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Ley de Educación de la República Popular China
Aprobada por la Octava Sesión del Octavo Congreso Nacional Popular el 18 de marzo de 1995
La Tercera Sesión de la Congreso Nacional del Pueblo
p>(Promulgado por Orden No. 45 del Presidente de la República Popular de China)
Capítulo 1 Disposiciones Generales
Artículo 1 En con el fin de desarrollar la educación y mejorar la calidad de toda la nación. Esta ley está formulada de acuerdo con la Constitución para promover la construcción de la civilización material socialista y la civilización espiritual.
Artículo 2 Esta Ley se aplicará a todos los tipos de educación en todos los niveles dentro del territorio de la República Popular China.
Artículo 3: El Estado se adhiere a la guía del marxismo-leninismo, el pensamiento de Mao Zedong y la teoría de la construcción del socialismo con características chinas, y sigue los principios básicos establecidos en la Constitución para desarrollar la educación socialista.
Artículo 4: La educación es la base de la modernización socialista, y el Estado garantiza el desarrollo prioritario de la educación. Toda la sociedad debe preocuparse y apoyar el desarrollo de la educación. Toda la sociedad debería respetar a los profesores.
Artículo 5 La educación debe servir a la modernización socialista y debe integrarse con el trabajo productivo para formar constructores y sucesores de la causa socialista con un desarrollo integral moral, intelectual y físico.
Artículo 6 El Estado educará a los educados en el patriotismo, el colectivismo y el socialismo, y en los ideales, la moralidad, la disciplina, el sistema legal, la defensa nacional y la unidad nacional.
Artículo 7 La educación debe heredar y llevar adelante las excelentes tradiciones históricas y culturales de la nación china y absorber todos los logros sobresalientes del desarrollo de la civilización humana.
Artículo 8 Las actividades educativas deben estar acordes con los intereses del país y de la sociedad. El estado implementa la separación de educación y religión. Ninguna organización o individuo podrá utilizar la religión para realizar actividades que obstaculicen el sistema educativo nacional.
Artículo 9 Los ciudadanos de la República Popular China tienen el derecho y la obligación de recibir educación. Los ciudadanos, independientemente de su origen étnico, raza, género, ocupación, situación económica, creencias religiosas, etc., disfrutan de igualdad de oportunidades educativas de conformidad con la ley.
Artículo 10 El Estado ayudará a cada área de minoría étnica a desarrollar iniciativas educativas basadas en las características y necesidades de cada minoría étnica. El Estado apoya el desarrollo de la educación en zonas remotas y afectadas por la pobreza. El Estado apoya y desarrolla la educación para las personas con discapacidad.
Artículo 11 El Estado se adaptará a las necesidades del desarrollo de la economía socialista de mercado y del progreso social, impulsará la reforma educativa, promoverá el desarrollo coordinado de todos los tipos de educación en todos los niveles, y establecerá y mejorará un sistema educativo permanente. El Estado apoya, fomenta y organiza la investigación científica educativa, promueve los resultados de la investigación científica educativa y promueve la mejora de la calidad de la educación.
Artículo 12 El idioma y los caracteres chinos son el idioma básico de enseñanza en las escuelas y otras instituciones educativas. Las escuelas y otras instituciones educativas con estudiantes principalmente de minorías étnicas pueden utilizar los idiomas hablados y escritos comúnmente utilizados por su propio grupo étnico o por los grupos étnicos locales para la enseñanza. Las escuelas y otras instituciones educativas deben promover el uso de los caracteres mandarín y chino estándar comúnmente utilizados en todo el país en la enseñanza.
Artículo 13 El Estado recompensará a las organizaciones e individuos que hayan realizado contribuciones destacadas al desarrollo de la educación.
Artículo 14 El Consejo de Estado y los gobiernos populares locales en todos los niveles dirigirán y gestionarán el trabajo educativo de acuerdo con los principios de gestión jerárquica y división del trabajo y responsabilidades. La educación en los niveles secundario y secundario inferior está administrada por los gobiernos populares locales bajo el liderazgo del Consejo de Estado. La educación superior está gestionada por el Consejo de Estado y los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central.
