Descripción del método de Clayton
(2) Eventos y conductas que conduzcan a la declaración de violaciones a las leyes antimonopolio.
(3) Una explicación de la recomendación del juicio unánime, incluidas las disposiciones legales contenidas en la explicación de los eventos extraordinarios que llevaron a la recomendación, el alivio obtenido de la misma y el impacto esperado del alivio en la competencia. .
(4) Reparación efectiva para los potenciales demandantes privados que hayan sufrido los hechos amparados por la recomendación de la sentencia unánime.
(5) Describir procedimientos efectivos para corregir las recomendaciones anteriores.
(6) Evaluación y explicación de las propuestas realmente consideradas por Estados Unidos.
(c) Con respecto a (I) las condiciones para un juicio unánime; (ii) un resumen de las declaraciones de impacto competitivo presentadas de conformidad con esta sección
(b); ) un resumen de la declaración de impacto competitivo presentada de conformidad con el párrafo (b) de esta sección ), una lista de materiales y documentos en los Estados Unidos sobre los cuales el público está interesado en comentar y donde el público puede realizar una revisión efectiva.
Estados Unidos lo publicará en periódicos generales del área donde se acepta el caso, el Distrito de Columbia y otras áreas designadas por el tribunal comenzando al menos 60 días antes de que la sentencia entre en vigor, enfocándose en 7 días en dos semanas.
(d) Dentro de los 60 días especificados en el párrafo (b) de esta sección, y dentro del tiempo solicitado por los Estados Unidos y permitido por el tribunal, los Estados Unidos aceptarán y considerarán propuestas relacionadas con decisiones unánimes. sentencia especificada en el párrafo (b) de esta sección cualquier comentario escrito. El Fiscal General o su asistente determinarán el procedimiento conforme a esta sección a menos que el tribunal de distrito requiera un acortamiento basado en (1) circunstancias extraordinarias (2) el período de 60 días no puede acortarse a menos que el acortamiento no sea inconsistente con el interés público; Al recibir los comentarios, Estados Unidos los envía al tribunal de distrito y publica la respuesta del gobierno a los comentarios en el Registro Federal.
(e) Antes de que Estados Unidos emita un fallo unánime conforme a esta sección, el tribunal deberá determinar que el fallo es de interés público. Al dictar sentencia, el tribunal podrá considerar:
(1) El impacto competitivo de la sentencia incluye la suspensión del acto ilegal declarado, la ejecución y modificación de los términos, el alivio cumplido y el período de alivio, el tiempo esperado efecto del método de reparación, y Otras consideraciones basadas en la idoneidad de la sentencia.
(2) El impacto de la emisión de la sentencia sobre el público y las víctimas individuales de las violaciones declaradas en la acusación, incluidas consideraciones de interés público. Si hay algún impacto, no se tomará ninguna decisión durante el juicio.
(f) Al tomar una decisión especificada en (e) de esta sección, el tribunal podrá
(1) A solicitud de las partes, los participantes y el tribunal, el El tribunal lo considere apropiado, puede obtener el testimonio de funcionarios gubernamentales, peritos y otros testigos.
(2) Si el tribunal lo considera apropiado, designará una persona especial o perito y consultor externo al tribunal para obtener el fallo de cualquier individuo, grupo o agencia gubernamental de acuerdo con los métodos y requisitos apropiados. que determine el tribunal opiniones, valoraciones y sugerencias sobre todos los aspectos y sus repercusiones.
(3) Autorizar a las personas e instituciones interesadas a participar en litigios totales o limitados, incluida la asistencia al tribunal en la interpretación de la ley, la intervención como parte conforme a las Reglas Federales de Procedimiento Civil y el acceso a documentos e información. o Participar en el procedimiento de cualquier otra manera y contenido que determine el tribunal.
(4) Revisar opiniones, incluyendo el propósito de la sentencia antes mencionada y la reacción de Estados Unidos a las opiniones y propósitos.
(5) Iniciar otras demandas que el tribunal considere de interés público.
(g) A más tardar 65,438 + 00 días después de la presentación de una moción para sentencia unánime, cada acusado deberá proporcionar al tribunal de distrito una copia de su relación con funcionarios de los Estados Unidos y en relación con la moción o Una descripción de las comunicaciones (incluidos los intercambios orales de opiniones) entre los empleados responsables de la propuesta, excepto las comunicaciones entre el secretario y los empleados del Fiscal General y el Departamento de Justicia. Antes de que se pueda dictar un veredicto unánime, cada acusado debe demostrar ante el tribunal de distrito que la declaración fue preparada y que era una declaración verdadera de la finalización de la comunicación que el acusado conocía o debería haber conocido.
