Artículo 197 de la Ley Penal: Normas para la tipificación del delito de fraude en préstamos
Los criterios de tipificación del delito de fraude crediticio en el artículo 193 de la Ley Penal: 1. El sujeto del delito es una persona natural que ha alcanzado la mayoría de edad penal y tiene capacidad para ser penalmente responsable 2. Subjetivamente, se constituye intencionalmente con fines de posesión ilícita; 3. El objeto de la infracción es el; sistema de gestión financiera nacional y la propiedad de préstamos de bancos u otras instituciones financieras 4 . Manifestado objetivamente como el uso de hechos inventados y el ocultamiento de la verdad para defraudar a los bancos u otras instituciones financieras para obtener préstamos más grandes;
Objetividad jurídica:
Según el artículo 193 de la “Ley Penal”, constituirá delito de fraude crediticio cualquiera de las siguientes circunstancias. Quien defraude a bancos u otras instituciones financieras con préstamos con el propósito de posesión ilegal y el monto sea relativamente grande será sentenciado a una pena de prisión de no más de cinco años o a prisión criminal, y también será multado con no menos de 20.000 yuanes, pero no más de 200.000 yuanes, si la cantidad es enorme o existen otras circunstancias graves, la persona será condenada a una pena de prisión de no menos de cinco años pero no más de 10 años, y también se le impondrá una multa de no menos de 50.000 yuanes; yuanes, pero no más de 500.000 yuanes, si la cantidad es particularmente elevada o existen otras circunstancias especialmente graves, será condenado a una pena de prisión de no menos de 10 años o cadena perpetua y también se le impondrá una multa de no menos de 50.000 yuanes; Multa inferior a 500.000 yuanes o confiscación de bienes: (1) Inventar motivos falsos para introducir fondos, proyectos, etc. (2) Utilizar contratos económicos falsos (3) Utilizar documentos de certificación falsos.