El empleador debe a la seguridad social, ¿pueden los individuos pagarlo ellos mismos?
Generalmente, si el empleador no paga las cuotas de seguridad social de los empleados, el empleador debe pagarlas. Sin embargo, si la unidad no existe o no puede pagar, el individuo puede pagar por sí solo, pero debe cumplir con los procedimientos legales.
Si un individuo rescinde el contrato laboral con la empresa, puede pagar él mismo las primas del seguro de pensión y del seguro médico. Si la unidad no cumple con el pago de la seguridad social, los individuos pueden quejarse e informar a la agencia de recaudación de primas del seguro social, que les ordenará pagar dentro de un límite de tiempo o recuperar el monto.