Capítulo 10 Control de Créditos y Deudas Reglamento de Control Interno de la Contabilidad Financiera de las Instituciones Médicas
Las instituciones médicas no podrán manejar todo el proceso de negocios de crédito o deuda por parte de una sola persona.
Artículo 69: Fortalecer la gestión de los derechos de los acreedores. Aclarar la autoridad para revisar y aprobar reclamos, mejorar los procedimientos de revisión y aprobación, implementar el sistema de rendición de cuentas y tomar medidas de protección para reclamos más importantes. Establecer un sistema de inspección y presentación de informes sobre el pago de la deuda, realizar limpiezas periódicas, analizar la antigüedad de los derechos de los acreedores, fortalecer la gestión de cobros y la contabilidad de la correspondencia e informar periódicamente sobre los derechos de los acreedores a los líderes de las unidades.
Artículo 70: Establecer y mejorar el sistema de cobranza y liquidación de cuentas por cobrar, prepagos y reservas, revisarlas y aprobarlas estrictamente y liquidarlas oportunamente. Artículo 71: Establecer y mejorar el sistema de gestión y control de los fondos de hospitalización prepaga de los pacientes, de los honorarios médicos por cobrar de internación y de los atrasos médicos.
(1) Verifique el comprobante de liquidación de hospitalización, el informe diario de liquidación de hospitalización y la tarjeta de cuenta detallada de gastos médicos del paciente todos los días.
(2) Verifique la liquidación de pagos médicos anticipados todos los meses;
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(3) Fortalecer el control y gestión de las cuentas por cobrar médicas, mejorar el mecanismo de cobranza y aprobar y cancelar los atrasos de acuerdo con la normativa.
Artículo 72: Fortalecer el control de la deuda. Se deben considerar plenamente factores como los activos totales y su composición, la capacidad de pago y el impacto en el desarrollo sostenible de las instituciones médicas, y se debe controlar estrictamente la escala del endeudamiento. La ocurrencia de grandes deudas debe ser decidida por los líderes colectivos, y los aprobadores deben revisar y aprobar dentro del alcance de sus responsabilidades y autoridad.
El artículo 73 establece un sistema de control para la aprobación de autorizaciones de deuda, firma de contratos, pago y liquidación. Limpiar periódicamente las deudas, preparar informes de análisis de antigüedad de la deuda, liquidar las deudas de manera oportuna y prevenir y controlar los riesgos financieros.