¿Solución a qué cuenta contable se debe incluir el mayor monto de honorarios de suscripción y de garantía pagados por la emisión de bonos?
Grandes cantidades de tarifas de emisión de bonos deben incluirse en la cuenta "Bonos por pagar - Ajuste de intereses", y cantidades más pequeñas deben incluirse en la cuenta de gastos de gestión.
El motivo para pagar la tarifa de emisión del bono es: el "depósito bancario" debe debitarse de acuerdo con el precio de emisión (es decir, el precio real recibido) y el "bono pagadero - valor nominal" debe acreditarse de acuerdo con el valor nominal, si hay alguna diferencia entre los dos, se debitará o acreditará "Bonos por Pagar - Ajuste de Intereses". Por lo tanto, el monto de los honorarios de suscripción y de garantía pagados primero debe registrarse en "Bonos por pagar - Ajuste de intereses" y luego amortizarse durante el período de tenencia de acuerdo con el método de la tasa de interés real. Las partidas incluidas en la amortización pueden ser "construcciones en curso, gastos de fabricación, gastos financieros, gastos de investigación y desarrollo", etc. (dependiendo del uso específico de los bonos, pudiendo ser capitalizados o contabilizados como gastos).
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