¿Cómo emitir un certificado de seguro?
Base legal: Artículo 17 del “Reglamento del Seguro de Accidentes de Trabajo” Si un trabajador resulta lesionado en un accidente o es diagnosticado o identificado como enfermedad profesional de acuerdo con lo establecido en la Ley de Prevención y Control de Enfermedades Profesionales, la unidad donde labore deberá iniciar desde la fecha en que ocurre la lesión accidental o se diagnostica dentro de los 30 días siguientes a la fecha del diagnóstico e identificación de una enfermedad profesional, una solicitud de reconocimiento de lesión laboral. se presentará al departamento administrativo regional coordinador del seguro social. En circunstancias especiales, con el consentimiento del departamento administrativo de la seguridad social, el plazo de solicitud podrá ampliarse adecuadamente.
Si el empresario no solicita el reconocimiento de los accidentes de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, el trabajador lesionado o sus familiares próximos o la organización sindical podrán solicitarlo directamente al empresario en el plazo de 1 año. a partir de la fecha de la lesión por accidente o de la fecha del diagnóstico e identificación de una enfermedad profesional, el departamento administrativo del seguro social donde está ubicada la unidad solicita el reconocimiento de lesiones relacionadas con el trabajo.
De acuerdo con el primer párrafo de este artículo, los asuntos que deban ser determinados por el departamento administrativo provincial del seguro social serán tratados por el departamento administrativo municipal del seguro social con los distritos donde esté ubicado el empleador de acuerdo con la jurisdicción territorial. principio.
Si el empleador no presenta una solicitud de identificación de lesiones relacionadas con el trabajo dentro del plazo especificado en el párrafo 1 de este artículo, las prestaciones por lesiones relacionadas con el trabajo y otros gastos relacionados que cumplan con las disposiciones de estos reglamentarias durante este período correrán a cargo del empleador.