(h) Ninguna otra parte puede iniciar una acción presentada en un tribunal de distrito conforme al párrafo (e)(f) de esta sección y una declaración de impacto competitivo presentada conforme al párrafo (b) de esta sección. en virtud de la Ley Antimonopolio se utiliza contra el demandante en una acción o en una acción iniciada por los Estados Unidos conforme al Artículo 4A, ni puede utilizarse como prueba prima facie contra el demandado para formar la base de una sentencia unánime.
(I) Cuando se inicie un procedimiento civil o penal en los Estados Unidos para prevenir, restringir y castigar violaciones de las leyes antimonopolio, excepto los procedimientos iniciados bajo la sección 4A de esta Ley, durante los procedimientos y un año después, la aplicación de leyes restrictivas a los derechos privados de acción y apelación, que se basen en las leyes antimonopolio antes mencionadas o que se basen total o parcialmente en todos los aspectos del objeto del procedimiento antes mencionado, ser suspendido.
Sin embargo, siempre que se suspenda una ley estatutaria restrictiva sobre una causa de acción que surja en virtud del Artículo 4 o el Artículo 4 (C) de esta Ley, no se considerará ninguna acción para hacer cumplir la causa de la acción a menos que la causa Se suspende la acción o Dentro de los 4 años siguientes al nacimiento.
Artículo 6 El trabajo humano no es una mercancía, ni es una mercancía. Las leyes antimonopolio no restringen la existencia y las actividades de organizaciones mutuas, laborales, agrícolas y hortícolas sin fines de lucro, ni restringen ni prohíben a sus miembros lograr legalmente los propósitos legítimos de la organización.
Según las leyes antimonopolio, estas organizaciones o miembros no forman parte de una alianza ilegal o conspiración para restringir el comercio.
Artículo 7 Una persona que se dedique a operaciones comerciales o que influya en actividades comerciales no podrá poseer directa o indirectamente la totalidad o parte de las acciones u otras participaciones de capital de otras personas que se dediquen a operaciones comerciales o que afecten a actividades comerciales.
Ninguna persona bajo la jurisdicción de la FTC puede poseer todo o parte de los activos de otra persona que se dedique al comercio o afecte el comercio si dicha posesión disminuye sustancialmente la competencia o tiene como objetivo crear un monopolio.
Ninguna persona puede, directa o indirectamente, participar en negocios o influir en un negocio si la posesión de acciones y activos, o el derecho a utilizar acciones mediante votación o autorización institucional, disminuye materialmente la competencia o tiene como objetivo crear un monopolio Acciones o participaciones en el capital de la(s) otra(s) persona(s) en la actividad. Ninguna persona bajo la jurisdicción de la FTC puede poseer, directa o indirectamente, los activos de una o más personas que participan en el comercio o lo afectan.
Esta sección no se aplica a las compras de acciones únicamente con fines de inversión, que no sean para el uso de las acciones mediante votación u otros medios, que causen o intenten causar una disminución importante de la competencia.
Si la sociedad se dedica a negocios o afecta actividades comerciales, para realizar efectivamente sus operaciones legales, establecer una filial, o su rama natural y jurídica, o ampliar su escala o poseer parte o la totalidad de ella; los activos de una subsidiaria, y el resultado no reducirá materialmente la competencia, esta sección no estará restringida.
Esta sección no prohíbe a un transportista común financiar el establecimiento de una sucursal o línea corta como proveedor de la línea troncal principal de la empresa, ni le prohíbe poseer parte o la totalidad de las acciones de una ramal o línea corta.
Esta sección no limita la propiedad o posesión de sucursales o líneas cortas por parte de un transportista común (establecido por empresas independientes) si no existe competencia sustancial entre la empresa propietaria de la línea principal y las empresas independientes que establecer sucursales y líneas cortas.
Un transportista común puede expandirse apropiándose de las acciones y otros activos de otro transportista común si no hay competencia sustancial entre la empresa que amplía sus rutas de transporte y la empresa cuyas acciones, propiedades e intereses se apropian de su transporte. rutas.
Este apartado no afecta ni infringe otros derechos adquiridos por la ley. Esta sección no se puede utilizar para legalizar algo previamente prohibido o ilegal según las leyes antimonopolio, ni puede eximir a nadie de sanciones según las leyes antimonopolio u obtener recursos civiles.
