Recopilación de leyes y reglamentos pertinentes
Base jurídica: "Convenio de autodisciplina sobre el cobro de deudas vencidas en las finanzas por Internet (prueba)"
Artículo 13 Los objetos de cobro de deudas deben cumplir los requisitos pertinentes de las leyes y reglamentos, y deben No acosar al personal irrelevante.
Artículo 14 Cuando la institución no pueda contactar al deudor, solo podrá contactar a la persona de contacto previamente acordada por el deudor para restablecer el contacto con el deudor.
Artículo 15: Durante el cobro de deudas, el personal de cobro debe indicar el nombre de la agencia representativa de inmediato y debe presentar de manera proactiva los certificados relevantes y la información del préstamo durante el cobro in situ.
Artículo 16 Al comunicarse con los deudores y partes relevantes, el personal de cobranza utilizará un lenguaje cortés y no utilizará intimidaciones, amenazas, insultos o lenguaje o comportamiento que viole el orden público y las buenas costumbres para intimidar a los deudores y partes relevantes. .
Artículo 17 El personal de cobranza llevará a cabo actividades de cobranza de deudas en los momentos apropiados y no realizará llamadas telefónicas frecuentes para acosar a los deudores y a otro personal.
Artículo 18 El personal de cobranza no divulgará información personal del deudor como deuda, mora, mora, etc. Para personas distintas del deudor, salvo disposición legal en contrario.
Artículo 19: Las instituciones designarán canales de cobro. El personal de cobro no utilizará otros canales o métodos para cobrar los reembolsos de los deudores y partes relacionadas, y no cobrará ilegalmente tarifas adicionales en nombre del cobro.
Artículo 20 Los recolectores in situ deberán vestir de manera civilizada y adecuada, y no deberán violar el orden público y las buenas costumbres, ni usar ropa engañosa.
Artículo 21 La recogida in situ se realizará mediante grabación de audio o vídeo. El personal de cobranza in situ debe informar de manera proactiva al deudor y a las partes relevantes sobre la grabación o grabación de video.
Artículo 22: El personal de cobranza in situ no golpeará ni herirá a los deudores ni a otras personas, no restringirá ilegalmente la libertad personal de los deudores y otras personas, no invadirá ilegalmente domicilios ajenos ni registrará ilegalmente los cadáveres. de otros.
Artículo 23: El personal de cobranza en sitio no robará ni destruirá los bienes del deudor ni de otras personas.
Artículo 24 Si el personal de cobranza in situ tiene conflictos con los deudores y partes relacionadas, deben tomar la iniciativa de llamar a la policía.
Artículo 25 Los funcionarios de cobranza no inducirán ni obligarán a los deudores a pagar deudas vencidas mediante nuevos préstamos o medios ilegales para recaudar fondos.
Artículo 26 El personal de cobranza no utilizará el nombre de ninguna institución o individuo, como departamentos administrativos u órganos judiciales, para llevar a cabo la cobranza.