Red de conocimiento de divisas - Conocimiento de acciones - ¿Qué información se necesita para detener la seguridad social?

¿Qué información se necesita para detener la seguridad social?

Para cancelar el seguro social se requieren 5 materiales, entre ellos un certificado de renuncia con el sello oficial de la empresa; una copia de la cédula de identidad del empleado renunciado descargada del sitio web de la Oficina del Seguro Social, con el contenido completado y sellado con el funcionario; sello, y copia del DNI del responsable.

Se recomienda ponerse en contacto con el departamento local de trabajo y seguridad social para confirmar la situación específica, y prevalecerán los requisitos locales.

Según la “Ley Laboral de la República Popular China”:

Artículo 25 Si un empleado concurre alguna de las siguientes circunstancias, el empleador podrá rescindir el contrato de trabajo:

(1) Durante el período de prueba, se demuestre que el empleado no cumple con las condiciones laborales;

(2) Viole gravemente la disciplina laboral o las normas y reglamentos del empleador.

(3) Incumplimiento grave del deber, mala praxis para beneficio personal, que cause daño importante a los intereses del empleador.

(4) Ser penalmente responsable conforme a la ley;

Artículo 26 En cualquiera de las siguientes circunstancias, el empleador podrá rescindir el contrato de trabajo, pero deberá notificarlo por escrito al trabajador con 30 días de antelación:

(1) El trabajador está enfermo Enfermedad o lesión no relacionada con el trabajo, y después de la expiración del período de tratamiento médico, el empleado no puede desempeñar el trabajo original ni otro trabajo contratado por el empleador.

(2) El empleado no está calificado para el trabajo y aún no está calificado para el trabajo después de capacitarse o ajustar su puesto de trabajo.

(3) Las circunstancias objetivas en las que se basa el trabajo; contrato de trabajo se celebró tienen un acontecimiento importante Los cambios hacen imposible ejecutar el contrato de trabajo original, y las partes no pueden llegar a un acuerdo sobre el cambio del contrato de trabajo a través de la negociación.

Artículo 27: Si el empleador se encuentra al borde de la quiebra y se encuentra en proceso de reorganización legal o tiene serias dificultades en su producción y operación, y realmente es necesario despedir empleados, deberá explicar la situación a El sindicato o todos los empleados con 30 días de anticipación y escuchar al sindicato o a los empleados después de recibir opiniones e informar al departamento de administración laboral, se puede reducir el número de empleados.

Si un empleador reduce personal de acuerdo con lo dispuesto en este artículo y contrata al personal despedido en el plazo de seis meses, dará prioridad a la contratación del personal despedido.

Artículo 28 Si el empleador rescinde el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 24, 26 y 27 de esta Ley, deberá proporcionar una compensación económica de conformidad con las normas nacionales pertinentes.

Artículo 29 En cualquiera de las siguientes circunstancias, el empleador no podrá rescindir el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26 y 27 de esta Ley:

(1) Sufrir de enfermedades profesionales o lesiones relacionadas con el trabajo y se ha confirmado que han perdido total o parcialmente la capacidad para trabajar.

(2) La empleada esté enferma o lesionada y se encuentre dentro del período médico prescrito.

(3) La empleada se encuentre en estado de embarazo, parto o lactancia;

(4) Las demás circunstancias previstas en las leyes y reglamentos administrativos.

Artículo 30 Si el empleador considera improcedente rescindir el contrato de trabajo, el sindicato tiene derecho a presentar opiniones. Si un empleador viola leyes, reglamentos o contratos laborales, el sindicato tiene derecho a solicitar un nuevo procesamiento; si un empleado solicita arbitraje o presenta una demanda, el sindicato deberá brindar apoyo y asistencia de conformidad con la ley;

Artículo 31: Para rescindir el contrato de trabajo, el trabajador deberá notificarlo por escrito al empleador con 30 días de anticipación.

Artículo 32 En cualquiera de las siguientes circunstancias, el trabajador podrá notificar al empleador la terminación del contrato de trabajo en cualquier momento:

(1) Durante el período de prueba;

(2) El empleador fuerza el trabajo mediante violencia, amenazas o restricciones ilegales a la libertad personal.

(3) El empleador no paga la remuneración laboral ni proporciona condiciones laborales de acuerdo con el contrato laboral.

Artículo 33 Los empleados de una empresa podrán celebrar un contrato colectivo con la empresa sobre materias tales como remuneración laboral, jornada de trabajo, descanso y vacaciones, seguridad y salud en el trabajo, seguros y prestaciones. El proyecto de contrato colectivo deberá ser presentado al congreso de trabajadores o al conjunto de los trabajadores para su discusión y aprobación.

El contrato colectivo lo firma el sindicato en nombre de los empleados y de la empresa; para las empresas sin sindicato, lo firman los representantes elegidos por los empleados.

Artículo 34 Firmado el contrato colectivo, se presentará a la administración del trabajo si ésta no formula objeción alguna dentro de los quince días siguientes a la fecha de recepción del texto del contrato colectivo; contrato, el contrato colectivo surtirá efectos.

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