Esta sección no se aplica a transacciones completadas sobre la base de la autorización de las siguientes comisiones (oficinas): Administración de Aviación Civil de EE. UU., Comisión Federal de Telecomunicaciones; Comisión Federal de Comercio Interestatal; bajo la Ley de Corporaciones 》Artículo 10 Autorización para poseer herramientas de 1935 Comisión Marítima de los Estados Unidos;
Artículo 7A(a) Excepto por la exención prevista en el párrafo (c) de esta sección, a menos que ambas partes soliciten ofertas y el poseedor proporcione una descripción de acuerdo con los estándares especificados en el párrafo (d)(1). ) de esta sección, y esta sección (b) Excepto por el período de espera especificado en (1), las siguientes circunstancias no ocuparán directa o indirectamente los valores de capital o activos de otros: Si (1) (2) (A) total los activos o las ventas netas anuales superan los 654,38 mil millones de dólares estadounidenses. Una persona que posee valores con derecho a voto o activos de otra empresa manufacturera con ventas netas anuales o activos totales que exceden los $654,38 mil millones (b) Una persona con activos totales o ventas netas anuales que exceden los $654,38 mil millones; los derechos de voto, valores o activos de otra empresa no manufacturera con ventas netas anuales o activos totales superiores a $65,438+ mil millones. (2)(C) Los valores o activos con derecho a voto de una persona cuyos activos totales o ventas netas anuales superen los $654,38+ millones, o de otra persona cuyos activos totales o ventas netas anuales superen los $654,38+ millones. (3) Como resultado de dicha posesión, el poseedor poseerá (a) más del 15% de los valores con derecho a voto o activos del poseedor.
(b) La cantidad total de valores con derecho a voto o activos acumulados por el propietario supera los 15 millones de dólares.
En una licitación, si los valores con derecho a voto de una persona pasan a manos de otra persona (una persona que debe hacer una declaración conforme a este artículo), la parte poseída deberá hacer una declaración de conformidad con el párrafo ( 1) de este artículo.
(b)(1) El período de espera especificado en (a) de esta sección.
(a) Comenzando con la recepción de una declaración de la Comisión Federal de Comercio y el Fiscal General Adjunto de la División Antimonopolio del Departamento de Justicia de que (I) la parte (a) de esta sección está sustancialmente completa; (ii) si la explicación no está completa, comenzará al recibir una explicación de ambas partes sobre el grado de integridad y los motivos de la falta de explicación. En el caso de una licitación, y después de recibir notificación del propietario de que la descripción anterior está incompleta.
(b) Trece días (15 días en el caso de una oferta en efectivo) después de la recepción de las instrucciones anteriores, o la extensión determinada según el párrafo (e)(2) o (g)(2) de esta sección el término.
(2) En casos individuales, la Comisión Federal de Comercio y el Fiscal General Adjunto pueden suspender el período de espera especificado en el párrafo (b)(1) de esta sección. Permite que una persona presente una demanda por posesión conforme a esta sección y publique de inmediato un aviso en el Registro Federal indicando que una de las partes demandará por posesión.
(3) Tal como se utiliza en esta sección
(a) "Valores con derecho a voto" significa los propietarios y tenedores de valores con derecho a elegir directores o directores no ejecutivos del emisor A. director de un emisor corporativo, o una persona elegida para desempeñar las mismas funciones bajo cambios actuales o futuros.
(b) Determinar la posesión del poseedor con base en el número acumulado y la proporción de la posesión del poseedor de bienes o valores con derecho a voto ajenos.
(c) Este artículo no se aplica a las siguientes transacciones.
(1) Ventas de bienes inmuebles y bienes transferidos por la vía mercantil ordinaria.
(2) Tener acciones sin derecho a voto, hipotecas, títulos de fideicomiso u otros valores.
(3) Antes de poseer los valores con derecho a voto del emisor, el tenedor debe poseer al menos el 5% de los valores con derecho a voto.
(4) Transferencias de agencias federales o estados y sus subdivisiones políticas.
(5) Transacciones estipuladas en estatutos federales que no están sujetas a leyes antimonopolio.
(6) Para transacciones que están exentas de las leyes antimonopolio según la ley estatutaria federal, toda la información y documentación proporcionada a la agencia federal se presentará a la Comisión Federal de Comercio y al Fiscal General Adjunto simultáneamente con la aprobación de la agencia federal.
(7) Transacciones requeridas por una agencia según la Sección 18c de la Ley de Seguros de la Reserva Federal, o aprobadas por una agencia según la Sección 1935 de la Ley de Tenencia Bancaria.
(8) Para transacciones aprobadas por las siguientes agencias, copias de toda la información y evidencia documental proporcionada a las agencias antes mencionadas se enviarán simultáneamente a la Comisión Federal de Comercio de los EE. UU. y al Fiscal General Adjunto 30 días antes. la realización de las operaciones antes mencionadas. Ley de Tenencia Bancaria, Sección 4 de 1956; una institución designada en la Sección 403 o 408(e) de la Ley Nacional de Vivienda, o la Sección 5 de la Ley de Préstamos para Propietarios de 1933.