Artículo 15 El departamento administrativo de educación del Consejo de Estado está a cargo del trabajo de educación nacional y realiza la planificación, coordinación y gestión generales de la educación nacional. Los departamentos administrativos de educación de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior son responsables del trabajo educativo dentro de sus respectivas regiones administrativas. Otros departamentos pertinentes de los gobiernos populares a nivel de condado o superior son responsables del trabajo educativo relevante dentro del alcance de sus respectivas responsabilidades.
Artículo 16 El Consejo de Estado y los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior informarán el presupuesto y las cuentas finales del trabajo educativo y los fondos para educación al congreso popular del nivel correspondiente o a su comité permanente, y aceptarán supervisión.
Capítulo 2 Sistema de Educación Básica
Artículo 17 El Estado implementa un sistema de educación escolar de educación preescolar, educación primaria, educación secundaria y educación superior. El país establece un sistema académico científico. El establecimiento de escuelas y otras instituciones educativas dentro del sistema académico, las formas de educación, los años de estudio, los objetivos de inscripción, los objetivos de capacitación, etc. serán estipulados por el Consejo de Estado o el departamento administrativo de educación autorizado por el Consejo de Estado.
Artículo 18 El Estado implementa un sistema de educación obligatoria de nueve años. Los gobiernos populares en todos los niveles han tomado diversas medidas para garantizar que los niños y adolescentes en edad escolar asistan a la escuela. Los padres u otros tutores de niños y adolescentes en edad escolar, así como las organizaciones sociales y los individuos pertinentes, están obligados a garantizar que los niños y adolescentes en edad escolar acepten y completen el número prescrito de años de educación obligatoria.
Artículo 19 El Estado implementa un sistema de educación vocacional y un sistema de educación de adultos. Los gobiernos populares de todos los niveles, los departamentos administrativos pertinentes y las empresas e instituciones tomarán medidas para desarrollar y garantizar que los ciudadanos reciban educación escolar vocacional o diversas formas de formación vocacional. El Estado fomenta el desarrollo de diversas formas de educación de adultos para que los ciudadanos puedan recibir formas apropiadas de educación política, económica, cultural, científica, técnica, empresarial y educación permanente.
Artículo 20 El Estado implementará un sistema nacional de exámenes educativos. Los tipos de exámenes de educación nacional los determina el departamento de administración de educación del Consejo de Estado y los llevan a cabo instituciones aprobadas por el estado que realizan exámenes educativos.
Artículo 21 El Estado implementa un sistema de certificación académica. Las escuelas y otras instituciones educativas establecidas o reconocidas con aprobación estatal emitirán certificados académicos u otros certificados académicos de acuerdo con las regulaciones estatales pertinentes.
Artículo 22 El Estado implementa un sistema de titulaciones. Las unidades que otorgan títulos otorgarán los títulos correspondientes y expedirán certificados de grado a quienes hayan alcanzado un determinado nivel académico o profesional y técnico de conformidad con la ley.
Artículo 23 Los gobiernos populares de todos los niveles, las organizaciones autónomas de masas de base y las empresas e instituciones tomarán diversas medidas para llevar a cabo la labor educativa para eliminar el analfabetismo. Los ciudadanos que tienen la capacidad de recibir educación para eliminar el analfabetismo de acuerdo con las regulaciones estatales deben recibir educación para eliminar el analfabetismo.
Artículo 24 El Estado implementará un sistema de supervisión educativa y un sistema de evaluación educativa para las escuelas y otras instituciones educativas.
Capítulo 3 Escuelas y otras instituciones educativas
Artículo 25 El Estado formula planes de desarrollo educativo y organiza las escuelas y otras instituciones educativas. El Estado alienta a las empresas, instituciones, grupos sociales, otras organizaciones sociales y ciudadanos individuales a establecer escuelas y otras instituciones educativas de conformidad con la ley. Ninguna organización o individuo puede operar escuelas u otras instituciones educativas con fines lucrativos.
Artículo 26 Deben cumplirse las siguientes condiciones básicas para establecer escuelas y otras instituciones educativas:
(1) Tener una estructura organizativa y unos estatutos
(2); ) ) Tener maestros calificados;
(3) Tener lugares, instalaciones, equipos, etc. de enseñanza que cumplan con los estándares prescritos
(4) Tener los fondos escolares necesarios y fuentes de financiamiento estables; .
