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¿Alguien más puede hipotecar mi título de propiedad?

No, según las disposiciones del Código Civil, no se pueden utilizar títulos de propiedad ajenos para hipotecar préstamos. El deudor hipotecario y el propietario de la vivienda deben acordar hipotecar el préstamo hipotecario. La persona que puede hipotecar una casa es el dueño de la casa, por lo que otros no pueden usar su propio certificado de propiedad para hipotecarla, solo el dueño puede hipotecarla.

Condiciones para utilizar la casa ajena como préstamo hipotecario:

1. Debes obtener previamente el consentimiento del propietario de la casa que quieres hipotecar, es decir, del propietario de la vivienda. el certificado de propiedad;

2. El propietario del certificado de propiedad inmobiliaria debe acudir con usted a la institución que maneja el préstamo para solicitar el registro de la hipoteca;

3. el inmueble no puede presentarse, él o ella puede emitir un consentimiento para la hipoteca.

¿Se puede hipotecar un contrato inmobiliario?

Los contratos inmobiliarios generalmente no son hipotecas. En concreto, el contrato inmobiliario no acredita la propiedad del inmueble, por lo que carece del correspondiente efecto de derecho real en la hipoteca inmobiliaria. La ley estipula que una casa debe usarse para solicitar un préstamo hipotecario inmobiliario. Sólo cuando la casa tiene un certificado de propiedad se puede solicitar un préstamo hipotecario inmobiliario. Si no existe un certificado inmobiliario, generalmente es imposible solicitar un préstamo hipotecario inmobiliario. Por lo tanto, si sólo tienes un contrato de propiedad, no puedes solicitar un préstamo hipotecario.

Base jurídica:

Código Civil de la República Popular China

Artículo 395

El deudor o un tercero tiene derecho Se pueden hipotecar los siguientes bienes enajenados:

(1) Edificios y otros anexos del terreno;

(2) Derechos de uso de suelo para construcción;

(3 ) Derecho de uso de zonas marítimas;

(4) Equipos de producción, materias primas, productos y productos semiacabados;

(5) Edificios, barcos y aviones en construcción;

(6) Vehículos;

(7) Otros bienes no prohibidos por las leyes y reglamentos administrativos.

El deudor hipotecario podrá hipotecar conjuntamente los inmuebles enumerados en el párrafo anterior.

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