¿Puedo trabajar a tiempo parcial como contador después de haber obtenido el certificado de calificación contable?
Los artículos 3 y 4 de las "Medidas para la administración de las cualificaciones contables" (Orden del Ministerio de Hacienda nº 73) estipulan claramente:
Artículo 3: En los organismos estatales, los grupos sociales y empresas, Las personas que se desempeñen como jefes de departamentos de contabilidad (gerentes de contabilidad) en instituciones públicas y otras organizaciones (en adelante denominadas colectivamente entidades) y que realicen el siguiente trabajo contable deberán obtener calificaciones contables:
(1) Cajero;
p>(2) Auditoría;
(3) Contabilidad de capital y fondos;
(4) Contabilidad de ingresos, gastos, reclamaciones y deudas;
(5) Contabilidad de salarios, gastos y resultados financieros del personal;
(6) Contabilización de la recepción, aumento y disminución de bienes y materiales;
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(7) Libro mayor;
(8) Elaboración de informes contables financieros;
(9) Gestión de archivos contables de instituciones contables;
(10) Otros trabajos contables.
Artículo 4: Las unidades no emplearán (emplearán) personal que no tenga calificaciones contables para realizar trabajos contables.
Las personas que no tengan calificaciones contables no realizarán trabajos contables, no participarán en exámenes o evaluaciones de calificaciones profesionales y técnicas contables, no serán empleados en puestos profesionales y técnicos contables, y no aplicarán para certificados honoríficos del personal contable.