¿Cómo solucionar el problema de los atrasos en la seguridad social adeudados por el empleador?
2. Artículo 86 de la "Ley del Seguro Social": Si el empleador no paga las primas del seguro social en su totalidad y a tiempo, la agencia de recaudación de las primas del seguro social le ordenará que pague dentro de un plazo o compensar el monto, y el empleador deberá ordenar al empleador que pague las primas del seguro social dentro de un plazo o compensar el monto a partir de la fecha del incumplimiento, se cobrará una tarifa por pago atrasado del 0,05% diariamente si; Si no se realiza el pago dentro del plazo, el departamento administrativo correspondiente impondrá una multa no inferior a una vez ni superior al triple del importe adeudado.