(9) La posesión de valores con derecho a voto únicamente para fines de inversión no da como resultado la propiedad de valores que excedan el 65,438+00% de los valores con derecho a voto actuales que posee el emisor.
(10) El resultado de la tenencia de valores con derecho a voto no aumenta directa o indirectamente el porcentaje de transacción del número de valores con derecho a voto en poder del tenedor.
(11) Realizadas únicamente por bancos, asociaciones bancarias, sociedades fiduciarias, compañías de inversión o compañías de seguros con fines de inversión (a) Poseer valores con derechos de voto determinados de acuerdo con los planes de la organización; ) ) transacciones sobre activos realizadas de forma ordinaria.
(12) Otras posesiones, transferencias o transacciones especificadas en (d), (2) y (b) de esta sección.
(d) La Comisión Federal de Comercio, con el consentimiento del Procurador General y de acuerdo con los principios establecidos en la sección 553 del título 5, Código de los Estados Unidos, para implementar esta sección.
(1) Para permitir que la FTC y el Fiscal General Adjunto determinen si la posesión antes mencionada viola las leyes antimonopolio, la FTC prescribirá la forma y el contenido de las instrucciones presentadas conforme al párrafo (a ) de esta sección y relacionados con la posesión de documentos e información antes mencionados.
(2)(A) Determinar el significado de los términos utilizados.
(b) Excluir del alcance de esta sección las transacciones, transferencias, posesiones y personas que probablemente no violen las leyes antimonopolio.
(c) Dictar las reglas que sean necesarias y apropiadas para los propósitos de esta sección.
(e)(1) Antes del vencimiento del período de espera de 30 días especificado en el párrafo (b)(1) de esta sección (15 días para ofertas en efectivo), la Comisión o el Fiscal General Adjunto solicita que la misma información sea proporcionada por la persona a quien se refiere dicha posesión o los directores, socios, agentes, empleados y funcionarios de esa persona.
(2) La Comisión Federal de Comercio y el Subprocurador General tomarán su propia determinación después de recibir a la persona requerida conforme al párrafo anterior (pago en efectivo, posesión).
(a) Toda la información y documentación.
(b) Recepción de información, materiales documentales y motivos de falta de completitud si la información y materiales a proporcionar no han sido recopilados.
El plazo de espera podrá ampliarse, pero no excederá los 20 días (en el caso de pujas al contado, no excederá los 10 días). El plazo puede ampliarse aún más con la aprobación del tribunal a petición de la FTC o del Fiscal General.
(f) Si la Comisión de Comercio Justo presenta una acción declarando que la posesión antes mencionada viola la Sección 7 de esta Ley y la Sección 5 de la Ley de la Comisión de Comercio Justo o los Estados Unidos, lo antes mencionado; la posesión viola la Sección 7 y la Sección 1 de esta Ley o la Sección 2 de la Ley Sherman, la Comisión Federal de Comercio y el Departamento Auxiliar de Justicia (1) solicitarán una orden judicial preliminar contra la finalización de la posesión durante la tramitación de la acción; ) el distrito en el que el demandado tiene su domicilio, hace negocios o donde se interpone la acción. El tribunal certifica que el interés público requiere alivio durante la tramitación del proceso.
(a) Previa solicitud y certificación de la Comisión Federal de Comercio o del Fiscal General Adjunto, el juez principal de distrito nombrará con prontitud un juez del tribunal de apelaciones de circuito para el distrito en el que se encuentra el tribunal. y dicho juez, en la medida de lo posible, nombrará un juez del tribunal de distrito. El juez será responsable del procedimiento.
(b) El juez de distrito atenderá las solicitudes de medidas cautelares preliminares con la mayor celeridad posible y tendrá prioridad y acelerará todos los aspectos del caso.
(g)(1) Cualquier persona, funcionario, gerente, director, socio, etc. Quienes incumplan con estas normas estarán sujetos a una multa de 1.000 dólares por cada día que se viole la ley, multa que puede ser interpuesta por Estados Unidos en un juicio civil.
(2) Si alguna persona, funcionario, gerente, socio, agente o empleado, etc. , incumple materialmente con los requisitos de instrucción establecidos en el párrafo (a) de esta sección u otros requisitos bajo el párrafo (e) de esta sección para proporcionar información adicional y materiales documentales durante el período de espera especificado en el párrafo (b)(1) de esta sección, y Durante el período de expansión,
cumplimiento de orden
(b) Extender el período de espera bajo el párrafo (b)(1) o (e)(2) de esta sección. sección hasta que (g)(2) Los requisitos en se cumplan básicamente. Sin embargo, en una licitación en efectivo, el tribunal no puede extender el período de espera porque la parte ocupada no puede completar sustancialmente las instrucciones o requisitos (especificados).
