¿Se puede pignorar capital durante el período de suspensión de operaciones?
1. La posibilidad de pignorar acciones durante el período de suspensión de la negociación depende de la situación:
(1) Si una empresa que cotiza en bolsa planea dividir o fusionar valores cotizados, se pueden pignorar. ;
(2) Cuando se anuncia información importante de una empresa que cotiza en bolsa, se pueden pignorar adquisiciones importantes, fusiones, inversiones y cambios en el capital;
(3) En circunstancias normales, si el patrimonio ha sido suspendido, puede haber cambios en la naturaleza de la Influencia. En circunstancias normales, la suspensión de las operaciones se debe a motivos graves, por lo que es mejor no pignorar acciones cuando se suspenden las operaciones.
2. Base jurídica: Artículo 425 del Código Civil de la República Popular China
Si el deudor o un tercero transfiere sus bienes muebles al acreedor para su posesión con el fin de garantizar el cumplimiento de la deuda, el deudor tendrá derecho a recibir prioridad en el pago de los bienes muebles. Si no se paga la deuda vencida o se ejecuta la prenda según lo acordado por las partes.
El deudor o el tercero señalado en el párrafo anterior será el pignorante, el acreedor será el pignorante y los bienes muebles entregados serán los bienes pignorados.
Artículo 426
No se pignorarán los bienes muebles cuya transferencia esté prohibida por las leyes y reglamentos administrativos.
Artículo 428
El acreedor prendario y el pignorante convienen en que si el deudor no cumple con la deuda vencida antes del vencimiento del plazo de cumplimiento de la misma, los bienes pignorados pertenecerán al acreedor, y los bienes pignorados sólo pueden reclamarse conforme a la ley. Los bienes pignorados tienen prioridad en el pago.
2. ¿Qué términos incluye generalmente un contrato de prenda?
Los contratos de prenda generalmente incluyen los siguientes términos:
1. El tipo y monto del crédito garantizado;
2. El plazo para que el deudor cumpla. su deuda;
3. El nombre y cantidad del bien pignorado;
4. El alcance de la garantía;
5. entrega del bien pignorado.