Medidas para la administración de divisas en zonas francas
Las instituciones financieras y sus sucursales que realicen negocios cambiarios en la zona deberán reportarlo a la Administración Estatal de Divisas para su aprobación de conformidad con la reglamentación. Artículo 8 Las mercancías comerciales que entren y salgan de la zona franca deberán denominarse y liquidarse en moneda extranjera. Las necesidades diarias utilizadas por las instituciones de la zona ingresan a la zona consolidada desde fuera de la zona, y el arrendamiento y el arrendamiento de casas y terrenos se pueden liquidar en moneda extranjera o RMB. Artículo 9 Las empresas de la zona pueden liquidar transacciones en moneda extranjera o RMB. Artículo 10 Todos los cargos de las agencias administrativas dentro del distrito se liquidarán en RMB. Artículo 11 Las empresas de la zona deberán presentar los siguientes documentos a la casa de cambio para el registro de divisas dentro de los 30 días siguientes a la fecha de aprobación del establecimiento:
(1) Documentos aprobados por la agencia administrativa gubernamental;
(2) Licencia comercial emitida por el departamento de administración industrial y comercial;
(3) Contrato empresarial, estatutos o acuerdos relacionados aprobados.
La Oficina de Cambios emitirá el “Certificado de Registro de Divisas del Área Afianzada” luego de revisar los documentos anteriores. Artículo 12 Las empresas de la zona deben poseer el "Certificado de Registro de Divisas de la Zona Afianzada" emitido por la Oficina de Cambios y elegir una institución financiera de la zona para abrir una cuenta básica de divisas para la liquidación de transferencias diarias y los cobros y pagos en efectivo; abrir una cuenta básica de divisas en una institución financiera de la zona. Cuenta de divisas para fines especiales. No está permitido abrir más de dos cuentas básicas en divisas y no está permitido abrir cuentas básicas en divisas en otras áreas afianzadas. No se podrá abrir ninguna cuenta en divisas fuera de la zona sin la aprobación de la casa de cambio. Artículo 13 Si una empresa de la zona necesita abrir una cuenta especial de divisas en otra zona afianzada, deberá solicitarla a la casa de cambio local y presentar el documento de aprobación de la casa de cambio local a la casa de cambio del país afianzado. zona donde se abre la cuenta, y presentar la aprobación de la casa de cambio de la zona aduanera donde se abre la cuenta. Documentos para los trámites de apertura de cuenta. Artículo 14 Si una empresa de la zona necesita abrir una cuenta de divisas en el extranjero, debe obtener la aprobación de la oficina de cambio de divisas antes de abrirla y utilizar la cuenta en el extranjero de acuerdo con el alcance prescrito de ingresos y gastos y el período de uso. . Artículo 15 Cuando una institución financiera de la zona abra una cuenta en divisas para una empresa de la zona, deberá indicar el nombre del banco donde se abre la cuenta, la moneda de la cuenta, el número de cuenta y el alcance de los cobros y pagos en las columnas correspondientes del “Certificado de Registro de Divisas de Zona Consolidada”, y colocar el sello del banco. Artículo 16 Los bancos de divisas designados en el área incluirán el tipo de cambio del RMB dentro del rango flotante prescrito de acuerdo con la tasa de paridad central del tipo de cambio del RMB anunciada por el Banco Popular de China, y se encargarán de los negocios de liquidación y venta de divisas para las empresas. en la zona. Artículo 17 Todos los ingresos en divisas de las instituciones dentro de la zona se transferirán nuevamente a la zona de servidumbre. Artículo 18 Las empresas de la zona podrán retener divisas o venderlas a bancos de divisas designados en la zona. Los ingresos en divisas de los organismos administrativos de la zona se venderán a los bancos de divisas designados en la zona. Sin la aprobación de la oficina de cambio de divisas, las instituciones dentro de la zona no pueden depositar divisas fuera de la zona, ni vender divisas a bancos de divisas designados fuera de la zona.
Sin la aprobación de la oficina de cambio de divisas, los préstamos en divisas nacionales y extranjeros de empresas de la zona no pueden liquidarse en divisas. Artículo 19 Las divisas utilizadas en el ámbito empresarial de las empresas de la zona deberán adquirirse mediante el Certificado de Registro de Divisas de la Zona Franca, convenio o contrato de pago, avisos de pago de instituciones financieras y no financieras nacionales y extranjeras, y certificados y certificados comerciales válidos. documentos como se especifica. El pago se realiza en una cuenta de divisas. Artículo 20 Las empresas de la zona que no hayan establecido una cuenta de divisas o no tengan fondos suficientes en la cuenta de divisas deberán presentar a la zona los documentos con certificados válidos y documentos comerciales válidos estipulados en el "Certificado de Registro de Divisas de la Zona Afianzada" y el "Reglamento provisional sobre la gestión de la liquidación, la venta y el pago de divisas". Los bancos designados en materia de divisas pagan todo tipo de divisas dentro de su ámbito de actividad.
Artículo 21 Los siguientes gastos en divisas de las empresas de la zona deberán pagarse con cargo a sus cuentas en divisas con el "Certificado de Registro de Divisas de Zona Afianzada" aprobado por la casa de cambio y aprobado la inspección anual:
( 1) Transferencia de fondos en divisas;
(2) La remesa de fondos o capital de trabajo necesarios para establecer sucursales u oficinas en el extranjero previa aprobación.
(3) Reembolso de fondos nacionales y extranjeros; instituciones financieras, empresas extranjeras y El capital y los intereses de préstamos personales en divisas;
(4) La remesa de fondos de inversión en el extranjero;
(5) La remesa de anticipos y comisiones que excedan la proporción y cantidad prescritas;
(6) Otros gastos en divisas prescritos por la Administración Estatal de Divisas. Artículo 22 Podrán retenerse las ganancias en divisas, dividendos y bonificaciones de las empresas de la zona. Las remesas del exterior fuera del área se manejan de acuerdo con las normas sobre gestión de divisas fuera del área. Artículo 23 Las utilidades, dividendos y dividendos remitidos por inversionistas extranjeros de empresas de la zona se pagarán con cargo a su cuenta básica de divisas sobre la base del "Certificado de Registro de Divisas de la Zona Abonada", la resolución de distribución de utilidades de la junta directiva y el certificado de pago de impuestos.