(g) Otorgar otra compensación equitativa según corresponda.
(h) Cualquier información y materiales documentales proporcionados a la Comisión Federal de Comercio o al Fiscal General Adjunto conforme a esta sección estarán exentos de divulgación de conformidad con 5 U.S.C., excepto la información y los materiales documentales relacionados con procedimientos judiciales. Esta disposición no limita la publicación de los materiales antes mencionados a la Asamblea Nacional, sus comités y comités plenamente autorizados.
(i) (1) El hecho de que la Comisión Federal de Comercio y el Departamento Auxiliar de Justicia inicien procedimientos conforme a esta sección no limita ni impide que en cualquier momento puedan iniciar procedimientos contra la posesión conforme a otras disposiciones de esta Ley. u otras disposiciones de la ley.
(2) Las disposiciones de esta sección no limitan a la FTC. El Fiscal General Adjunto puede obtener documentos, pruebas orales u otra información de cualquier persona en cualquier momento de conformidad con la Ley de Procedimiento Civil Antimonopolio. Ley de la FTC u otras leyes.
(j) A partir del 1 de octubre de 1978 a más tardar, y con el consentimiento del Fiscal General Adjunto, la Comisión informará anualmente al Congreso sobre la aplicación de esta sección, incluyendo una estimación de la efectividad de esta sección, la base para El propósito, efecto y necesidad de las reglas establecidas por esta sección, y otras enmiendas propuestas a esta sección.
Artículo 8 Nadie podrá ser director de más de dos sociedades al mismo tiempo. Cualquiera de estas corporaciones ha acumulado activos, excedentes y ganancias retenidas superiores a un millón de dólares y se dedica a negocios en su totalidad o en parte. Los bancos, asociaciones bancarias, compañías fiduciarias y * * * transportistas públicos están exentos de la jurisdicción de la Ley de Administración Comercial aprobada el 4 de febrero de 1887. Cualquier acuerdo entre empresas para excluir la competencia constituiría una violación de cualquier disposición de cualquier ley antimonopolio si las empresas son o serán competidoras, dependiendo de su naturaleza y ubicación de operaciones. De acuerdo con lo dispuesto en el párrafo anterior, la idoneidad de los candidatos a directores se determinará con base en el capital acumulado, excedentes y utilidades no distribuidas (excluidos los dividendos declarados pero no pagados a los accionistas) durante el ejercicio fiscal de la sociedad antes mencionada, y luego la elección de directores. se realizará con antelación. Cuando los directores sean elegidos conforme a lo dispuesto en esta Ley, el director original podrá suceder legalmente en el año siguiente.
Una persona, director, funcionario o empleado de un banco u otra corporación que es elegido o designado, sujeto a las disposiciones de esta Ley, para trabajar para dicho banco u otra corporación durante el período de su elección. La aptitud de una persona para el cargo no se verá afectada por esta disposición si es un año antes de la fecha de elección o de contratación.
Artículo 9 El presidente, director, gerente, director asignado de la junta directiva o agente para una transacción específica de una empresa de transporte público comercial sirve simultáneamente como director, gerente o director asignado de otras empresas. , sociedades o asociaciones, o tiene Si existe una relación de interés significativa, las empresas de transporte público no podrán celebrar contratos de construcción o mantenimiento con otras empresas por un monto acumulado anual superior a US$ 50.000. No se permite el comercio de valores, suministros u otros productos básicos. Las transacciones antes mencionadas quedan excluidas bajo las reglas de licitación competitiva o por la Comisión de Comercio Interestatal si los efectos antes mencionados son logrados por el postor más favorable a la empresa de transporte público. No se aceptará ninguna oferta a menos que el nombre y dirección del postor, o los nombres y direcciones de los directores, gerentes y gerentes generales de la empresa del postor (o, si están ofertando en sociedad, los nombres y direcciones de sus miembros) sean entregado junto con la oferta.
Cualquier persona que directa o indirectamente impida o intente impedir la competencia leal entre oferentes, o desee impedir la competencia leal entre oferentes, o impida la licitación, estará sujeta a las mismas sanciones impuestas a los directores o funcionarios ejecutivos en esta sección El castigo es el mismo que el castigo.
