Red de conocimiento de divisas - Preguntas y respuestas sobre contabilidad - Cuando una esposa da a luz a un hijo, ¿se puede reembolsar la seguridad social del empleador del marido?

Cuando una esposa da a luz a un hijo, ¿se puede reembolsar la seguridad social del empleador del marido?

Subjetividad Jurídica:

La ley dice que sí. Cuando una esposa da a luz a un hijo, la seguridad social del empleador de su marido puede ser reembolsada, pero las oficinas de seguridad social de diferentes regiones pueden tener regulaciones diferentes. Y cabe señalar que si el empleador del marido reembolsa el seguro, la seguridad social del empleador de la esposa no puede reembolsarse.

Objetividad jurídica:

El artículo 53 de la "Ley de Seguro Social" exige que las empleadas participen en el seguro de maternidad. El empleador deberá pagar las primas del seguro de maternidad de acuerdo con las regulaciones nacionales, y las empleadas deberán pagar las primas del seguro de maternidad. no pagar las primas del seguro de maternidad. Artículo 54 de la "Ley del Seguro Social": Si el empleador ha pagado primas del seguro de maternidad, sus empleadas disfrutarán de las prestaciones del seguro de maternidad; los cónyuges desempleados de las empleadas disfrutarán de los gastos médicos de maternidad de conformidad con las normas nacionales. Los fondos necesarios se pagan con cargo al fondo del seguro de maternidad. Las prestaciones del seguro de maternidad incluyen los gastos médicos de maternidad y las prestaciones por maternidad.

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