Sobre terceros prestamistas y garantes.
Primero, la responsabilidad de garantía general. La responsabilidad que tiene es que cuando el deudor no puede pagar la deuda a su vencimiento, el garante debe ser responsable de ello, es decir, de pagar la deuda a su vencimiento.
Responsabilidad segunda, solidaria. La responsabilidad de pago del acreedor significa que cuando la deuda llega al período de pago, el acreedor tiene derecho a exigir al deudor o al garante que pague la deuda.
Cuando la garantía es una garantía general, el fiador tiene derecho a defenderse, es decir, el fiador tiene derecho a rechazar la solicitud de reembolso del acreedor antes de que éste solicite hacer valer los bienes del deudor o no cumpla con hacer valer los derechos de garantía. Los cogarantes no tienen ese derecho.
Cancelación de la responsabilidad del fiador:
Si el mismo derecho del acreedor está garantizado por dos cosas, después del vencimiento del contrato principal, el acreedor no ejerce las garantías reales, resultando en reducción del valor de la hipoteca o daño al inmueble. Si el inmueble se pierde, se considerará que el acreedor ha renunciado a la garantía de parte o de la totalidad del inmueble, y el fiador reducirá o eximirá la responsabilidad de la garantía dentro del plazo. el alcance del derecho del acreedor a renunciar.