¿Se pueden hipotecar los bienes hospitalarios?
Bienes que no pueden ser hipotecados: 1. Cuando se disputa el dominio. 2. Según el planeamiento urbanístico, el gobierno municipal decidió recuperar los derechos de uso del suelo. 3. Propiedades con derechos limitados como empresas de bienestar público como educación, atención médica y administración municipal, y residencias privadas. 4. Edificios protegidos por reliquias culturales y otros edificios con importante significado conmemorativo.
Objetividad jurídica:
El artículo 397 del Código Civil establece que si se hipoteca un edificio, también se hipotecarán los derechos de uso del suelo para la construcción dentro de la superficie ocupada por el edificio. Si se hipoteca el derecho de uso de un terreno edificable, las edificaciones que se encuentren en el terreno se hipotecarán conjuntamente.