Artículo 27 El establecimiento, cambio y terminación de escuelas y otras instituciones educativas estarán sujetos a procedimientos de revisión, aprobación, registro o presentación de acuerdo con las normas nacionales pertinentes.
Artículo 28 Las escuelas y otras instituciones educativas ejercerán los siguientes derechos:
(1) Administrar independientemente de acuerdo con los estatutos
(2) Organizar y; implementar actividades educativas y docentes;
(3) Reclutar estudiantes u otras personas educadas
(4) Gestionar el estatus estudiantil de las personas educadas e implementar recompensas o sanciones;
(5) Expedir los certificados académicos correspondientes a personas educadas
(6) Nombrar maestros y otros empleados, e implementar recompensas o sanciones
(7) Administrar y utilizar los; Instalaciones y financiamiento de la unidad;
(8) Rechazar cualquier interferencia ilegal por parte de cualquier organización o individuo en las actividades educativas y docentes.
(9) Otros derechos estipulados en las leyes y reglamentos; El Estado protege contra infracciones los derechos e intereses legítimos de las escuelas y otras instituciones educativas.
Artículo 29 Las escuelas y otras instituciones educativas cumplirán con las siguientes obligaciones:
(1) Cumplir con las leyes y reglamentos
(2) Implementar la Educación del estado; implementar políticas, implementar estándares nacionales de educación y enseñanza y garantizar la calidad de la educación y la enseñanza
(3) Proteger los derechos e intereses legítimos de las personas educadas, los maestros y otros empleados; (4) De manera apropiada Proporcionar comodidad para que los educandos y sus tutores comprendan el rendimiento académico y otra información relevante de los educandos.
(5) Cobrar las tarifas y divulgar los elementos cobrados de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes; ;
( 6) Aceptar la supervisión de conformidad con la ley.
Artículo 30: Los organizadores de escuelas y otras instituciones educativas determinarán el sistema de gestión de las escuelas u otras instituciones educativas que organicen de acuerdo con la normativa nacional pertinente.
Los directores o personas administrativas principales a cargo de escuelas y otras instituciones educativas deben ser ciudadanos con nacionalidad de la República Popular China, establecidos en China, y cumplir con las calificaciones prescritas por el estado para su nombramiento y. La eliminación se realizará de acuerdo con las regulaciones nacionales.
El director es responsable de la enseñanza y demás gestión administrativa del colegio. Las escuelas y otras instituciones educativas deben, de conformidad con las regulaciones nacionales pertinentes, garantizar que los profesores y el personal participen en la gestión y supervisión democráticas a través de formas organizativas como conferencias de representantes de los profesores con los profesores como órgano principal.
Artículo 31 Las escuelas y demás instituciones educativas que cumplan con los requisitos de personas jurídicas obtendrán la condición de persona jurídica a partir de la fecha de aprobación de establecimiento o registro.
Las escuelas y otras instituciones educativas gozarán de los derechos civiles y asumirán las responsabilidades civiles en las actividades civiles de conformidad con la ley.
Los activos estatales en escuelas y otras instituciones educativas pertenecen al estado.
Las industrias dirigidas por escuelas establecidas por escuelas y otras instituciones educativas asumirán la responsabilidad civil de forma independiente.
Capítulo 4 Docentes y demás trabajadores de la educación
Artículo 32 Los docentes gozarán de los derechos previstos por la ley, cumplirán las obligaciones previstas por la ley y serán leales a la causa de la educación popular.
Artículo 33 El Estado protege los derechos e intereses legítimos de los docentes, mejora las condiciones de vida y de trabajo de los docentes y mejora su estatus social. Los salarios, remuneraciones y beneficios sociales de los docentes se gestionarán de conformidad con las leyes y reglamentos.
Artículo 34: El Estado implementa un sistema de calificaciones, cargos y nombramientos docentes, y mejora la calidad de los docentes y fortalece la construcción del equipo docente a través de evaluación, recompensas, capacitación y capacitación.
Artículo 35: El sistema de personal educativo se implementará para el personal directivo de las escuelas y otras instituciones educativas.
Se implementará un sistema de nombramiento profesional y técnico para los asistentes docentes y otro personal profesional y técnico en las escuelas y otras instituciones educativas.
