Ex empleado de la Sexta División Agrícola, cometió un delito en 2002 y salió de prisión en 2015. ¿Cuentan las cotizaciones a la seguridad social de los 20 años anteriores a la prisión?
De acuerdo con la "Ley de Seguro Social" y las normas pertinentes, el período de pago de la seguridad social se calcula sobre la base del pago real + el pago asumido. El pago real no se puede cancelar, pero se cancelará si el empleado es atrapado por un delito y se considerará como el período de pago (incluida la edad laboral antes de 1987, la edad militar, etc.).
Hace 20 años, 2002 era 1982, por lo que seguridad social El pago se calculó de 1987 a 2002 (el período de pago durante la sentencia no es válido y se considera la duración del servicio), y la parte de identificación de 1982 a 1987 no es válida.