Los transportistas públicos que sean propietarios de las transacciones descritas anteriormente o que realicen dichas compras deberán presentar un informe completo y detallado a la Comisión de Comercio Interestatal dentro de los 30 días posteriores a la finalización de la transacción, certificando que la transacción fue una transacción con oferta competitiva. nombres y direcciones de los postores, directores, gerentes y demás responsables, miembros de la empresa y postores conjuntos. Después de una investigación y audiencia, la Comisión de Comercio Interestatal determina que la transacción anterior es ilegal.
Si una empresa de transporte público viola esta sección, estará sujeta a una multa de no más de $25,000. Como gerentes, agentes, jefes de departamento, etc. Votar para apoyar, ayudar o participar directamente en dicha conducta ilegal se considerará un delito menor punible con una multa de no más de $5,000 y una pena de prisión de no más de un año, o el tribunal podrá considerar ambas penas.
Sección 10(a) La autoridad para iniciar procedimientos conforme a las secciones 2, 3, 7 y 8 de esta Ley recaerá en:
La Comisión de Comercio Interestatal será responsable de A transportista común tal como se define en la Ley de Comercio Interestatal.
La Comisión Federal de Comunicaciones es responsable de las comunicaciones por radio, las comunicaciones por cable y la transmisión inalámbrica de energía.
La Administración de Aviación Civil de China es responsable de las compañías aéreas y de las compañías aéreas extranjeras de conformidad con la Ley de Aviación Civil Nacional de 1938.
La Reserva Federal es responsable de los bancos, asociaciones bancarias y empresas fiduciarias.
La Comisión de Comercio Justo es responsable de otros procesos.
(b) Cuando la junta u oficina que tenga jurisdicción tenga motivos para creer que una persona está violando o ha violado las secciones 2, 3, 7 y 8 de esta Ley, emitirá un aviso a esa persona. y al Fiscal General y entregar una carta de apelación, describiendo el contenido de la carta de apelación, incluido un aviso de una audiencia en un lugar determinado dentro de los 30 días posteriores a la entrega de la carta de apelación. El acusado tiene derecho a comparecer ante el tribunal en un momento y lugar determinados para explicar por qué la Comisión (Oficina) no debe exigirle que cese el procesamiento de la violación, y el Fiscal General tiene derecho a comparecer ante el tribunal para intervenir en el proceso. . Cualquier persona con motivos suficientes y la aprobación del comité (oficina) puede solicitar comparecer ante el tribunal y participar en el litigio en persona o como abogado.
Durante el juicio, si la Junta (Oficina) considera que la persona ha violado o está violando esta Ley, presentará un informe escrito exponiendo sus conclusiones y emitirá una orden a la persona para que cese la violación y lleve a cabo la violación de la manera especificada. en el orden y tiempo para despojarlos de sus acciones, bienes y capital, o separarlos de sus cargos como administradores seleccionados en violación de los artículos 7 y 8 de la Ley del año. Antes de finalizar el período permitido para la presentación de revisión, si no se presenta ninguna solicitud dentro de dicho período, o si se presenta una solicitud de revisión antes de que se presente el expediente del procedimiento ante el Tribunal de Apelaciones, la Junta (Oficina) podrá, en de conformidad con el aviso anterior y en la forma que considere apropiada, en cualquier momento, en parte o en su totalidad, modificar o anular cualquier informe u orden emitido por él bajo esta sección. Si el plazo para solicitar un nuevo examen ha transcurrido sin una solicitud de nuevo examen, y el comité (oficina) cree que las circunstancias del incidente y los cambios en la ley requieren revisión, o el interés público requiere que el plazo para la revisión haya transcurrido , y no se ha realizado ninguna solicitud de reexamen, el comité (mesa) modificará o abolirá parcial o totalmente la emisión de informes u órdenes bajo esta sección. Si el plazo para solicitar un reexamen ha expirado y nadie ha presentado una solicitud de reexamen, el comité (oficina) puede rehacer, cambiar, modificar o anular la decisión tomada bajo esta sección en cualquier momento si cree que las circunstancias del incidente y los cambios en la ley requieren un reexamen, o que el interés público requiere un reexamen de algunos o todos los informes y órdenes. Las partes mencionadas anteriormente pueden obtener una revisión por parte del Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos conforme a la subsección (c) de esta sección dentro de los 60 días posteriores a la entrega de la citación o la entrega del informe u orden de nueva audiencia.
(c) Una persona a quien la Comisión (Oficina) le ordena cesar la infracción deberá, dentro de los 60 días posteriores a la notificación de la orden de cesar y desistir, presentar una declaración escrita ante el Tribunal de Circuito de los Estados Unidos de Apelaciones del distrito en el que se produjo la infracción solicitando a la Comisión (Oficina) que cancele las órdenes de infracción.