Capítulo 5 Personas Instruidas
Artículo 36 Las personas instruidas gozarán de iguales derechos, conforme a la ley, en materia de admisión, educación superior y empleo.
Las escuelas y los departamentos administrativos pertinentes deben, de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes, garantizar que las mujeres disfruten de los mismos derechos que los hombres en términos de admisión, educación superior, empleo, obtención de títulos y estudios en el extranjero.
Artículo 37 El Estado y la sociedad brindarán diversas formas de asistencia a los niños, adolescentes y jóvenes que cumplan con los requisitos de inscripción y cuyas familias tengan dificultades económicas.
Artículo 38 El Estado, la sociedad, las escuelas y otras instituciones educativas implementarán la educación de acuerdo con las características y necesidades físicas y mentales de las personas con discapacidad, y les brindarán ayuda y conveniencia.
Artículo 39 El Estado, la sociedad, las familias, las escuelas y otras instituciones educativas crearán las condiciones para que los menores que hayan cometido actos ilegales y delictivos reciban educación.
Artículo 40 Los empleados tienen el derecho y la obligación de recibir formación profesional y educación continua de conformidad con la ley. Los organismos, empresas, instituciones y demás organizaciones sociales del Estado deberán proporcionar condiciones y comodidades para el estudio y formación de sus empleados.
Artículo 41 El Estado alienta a las escuelas, otras instituciones educativas y organizaciones sociales a tomar medidas para crear las condiciones para que los ciudadanos reciban educación permanente.
Artículo 42: Las personas educadas gozan de los siguientes derechos:
(1) Participar en las diversas actividades dispuestas por el plan de educación y enseñanza, y utilizar las instalaciones, equipos y libros de educación y enseñanza. y materiales;
(2) Obtener becas, préstamos y subvenciones de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes;
(3) Obtener evaluaciones justas en desempeño y conducta académica, y obtener los premios correspondientes; después de completar los estudios requeridos, certificados académicos y certificados de grado;
(4) Si no está satisfecho con las sanciones impuestas por la escuela, presente una queja ante el departamento correspondiente, presente una queja o presente una demanda en de acuerdo con la ley contra la infracción por parte de la escuela o del maestro de sus derechos personales, derechos de propiedad y otros derechos e intereses legítimos.
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(5) Otros derechos estipulados en las leyes y reglamentos;
Artículo 43 Los educadores cumplirán con las siguientes obligaciones:
(1) Cumplir las leyes y reglamentos;
(2) Observar las normas de conducta de los estudiantes, Respetar a los maestros y desarrollar buenos hábitos ideológicos, morales y de comportamiento
(3) Estudiar mucho y completar las tareas de aprendizaje prescritas
(4) Observar las reglas del sistema de gestión de la escuela u otras instituciones educativas; .
Artículo 44 Los departamentos administrativos de educación, deportes y salud, así como las escuelas y otras instituciones educativas, mejorarán las instalaciones deportivas y de atención médica para proteger la salud física y mental de los estudiantes.
Capítulo 6 Educación y Sociedad
Artículo 45 Los organismos estatales, los militares, las empresas e instituciones, los grupos sociales y otras organizaciones sociales y los individuos, de conformidad con la ley, crearán oportunidades para el sano crecimiento físico y mental de las personas. Niños, adolescentes y jóvenes estudiantes. Buen ambiente social.
Artículo 46 El Estado alienta a las empresas, instituciones, grupos sociales y otras organizaciones sociales a llevar a cabo diversas formas de cooperación con colegios y universidades y escuelas secundarias vocacionales en enseñanza, investigación científica, desarrollo y promoción de tecnología, etc. Las empresas, instituciones, grupos sociales y otras organizaciones sociales e individuos pueden apoyar la construcción de escuelas y participar en la gestión escolar a través de formas apropiadas.
Artículo 47: Las agencias estatales, militares, empresas, instituciones y otras organizaciones sociales brindarán asistencia y comodidad para las pasantías de estudiantes y las actividades de práctica social organizadas por las escuelas.
Artículo 48 Las escuelas y otras instituciones educativas participarán activamente en las actividades locales de bienestar social sin afectar las actividades normales de educación y enseñanza.
