¿Cómo pagar el impuesto al valor agregado en la construcción de viviendas cooperativas?
La primera es la construcción cooperativa de viviendas, con la condición de que las dos partes no establezcan una empresa conjunta.
(1) Terreno a cambio de vivienda
Por ejemplo, la Parte A es una empresa de desarrollo no inmobiliario y la Parte B es una empresa de desarrollo inmobiliario. El partido A paga el terreno y el partido B paga los fondos de la cooperativa para construir la casa. Una vez terminada la casa, la Parte A obtiene parte de la casa. En este caso, la Parte A intercambió los beneficios económicos de los derechos de uso de la tierra en forma de una casa, y la Parte B intercambió los intereses económicos de la casa en forma de derechos de uso de la tierra. El comportamiento de ambas partes es el de ventas con IVA, y ambas partes deben pagar el IVA. Actualmente no existe normativa específica sobre cómo determinar el monto de las ventas de trueque entre las partes. Sin embargo, sujeto a la práctica comercial normal, el monto de las ventas puede determinarse con referencia al precio de mercado del terreno o la casa.
(2) Intercambiar terrenos por ganancias
Si se sigue el ejemplo anterior, una vez terminada la casa, la Parte A obtendrá ganancias de acuerdo con la proporción acordada. En este caso, el Partido A claramente está vendiendo terrenos.
2. Establecer una empresa conjunta en las condiciones de construcción de viviendas cooperativas.
La Parte A adquiere el terreno y la Parte B invierte * * * para establecer una empresa de desarrollo inmobiliario. Hay varias formas para que la Parte A obtenga ingresos:
(1) Ambas partes. asumir riesgos y distribuir ganancias
(2) La parte A no asume riesgos comerciales y comparte los ingresos de acuerdo con una cierta proporción
(3) La parte A obtiene la casa de acuerdo con; una cierta proporción y no asume riesgos comerciales;
No importa qué método utilice la Parte A para obtener beneficios de la tierra, no puede evitar el mismo problema, es decir, la Parte A aporta capital con derechos de uso de la tierra. Después de que la Parte A intercambie los derechos de uso de la tierra por acciones, obtendrá ganancias en forma de acciones (o ganancias en forma de participación en los ingresos o ganancias en especie). El intercambio de derechos de uso de la tierra por acciones por parte de la Parte A es un acto remunerado, un acto de venta y se debe pagar el impuesto al valor agregado. Una empresa conjunta de desarrollo inmobiliario distribuye beneficios a los inversores en forma de casas, que se consideran ventas y están sujetas al impuesto sobre el valor añadido.
Para las ventas de terrenos y casas o ventas consideradas mencionadas anteriormente, se pueden emitir facturas especiales del impuesto al valor agregado de acuerdo con las regulaciones, y la otra parte puede deducir el impuesto soportado de acuerdo con las regulaciones pertinentes.
En el caso de que las dos partes no establezcan una empresa conjunta, el tratamiento contable de la Parte A debe ser debitar las cuentas por cobrar y debitar los activos intangibles. En el caso de una empresa conjunta, el tratamiento contable de la Parte A debería ser pedir prestado inversiones de capital a largo plazo y prestar activos intangibles.