El personal del tribunal entregará una copia de la defensa al comité (oficina). La defensa afirmó que el tribunal tiene competencia para litigar y tiene la facultad de emitir una decisión ante la Comisión (Oficina) antes de presentar la transcripción del litigio. El tribunal tiene la facultad de confirmar, modificar o anular la orden o mandato judicial de la Comisión. Facultad para hacer cumplir órdenes confirmadas, o para emitir citaciones como afiliado de su jurisdicción, o para impedir conductas ilícitas que causen daño al público y a los competidores durante los procedimientos.
En cuanto a los hechos, la investigación de la Comisión es definitiva si está respaldada por pruebas sustanciales.
Cuando la orden del comité (oficina) esté finalizada, el tribunal emitirá su propia orden exigiendo a las partes que cumplan con la orden del comité. Si una parte solicita pruebas complementarias y ha indicado al tribunal la relevancia de las pruebas complementarias y las razones razonables por las que se presentaron las pruebas antes del litigio, el tribunal puede ordenar que las pruebas complementarias se presenten al comité (oficina) y se agreguen. al juicio realizado por el comité (oficina). Sobre la base de nuevas pruebas, la Comisión podrá revisar sus conclusiones fácticas o realizar una nueva investigación, que será definitiva si está respaldada por pruebas sustanciales. Las recomendaciones para modificar o revocar la investigación original, así como las nuevas pruebas agregadas, también son definitivas. Las sentencias de primera instancia y los mandamientos judiciales de los tribunales son definitivos excepto previa revisión por parte de la Corte Suprema según 28 U.S.C § 1254.
(d) La competencia del Tribunal de Apelaciones para confirmar, hacer cumplir, modificar o anular órdenes de la Comisión (Oficina) será exclusiva y excluyente.
El Tribunal de Apelaciones debe dar prioridad al litigio anterior (sobre otros litigios) y acelerar la audiencia. Las órdenes de la Comisión (Oficina) o las sentencias judiciales que hacen cumplir las órdenes de la Comisión no pueden eximir de ninguna responsabilidad basada en las leyes antimonopolio.
(f) La queja, fallo u otros materiales de litigio del comité (oficina) pueden ser entregados a las siguientes personas por la persona autorizada por el comité (oficina): ① Se entrega una copia a las partes , miembros de la sociedad, gerente general, director u otro empleado de alto nivel; (2) entregar la copia a la oficina principal y residencia de la parte; (3) enviarla por correo a la residencia de la parte o al lugar principal de negocios. consta que se ha entregado la copia, así como el acuse de recibo emitido por el correo. Se constata que se ha entregado la denuncia, resolución y demás documentos antes mencionados.
(g) Cualquier orden de comparecencia conforme al inciso (b) de esta sección será definitiva bajo las siguientes circunstancias.
(1) No se envió ninguna solicitud durante el período de revisión de solicitudes.
(2) Durante el período de solicitud de recuperación de expedientes del tribunal inferior, la orden de la comisión (oficina) ha sido confirmada, o la solicitud de revisión ha sido rechazada por el tribunal de apelaciones y no se ha presentado ninguna solicitud, se deben recuperar los expedientes del tribunal inferior.
(3) Se confirma la orden de la Junta, o se deniega la solicitud de revisión, y la Junta dicta una orden denegando una solicitud de acceso al expediente.
(4) Si la Corte Suprema ordena confirmar la orden de la Junta (Oficina) o denegar la solicitud de revisión, la Junta (Oficina) deberá emitir una orden dentro de los 30 días posteriores a la emisión de la Corte Suprema. el orden.
(h) Si la Corte Suprema indica que la orden de la Comisión es confirmada o anulada, una orden emitida por la Comisión (Oficina) de conformidad con las instrucciones de la Corte Suprema será definitiva 30 días después de haber sido hecho. Sin embargo, si el partido presenta una demanda para corregir el fallo dentro de estos 30 días con base en la orden de la Corte Suprema, el fallo revisado de la Comisión (Oficina) será definitivo.
(1) Si la Corte Suprema solicita una nueva audiencia, o el Tribunal de Apelaciones devuelve el caso a la Comisión para una nueva audiencia, si (1) el plazo para otorgar acceso a los expedientes del tribunal inferior ha expirado, pero no se ha presentado dicha solicitud; ② la solicitud ha sido rechazada (3) la sentencia del tribunal ha sido confirmada por la Corte Suprema y la orden dictada por la Comisión (Oficina) basada en la orden del nuevo juicio es definitiva, incluso si la La Comisión no ha emitido una orden antes.