Artículo 49 Los padres u otros tutores de menores deberán proporcionar las condiciones necesarias para que sus hijos menores u otras personas tuteladas reciban educación.
Los padres u otros tutores de menores deberán cooperar con las escuelas y otras instituciones educativas para educar a sus hijos menores u otras personas bajo tutela.
Las escuelas y los profesores pueden proporcionar orientación sobre educación familiar a los padres.
Artículo 50 Instalaciones públicas culturales y deportivas como bibliotecas, museos, museos de ciencia y tecnología, centros culturales, galerías de arte y gimnasios (campos), así como monumentos históricos y culturales y salones conmemorativos revolucionarios (sitios ), implementará un trato preferencial para maestros y estudiantes para brindar comodidad a aquellos educados para recibir educación.
Las estaciones (estaciones) de radio y televisión deben establecer programas educativos para promover la mejora de las cualidades ideológicas, morales, culturales y científicas y tecnológicas de los educados.
Artículo 51 El Estado y la sociedad establecerán y desarrollarán instalaciones para la educación extraescolar de menores.
Las escuelas y otras instituciones educativas deben cooperar con organizaciones, empresas e instituciones y grupos sociales autónomos de masas de base para fortalecer la educación de menores fuera del campus.
Artículo 52: El Estado estimula a los grupos sociales, las instituciones sociales y culturales y otras organizaciones sociales e individuos a realizar actividades de educación social y cultural que sean beneficiosas para la salud física y mental de los educados.
Capítulo 7 Inversión en Educación y Garantía de Condiciones
Artículo 53: El Estado establecerá un sistema con la asignación financiera como pilar y otros diversos canales para recaudar fondos para la educación como complemento, y gradualmente aumentar la inversión en educación. La inversión en educación garantiza una fuente estable de financiación educativa para las escuelas estatales.
Para las escuelas y otras instituciones educativas establecidas por empresas, instituciones, grupos sociales, otras organizaciones sociales e individuos de conformidad con la ley, los organizadores son responsables de recaudar fondos para el funcionamiento de las escuelas y los gobiernos populares en todos los niveles. puede proporcionar el apoyo adecuado.
Artículo 54 La proporción del gasto nacional en educación fiscal en el producto nacional bruto aumentará gradualmente con el desarrollo de la economía nacional y el crecimiento de los ingresos fiscales. La proporción específica y los pasos de implementación serán estipulados por el Consejo de Estado.
La proporción de los fondos para educación en el gasto fiscal total en todos los niveles en todo el país debería aumentar gradualmente con el desarrollo de la economía nacional.
Artículo 55: Los gastos en educación de los gobiernos populares en todos los niveles se enumerarán por separado en el presupuesto fiscal de acuerdo con el principio de unificación de poderes administrativos y financieros.
El crecimiento de las asignaciones financieras para la educación de los gobiernos populares en todos los niveles debe ser mayor que el crecimiento de los ingresos fiscales regulares, y el gasto promedio en educación basado en el número de estudiantes en la escuela debe aumentar gradualmente, asegurando que Los salarios de los docentes y los fondos públicos por estudiante aumentan gradualmente.
Artículo 56 El Consejo de Estado y los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior establecerán fondos especiales para la educación que se centrarán en apoyar las áreas remotas afectadas por la pobreza y las áreas minoritarias para implementar la educación obligatoria.
Artículo 57: Las autoridades tributarias recaudan los recargos educativos en su totalidad de conformidad con la ley, que son administrados por el departamento administrativo de educación y se utilizan principalmente para la implementación de la educación obligatoria.
Los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central pueden, de acuerdo con las regulaciones pertinentes del Consejo de Estado, decidir imponer recargos locales para la educación y destinar los fondos para su propio uso. .
El recargo educativo en el marco de la planificación general rural y municipal lo recauda el gobierno popular del municipio, lo administra el departamento administrativo de educación del gobierno popular a nivel de condado o lo administra el gobierno popular del municipio, y se utiliza para ambos municipios. y aldeas dentro del municipio. La proporción específica de los recargos por educación rural en la planificación general de los municipios y en las medidas de gestión específicas será estipulada por los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central.
