El período de prueba del Ministerio de Trabajo no afecta las disposiciones relativas a los períodos de pago estimados.
Las disposiciones son las siguientes:
1. Si un asegurado en servicio en una institución o institución está en reeducación por el trabajo o condenado a prisión de duración determinada (incluida la suspensión de la pena). sentencia), deberá ser reeducado por el trabajo o cumplir una sentencia (incluida la sentencia suspendida), no pagar primas de seguro de pensión y el período de pago no se incluye en el cálculo.
2. Si los asegurados en servicio de instituciones públicas están en reeducación por el trabajo o condenados a penas de prisión de duración determinada (incluidas las penas suspendidas), si son reempleados por la institución pública después de su liberación, quienes reúnan las condiciones podrán continuar participando en el seguro de pensiones de la institución pública; para quienes sean empleados de una empresa o busquen un empleo por cuenta propia después de salir de prisión y alcanzar la edad legal de jubilación, se aplicarán las disposiciones de la Ley. Se seguirá el sistema básico de seguro de pensiones para los empleados de la empresa.
3. El número real de años de pago antes de cumplir la sentencia (excluidos los años de pago considerados) se puede combinar con el número real de años de pago después de cumplir la sentencia. Puede incluirse en la cuenta personal del asegurado después de cumplir la condena. Si se modifica e implementa el sistema de seguro de pensiones empresarial, no se concederá el subsidio del período de pago del seguro de pensiones para la agencia gubernamental y la institución pública originales.
4. Si un jubilado que ha pasado por trámites de jubilación y recibe una pensión mensual es condenado, se le suspenderá la pensión básica durante su condena, reeducación por el trabajo o prisión penal. Una vez transcurrido el plazo, su pensión se pagará de acuerdo con la norma anterior a la sentencia a partir del mes siguiente a la solicitud de renovación, y los ajustes posteriores de la pensión se realizarán de acuerdo con las disposiciones pertinentes del sistema de seguro de pensiones implementado por él. .
5. Para los jubilados que se encuentren bajo vigilancia residencial, sentenciados a prisión de duración determinada, sentencia suspendida o cumpliendo condena fuera de prisión, sus pensiones se pagarán de acuerdo con la norma anterior a la sentencia. Pensión básica durante el período de vigilancia residencial, libertad condicional o cumplimiento de condena fuera de prisión. Una vez transcurrido el plazo, el ajuste de la pensión se realizará de acuerdo con las disposiciones pertinentes del sistema de seguro de pensiones implementado por el individuo.
6. Mientras un jubilado sea buscado por sospecha de un delito o esté detenido tras haber sido condenado, se suspenderá la pensión básica. Si el tribunal lo declara inocente, se volverá a emitir la orden de detención o la pensión básica durante la detención.
Base jurídica:
Derecho Penal de la República Popular China
Artículo 41 El plazo de control se computará a partir de la fecha de ejecución de la sentencia; detención antes de la ejecución de la sentencia, un día de detención se redujo a dos días de prisión.
Artículo 44 El plazo de detención penal se computará a partir de la fecha de ejecución de la sentencia; si la persona es detenida antes de la ejecución de la misma, un día de detención se reducirá a un día de prisión; .
Artículo 47 La pena de prisión de duración determinada se computará a partir de la fecha de ejecución de la sentencia, si la persona es detenida antes de la ejecución de la sentencia, un día de detención se reducirá a un día; de prisión.
Artículo 72: A los delincuentes que sean condenados a pena privativa de libertad penal o pena de prisión determinada inferior a tres años, podrá anunciarse sentencia suspendida en función de las circunstancias del delito y del arrepentimiento del delincuente, si así fuere. Si es cierto que ya no daña a la sociedad, se puede anunciar una sentencia suspendida. Si un delincuente que ha sido condenado a libertad condicional es condenado a una pena adicional, la pena adicional aún debe ejecutarse.
Artículo 76: Los delincuentes que hayan sido condenados a libertad condicional serán inspeccionados por los órganos de seguridad pública durante el período de libertad condicional, y sus unidades u organizaciones de base cooperarán. Si no concurren las circunstancias previstas en el artículo 77 de esta Ley, al vencimiento del período de prueba, la sentencia original dejará de ejecutarse y será anunciada públicamente.
Artículo 77 Si el delincuente que ha sido condenado a libertad condicional comete un nuevo delito durante el período de libertad condicional o descubre que hay otros delitos que no han sido condenados antes de que se pronuncie la sentencia, se revocará la pena suspendida. y el nuevo infractor será sancionado. Se dictará sentencia por delito o delito recién descubierto, y se determinará la pena a ejecutar de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de esta Ley. Si un delincuente que ha sido sentenciado a libertad condicional viola las leyes, reglamentos administrativos o los reglamentos de supervisión y gestión del departamento de seguridad pública del Consejo de Estado durante el período de libertad condicional, y las circunstancias son graves, la sentencia suspendida será revocada y la sentencia original. se implementará.