¿Qué impacto tendrán los contratos en la contabilidad?
2. Detalles de implementación del Reglamento Provisional sobre el Impuesto al Valor Agregado:
Artículo 38 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19, Inciso 1, Inciso (1) del Reglamento, al recibo de ventas La fecha de pago o recibo del comprobante de pago de ventas se basa en diferentes métodos de liquidación de ventas, de la siguiente manera:
(3) Para ventas a crédito o pago a plazos, la fecha de pago acordada por escrito el contrato prevalecerá; no existe contrato escrito o Si el contrato escrito no estipula una fecha de pago, será la fecha de entrega de los bienes;
(4) Si los bienes se venden mediante pago anticipado, será el día en que se envíen las mercancías, pero para maquinaria y equipos grandes y barcos con un período de producción de más de 12 meses. Se completa la producción y venta de mercancías como aviones y aviones, que es el día en que se realiza el pago por adelantado. o se recibe la fecha de pago especificada en el contrato escrito;
Depende de usted decidir si aplica (3) o (4).
Reglamento de Aplicación del Impuesto sobre la Renta de las Empresas:
Artículo 23 Las empresas podrán reconocer a plazos la realización de rentas provenientes de las siguientes actividades productivas y empresariales:
(1) Cuotas cobro Si los bienes se venden mediante pago, la realización del ingreso se reconocerá de acuerdo con la fecha de pago estipulada en el contrato;
(2) Encomendar a la empresa el procesamiento y fabricación de maquinaria y equipos a gran escala , naves, aeronaves, o dedicarse a negocios de ingeniería de construcción, instalación y montaje o prestar otros servicios laborales. Si excede de 65,438 02 meses, la realización del ingreso se reconocerá con base en el avance de obra o carga de trabajo realizada dentro del año fiscal.
Ya sea que (1) o (2) se aplique a su situación real, debe leer el contrato antes de considerarlo.
Por lo tanto, personalmente creo que es necesario reconocer los ingresos correspondientes y trasladar los costos correspondientes.
Si no está seguro, puede llamar a su autoridad fiscal competente y prevalecerá la respuesta de la autoridad fiscal competente.
Opiniones personales, sólo como referencia.