Artículo 58: El Estado adopta medidas preferenciales para alentar y apoyar a las escuelas a llevar a cabo programas de estudio y trabajo y servicios sociales, y para establecer industrias administradas por las escuelas sin afectar la educación y la enseñanza normales.
Artículo 59: Con la aprobación del gobierno popular a nivel de condado, los gobiernos populares de los municipios, municipios étnicos y ciudades podrán, sobre la base de los principios de voluntariedad y capacidad, recaudar fondos para ejecutar escuelas dentro de sus propias regiones administrativas para la implementación de escuelas de educación obligatoria. La renovación y reparación de edificios en ruinas y la construcción de nuevos edificios escolares no se utilizarán para otros fines.
Artículo 60: El Estado alienta a las organizaciones sociales y a los individuos nacionales y extranjeros a realizar donaciones para la educación.
Artículo 61: Los fondos nacionales de educación financiera, las donaciones de organizaciones sociales y particulares para la educación deberán utilizarse para la educación y no deberán ser malversados ni deducidos.
Artículo 62 El Estado fomenta el uso de medios financieros y crediticios para apoyar el desarrollo de la educación.
Artículo 63 Los gobiernos populares en todos los niveles y sus departamentos administrativos de educación fortalecerán la supervisión y gestión de los fondos educativos para las escuelas y otras instituciones educativas para mejorar la eficiencia de la inversión en educación.
Artículo 64: Los gobiernos populares locales en todos los niveles y sus departamentos administrativos pertinentes deben incorporar la construcción básica de escuelas en los planes de construcción urbana y rural, hacer arreglos generales para el terreno básico de construcción y los materiales necesarios para las escuelas, y implementarlas de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes.
Artículo 65 Los gobiernos populares en todos los niveles serán responsables de la publicación y distribución de libros de texto y libros y materiales didácticos, la producción y suministro de instrumentos y equipos didácticos, y el control de los libros y materiales utilizados en la escuela. Educación, enseñanza e investigación científica. La importación de instrumentos y equipos didácticos estará sujeta a políticas prioritarias y preferenciales de conformidad con las reglamentaciones nacionales pertinentes.
Artículo 66 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior desarrollarán la educación por televisión por satélite y otros métodos de enseñanza modernos, y los departamentos administrativos pertinentes darán prioridad y apoyo.
El Estado alienta a las escuelas y otras instituciones educativas a promover el uso de métodos de enseñanza modernos.
Capítulo 8 Intercambios Exteriores y Cooperación en Educación
Artículo 67 El Estado fomenta los intercambios exteriores y la cooperación en educación.
Los intercambios externos y la cooperación en educación se adhieren a los principios de independencia, igualdad, beneficio mutuo y respeto mutuo, y no deben violar las leyes chinas ni dañar la soberanía nacional, la seguridad o los intereses públicos sociales.
Artículo 68 Los ciudadanos chinos que viajen al extranjero para estudiar, realizar investigaciones, realizar intercambios académicos o enseñar serán tratados de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes.
Artículo 69: Después de que las personas fuera de China cumplan con las condiciones estipuladas por el Estado y pasen por los procedimientos pertinentes, podrán ingresar a escuelas y otras instituciones educativas en China para estudiar, investigar, realizar intercambios académicos o enseñar. Los derechos e intereses legítimos están protegidos por el Estado.
Artículo 70 El reconocimiento por parte de China de títulos, certificados académicos y otros certificados académicos emitidos por instituciones educativas extranjeras se gestionará de conformidad con los tratados internacionales celebrados o a los que se haya adherido la República Popular China, o de conformidad con las normas pertinentes. regulaciones nacionales. Se toman disposiciones para el procesamiento.
Capítulo 9 Responsabilidades legales
Artículo 71 Cualquier persona que viole las regulaciones nacionales pertinentes y no asigne fondos para educación de acuerdo con el presupuesto será asignado por el gobierno popular al mismo nivel dentro de un plazo; en casos graves, el responsable directo y demás personal directamente responsable serán sancionados administrativamente de conformidad con la ley.
Quien viole el sistema fiscal o financiero nacional, malversa o deduzca fondos para educación, será ordenado por la autoridad superior a devolver los fondos malversados o deducidos dentro de un plazo, y el responsable directo y el resto del personal directamente responsable será sancionado conforme a la ley; si se constituye delito, la responsabilidad penal se perseguirá conforme a la ley.
