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Conocimiento de acciones - Condiciones para que una empresa pueda emitir nuevas accionesPara emitir nuevas acciones, una empresa debe cumplir las siguientes condiciones: 1. Todas las acciones emitidas anteriormente se han recaudado, con más de un año de diferencia. 2. La empresa ha obtenido beneficios durante los últimos tres años consecutivos y puede distribuir dividendos a los accionistas. 3. No existen registros falsos en los documentos contables financieros de la empresa de los últimos tres años. 4. La tasa de beneficio esperada de la empresa puede alcanzar la tasa de interés de los depósitos bancarios durante el mismo período. Los tipos de emisión de nuevas acciones son: 1. Emisiones no ampliadas de capital y emisiones ampliadas de capital. La emisión sin aumento de capital significa que la empresa emite acciones para reunir capital suficiente después de que la empresa se establece sobre la base del límite de capital total estipulado en el sistema de capital autorizado y los estatutos de la empresa. Dado que esta emisión fraccionada de acciones no aumenta el capital de la empresa, se trata de una emisión sin aumento de capital. La emisión de aumento de capital se refiere a la emisión de acciones por parte de una empresa con el fin de aumentar el capital. 2. Emisión pública y emisión no pública La emisión pública se refiere a la emisión pública de acciones; la emisión no pública, también conocida como emisión direccional, se refiere a la emisión de acciones a entidades específicas como objetivos de suscripción. Los procedimientos para las emisiones públicas son más estrictos que los de las emisiones no públicas. 3. Emisión ordinaria y emisión especial. La emisión ordinaria es la emisión de nuevas acciones con el fin de aumentar el capital; la emisión especial no tiene como objetivo aumentar el capital, sino distribuir el excedente, convertir fondos de reserva en capital social o convertir bonos corporativos convertibles en capital social. El artículo 126 de la Ley de Sociedades se emitirá conforme a los principios de equidad y justicia, y cada acción de la misma clase gozará de iguales derechos. Para acciones del mismo tipo emitidas al mismo tiempo, las condiciones de emisión y el precio de cada acción serán las mismas; cualquier unidad o individuo pagará el mismo precio por cada acción suscrita. Artículo 127 El precio de emisión de las acciones podrá ser igual o superior al valor nominal, pero no inferior al valor nominal. Artículo 128 Las existencias se presentarán en papel u otros formatos prescritos por la autoridad reguladora de valores del Consejo de Estado.