¿Es necesario saldar la situación financiera actual?
Base jurídica: Artículo 671 del Código Civil. Si el prestamista no concede el préstamo en la fecha y el importe acordados, provocando pérdidas al prestatario, deberá compensar las pérdidas. Si el prestatario no cobra el préstamo en la fecha y monto acordados, los intereses se pagarán en la fecha y monto acordados.