Artículo 72: Quien pelee en grupo, provoque riñas y cause disturbios, perturbe el orden de la educación y la enseñanza en las escuelas y otras instituciones educativas, o dañe los edificios, locales y otros bienes escolares, estará sujeto a la sanción pública. sanciones administrativas de seguridad por los órganos de seguridad pública; si se constituye un delito, la persona será sancionada conforme a la ley persiguiendo la responsabilidad penal.
Quienes ocupen los edificios escolares, recintos y demás bienes de las escuelas y demás instituciones educativas, serán responsables civilmente de conformidad con la ley.
Artículo 73: Si una persona sabe a sabiendas que un edificio escolar o un centro de educación y enseñanza está en peligro pero no toma medidas, causando víctimas o grandes pérdidas materiales, el responsable directo y otros responsables directos Las personas serán investigadas para su procesamiento penal de conformidad con la ley.
Artículo 74: Cualquiera que cobre tasas a escuelas u otras instituciones educativas en violación de las normas nacionales pertinentes deberá ser ordenado por el gobierno a reembolsar las tasas cobradas al responsable directo y al resto del personal directamente responsable; recibir sanciones administrativas conforme a la ley.
Artículo 75 Si se establece una escuela u otra institución educativa en violación de las regulaciones nacionales pertinentes, el departamento administrativo de educación la cancelará; si hay ingresos ilegales, los ingresos ilegales serán confiscados por el responsable directo; El responsable y otras personas directamente responsables serán sancionadas administrativamente de conformidad con la ley.
Artículo 76: Si los estudiantes son reclutados en violación de las regulaciones nacionales pertinentes, el departamento administrativo de educación ordenará el regreso de los estudiantes y reembolsará las tarifas cobradas al responsable directo y al resto del personal directamente responsable; recibir sanciones administrativas conforme a la ley.
Artículo 77: Quien practique favoritismo y malas prácticas en el reclutamiento de estudiantes será ordenado por el departamento de administración educativa la devolución del personal reclutado, el responsable directo y demás personal directamente responsable será sancionado administrativamente; sanciones conforme a la ley; esto constituye un delito, será considerado penalmente responsable conforme a la ley.
Artículo 78 Si las escuelas y otras instituciones educativas cobran tasas a personas educadas en violación de las normas nacionales pertinentes, el departamento administrativo de educación ordenará el reembolso de las tasas cobradas al responsable directo y a otros responsables directos; personal, imponer sanciones administrativas de conformidad con la ley.
Artículo 79: Quien copie en un examen nacional de educación será declarado inválido por el departamento administrativo de educación, y el responsable directo y su personal directamente responsable recibirán sanciones administrativas de conformidad con la ley. .
Si un examen de educación nacional se realiza ilegalmente, el departamento de administración de educación declarará el examen inválido; si hay ganancias ilegales, las ganancias ilegales serán confiscadas por la persona directamente responsable y otros directamente responsables; El personal será sancionado administrativamente de conformidad con la ley.
Artículo 80 Si un título, certificado académico u otro certificado académico se expide en violación de las disposiciones de esta Ley, la dirección administrativa de educación declarará inválido el título y ordenará su retiro o confiscación si; hay ingresos ilegales, los ingresos ilegales serán confiscados; si las circunstancias son graves, se cancelará la calificación para la emisión de certificados;
Artículo 81 El que viole las disposiciones de esta Ley, infrinja los derechos e intereses legítimos de los docentes, personas instruidas, escuelas u otras instituciones educativas, y cause pérdidas o daños, incurrirá en responsabilidad civil de conformidad con la ley.
Capítulo 10 Disposiciones complementarias
Artículo 82 La educación escolar militar será prescrita por la Comisión Militar Central de conformidad con los principios de esta ley.
La educación escolar religiosa será estipulada por separado por el Consejo de Estado.
Artículo 83 Las medidas para que organizaciones e individuos extranjeros administren escuelas y cooperen en la administración de escuelas en China serán estipuladas por el Consejo de Estado.
Artículo 84 La presente Ley entrará en vigor el 1 de septiembre de 1995.