Revocación del certificado de calificación contable
Artículo 40: Proporcionar informes contables financieros falsos, realizar cuentas falsas, ocultar o destruir deliberadamente comprobantes contables, libros de contabilidad e informes contables financieros, malversación, malversación de fondos públicos, empleo malversación de fondos y otros Quien sea considerado penalmente responsable de actos ilícitos relacionados con deberes contables no deberá obtener ni volver a obtener un certificado de calificación contable.
Con excepción de las personas señaladas en el párrafo anterior, las personas cuyos certificados de calificación contable hayan sido revocados por violaciones a leyes y disciplinas no podrán volver a obtener los certificados de calificación contable dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que la Se revocan los certificados de calificación contable.