¿Se puede deducir el recargo especial únicamente de los préstamos del fondo de previsión?
Las deducciones adicionales especiales en el IRPF incluyen seis gastos: educación de los hijos, educación continua, tratamiento médico de enfermedades graves, intereses de préstamos para vivienda, alquiler de vivienda y apoyo a personas mayores. Entre ellos, los intereses de los préstamos para vivienda se pueden utilizar para deducir el impuesto sobre la renta personal, pero el principal de la hipoteca no está incluido en la deducción. Esto significa que los contribuyentes pueden deducir de los sueldos o salarios los intereses pagados por los préstamos hipotecarios al calcular la renta imponible, reduciendo así el importe del impuesto sobre la renta personal a pagar. Otros gastos como el principal de la hipoteca no pueden destinarse a deducciones adicionales especiales del IRPF.
Condiciones para la deducción de los intereses del préstamo de vivienda:
1. Intereses del préstamo sobre la primera vivienda a nombre del contribuyente y de su cónyuge.
2. El préstamo debe realizarse mediante un préstamo de dinero de una institución financiera para comprar una primera vivienda;
3. Los contribuyentes pueden deducir la renta integral;
4. yuanes;
5. El período máximo de deducción no excederá los 240 meses.
En resumen, las deducciones adicionales especiales en el impuesto sobre la renta personal incluyen la educación de los niños, la educación continua, el tratamiento médico de enfermedades graves, el alquiler de la vivienda y el apoyo a las personas mayores. Sólo se pueden utilizar los intereses de los préstamos para la vivienda para deducir los ingresos personales. Impuesto, pero el principal de la hipoteca no está incluido en la deducción.
Base jurídica:
Medidas Transitorias para las Deducciones Adicionales Especiales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Segunda
El término “Deducciones Adicionales Especiales para el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas” Impuesto sobre la Renta” mencionado en estas Medidas, se refiere a las seis deducciones adicionales especiales previstas en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, entre las que se incluyen la educación de los hijos, la educación continua, el tratamiento médico de enfermedades graves, los intereses de préstamos para vivienda o alquiler de vivienda, y el apoyo a las personas mayores.