de acuerdo con la reglamentación y los archivarán para su custodia.
Capítulo 5 Los tasadores judiciales comparecen ante el tribunal para testificar
Artículo 43 Previa notificación por el Tribunal Popular de conformidad con la ley, los tasadores judiciales comparecerán ante el tribunal para testificar y responder preguntas relacionadas con cuestiones de tasación.
Artículo 44 Una vez recibida la notificación de comparecencia, la institución de tasación judicial confirmará prontamente con el tribunal popular la hora, el lugar, el número de personas, los honorarios y los requisitos para que la tasación judicial comparezca ante el tribunal.
Artículo 45: Las instituciones de tasación forense apoyarán a los peritos en tasación judicial para que comparezcan ante el tribunal a declarar y proporcionarán las condiciones necesarias para que los peritos en tasación judicial comparezcan ante el tribunal de conformidad con la ley.
Artículo 46 Cuando los peritos judiciales comparezcan ante el tribunal a declarar, deberán comportarse civilizadamente y observar la disciplina judicial.
Capítulo 6 Disposiciones Complementarias
Artículo 47 Estas Disposiciones Generales son las reglas procesales generales que las instituciones de tasación judicial y los autenticadores forenses deben observar y adoptar cuando realicen actividades de tasación forense. Si diferentes campos profesionales tienen requisitos especiales para los procedimientos de certificación, se pueden formular reglas detalladas para los procedimientos de certificación basadas en estas reglas generales.
Artículo 48 Los órganos de tramitación de casos mencionados en estas Disposiciones Generales se refieren a los órganos de investigación, órganos de revisión y procesamiento y órganos de juicio que se ocupan de casos litigiosos.
Artículo 49: Además de las actividades litigiosas, las instituciones de tasación judicial y los tasadores judiciales realizarán los negocios de tasación pertinentes de conformidad con la ley y se regirán por lo dispuesto en estos Principios Generales.
2. ¿Qué incluye la tasación forense?
1. Identificación forense. Como identificación de la causa de muerte, identificación del grado de lesión, identificación de ADN, etc.
2. Identificación psiquiátrica forense. Si está incapacitado, ¿la enfermedad mental ocurre antes o después del delito?
3. Peritaje técnico penal. Incluyendo reconocimiento de huellas, reconocimiento de huellas dactilares, reconocimiento de cabello, reconocimiento de marcas de bala, reconocimiento de sellos y reconocimiento de escritura a mano. Identificación de libros contables, identificación de sustancias químicas, identificación de medicamentos, identificación de venenos, etc.
4. Otras valoraciones técnicas. Como la determinación de la relación causal de accidentes de responsabilidad de producción, la determinación de la relación causal de incendio, etc.
3. Cómo elegir una agencia de tasación judicial
La autoautenticación se puede utilizar como base para manejar disputas médicas cuando no hay una tasación administrativa como base para las agencias administrativas. para manejar disputas médicas. Si no hay disputa, también se puede utilizar como base para finalizar el litigio después de la revisión por parte del tribunal.
La tasación forense no sólo tiene las atribuciones de tasación general, sino que también tiene autoridad judicial. En los casos en que la conclusión de la identificación es controvertida, la identificación forense se utiliza a menudo como una actividad judicial para ejercer el poder de decisión final y, a menudo, se utiliza como una herramienta para que los jueces certifiquen. En la práctica, las conclusiones de la tasación judicial suelen utilizarse como base para el juicio.