Declaración de ingresos relacionados con el extranjero
De acuerdo con el artículo 3 de los "Procedimientos Operativos para la Declaración de Estadísticas de Balanza de Pagos de Instituciones Financieras", las instituciones no bancarias y las personas físicas (en adelante denominadas "unidades declarantes") que tengan ingresos relacionados con el exterior o pagos relacionados con el exterior a través de bancos nacionales deberán informar de manera rápida, precisa y completa las estadísticas de la balanza de pagos. La unidad de declaración de ingresos relacionados con el exterior deberá declarar el monto dentro de los cinco días hábiles (T+5) posteriores a la fecha de liquidación del banco liquidador (T) o la fecha de liquidación (T).
Las unidades de declaración de pagos relacionados con el extranjero deben declarar el pago al mismo tiempo que presentan una solicitud de remesa al extranjero o un aviso de aceptación/pago externo. Antes de procesar declaraciones estadísticas de balanza de pagos relacionadas con el exterior, la unidad de presentación de informes de la organización deberá solicitar un código de organización o un código de organización especial de acuerdo con las regulaciones pertinentes, y procesar la solicitud de acuerdo con las disposiciones pertinentes del Capítulo 2 de estos procedimientos operativos.
Datos ampliados:
Artículo 7 de los Procedimientos Operativos para la Declaración de Estadísticas de Balanza de Pagos de Instituciones Financieras Los bancos y unidades informantes nacionales deberán conservar adecuadamente el "Formulario de Declaración de Ingresos Relacionados con el Exterior" y "Formulario de Solicitud de Remesas al Exterior" y "Aviso de Aceptación de Pagos Externos". Los formularios impresos de declaración de ingresos en el extranjero, las solicitudes de remesas al extranjero y los avisos de pago/aceptación en el extranjero se conservan durante al menos 24 meses y pueden destruirse una vez transcurrido el período de almacenamiento. Si la Administración Estatal de Divisas tuviere otras disposiciones, prevalecerán dichas disposiciones.
Artículo 8 Los bancos nacionales presentarán una solicitud en papel para remesas al extranjero y el "aviso de aceptación/pago extranjero" a la oficina de cambio de divisas de conformidad con las disposiciones pertinentes sobre pago y verificación de divisas para bienes importados.
Enciclopedia Baidu - Reglas operativas para la declaración estadística de balanza de pagos de instituciones financieras