¿Qué garantía se puede utilizar como garantía para préstamos operativos?
(1) Las casas y demás objetos fijos situados en el terreno de propiedad del deudor hipotecario;
(2 ) El deudor hipotecario Todas las máquinas, vehículos y otras propiedades;
(3) Derechos de uso de tierras, casas y otros objetos fijos de propiedad estatal sobre la base de que el deudor hipotecario tiene derecho a disponer de ellos de conformidad con la ley. .
(4) Máquinas, vehículos y demás bienes de propiedad estatal de los que el deudor hipotecario tenga derecho a disponer conforme a la ley.
(5) Montañas yermas, zonas desoladas contratadas; por el deudor hipotecario de conformidad con la ley e hipotecada con el consentimiento del contratante Derechos de uso de terrenos de acequias, cerros y playas áridas;
(6) Otras propiedades que pueden ser hipotecadas de acuerdo con la ley.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 de la “Ley de Seguridad”, no serán hipotecables los siguientes bienes
(1) Propiedad de la tierra
( 2) Tierras cultivadas, derechos de uso de tierras de propiedad colectiva tales como fincas, solares privados y cerros privados, excepto los especificados en el artículo 34, párrafo 5, y el artículo 36, párrafo 3, de la Ley de Garantía;
(III) ) Instalaciones educativas, instalaciones médicas y de salud y otras instalaciones de bienestar público de escuelas, jardines de infancia, hospitales y otras instituciones de bienestar público y grupos sociales;
(4) Propiedades cuya propiedad y derechos de uso se desconocen o en disputa;
(5) Bienes que han sido sellados, detenidos o bajo supervisión de acuerdo con la ley;
(6) Otros bienes que no pueden ser hipotecados de acuerdo con la ley.
Notas especiales (1) Los bienes que pueden utilizarse como garantía pueden ser bienes muebles o inmuebles.
(2) El deudor hipotecario puede hipotecar varios inmuebles juntos.
(3) Las casas y demás edificios terminados o en construcción están hipotecados conforme a la ley, y la hipoteca es válida si los interesados la han registrado.
(4) No se hipotecarán las edificaciones ilegales e ilegales.