(j) "Instrucción" aquí significa instrucción final si se retira dentro de los 30 días siguientes a su emisión.
(k) Cualquier persona que viole una orden final válida emitida por la Comisión estará sujeta a una sanción civil que no exceda los $500 por violación, la cual podrá interponerse en una acción civil en los Estados Unidos. Cada violación de la orden final de la Junta (Oficina) es un delito separado, excepto cada día en el que la desobediencia continua o el desprecio de una orden se designa como un delito separado.
Artículo 11 Las demandas antimonopolio contra una empresa podrán interponerse no sólo en la jurisdicción donde reside la empresa, sino también en el lugar donde se descubre su conducta ilegal o donde opera. Todos los materiales del litigio (quejas) pueden entregarse en el distrito donde reside o en el distrito donde se descubrió su conducta.
Artículo 12 En cualquier procedimiento iniciado por o en nombre de los Estados Unidos, las citaciones de testigos podrán entregarse en otras jurisdicciones. En casos civiles o públicos iniciados bajo las leyes antimonopolio, es posible que se requiera que los testigos comparezcan en cualquier jurisdicción.
En cualquier procedimiento civil, ningún testigo que resida a más de 100 millas del distrito donde está ubicado el tribunal podrá ser llamado sin la aprobación del tribunal de primera instancia, previa solicitud y justificación adecuada.
Artículo 13 Cuando una empresa viola las disposiciones penales de la Ley Antimonopolio, también es ilegal que los gerentes, funcionarios ejecutivos y agentes de la empresa autoricen, ordenen o participen directamente en las violaciones de la empresa en su totalidad o en parte, y cometen un delito menor que se castiga con una multa que no excede los $5,000, prisión por no más de un año, o ambas cosas, a discreción del tribunal.
Sección 14. El poder judicial de los tribunales de distrito de los Estados Unidos está conferido a la prevención y restricción de violaciones de esta Ley, y el fiscal de cada distrito, bajo la dirección del Fiscal General , iniciar procedimientos equitativos en el distrito para prevenir y frenar violaciones a esta Ley. El procesamiento puede adoptar la forma de una denuncia solicitando una orden judicial contra la conducta infractora. Una vez notificada la denuncia al demandado, el tribunal conocerá y decidirá la denuncia lo antes posible. El tribunal puede emitir un cese y desistimiento temporal o una orden de restricción temporal en cualquier momento durante la audiencia de la demanda y antes de la emisión de una orden judicial. El tribunal puede citar a testigos independientemente de si residen en el área del tribunal de primera instancia, y la citación será entregada por los administradores del colegio.
Artículo 15 Pérdidas o daños que puedan causarse por violación de las leyes antimonopolio (incluidos los artículos 2, 3, 7 y 8 de esta Ley). Cualquier individuo, empresario, empresa o alianza puede interponer una acción ante un tribunal con jurisdicción sobre la parte pertinente y obtener medidas cautelares. Cuando las condiciones y principios para la prohibición y el alivio de la conducta amenazada sean aprobados por el Tribunal de Cancillería, el tribunal podrá emitir una orden preventiva basada en los principios sobre los cuales se llevan a cabo dichos procedimientos, el reclamo de la fianza por dichos daños y la evidencia de inminente daño irreparable.
Esta disposición no autoriza a individuos, corporaciones, corporaciones y asociaciones (que no sean los Estados Unidos) a entablar acciones equitativas para obtener medidas cautelares contra transportistas comunes en diversos asuntos bajo la administración, supervisión y jurisdicción de la Comisión de Comercio Interestatal. alivio.
En cualquier acción iniciada bajo esta disposición, el tribunal concederá los costos del demandante, incluidos los honorarios razonables de los abogados, si el demandante tiene una ventaja sustancial.
Artículo 16 Si cualquier sentencia, párrafo o artículo de esta ley fuera declarado inválido por un tribunal con pleno poder judicial por cualquier motivo, ello no afectará la validez de las restantes partes de esta ley. Las partes declaradas nulas por el tribunal se limitan a frases, párrafos y apartados directamente relacionados con los argumentos de la sentencia.
Artículo 17 Los tribunales estadounidenses o sus jueces no podrán restringir ni prohibir las disputas entre empleadores, empleados y empleados que surjan de las condiciones laborales.
Excepto en el caso de interdictos u órdenes de restricción dictadas para evitar infracciones inevitables de la propiedad y de los derechos de propiedad, la infracción debe ser tal que no exista un remedio detallado por ley, previa solicitud escrita de la parte interesada, del solicitante y su agente o el abogado presta juramento y proporciona una explicación específica de la propiedad y los derechos de propiedad.