¿Qué debo hacer si el período de reclamación de la seguridad social ha expirado?
Base legal: Artículo 20 del “Reglamento de Supervisión del Trabajo y Seguridad Social” Si alguna violación a las leyes, reglamentos o normas del trabajo y seguridad social no es descubierta, denunciada o denunciada por la dirección administrativa del trabajo y seguridad social dentro de dos años, los departamentos administrativos de Garantía de Seguridad Laboral ya no investigarán ni sancionarán.
El plazo señalado en el párrafo anterior se computará a partir de la fecha de la violación de las leyes, reglamentos o normas de trabajo y seguridad, si la violación de las leyes, reglamentos o normas de trabajo y seguridad continúa o continúa; computarse a partir de la fecha de su terminación.